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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (07/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

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96 Sábado 7 de octubre de 2023 El Peruano / PROYECTOS Se puede: • Presentar una solicitud en línea al Servicio Central del Registro Civil; esto es gratuito. Esta solicitud no se puede realizar por correo electrónico • Ponerse en contacto con la embajada o consulado que tiene la representación en sus registros. Las condiciones para la expedición de copias y extractos de documentos del estado civil se rigen por el Decreto Nº 62-921, de 3 de agosto de 1962, y por la Instrucción General sobre el Estado Civil del Ministerio de Justicia, de 11 de mayo de 1999, modi fi cada (Diario O fi cial francés de 28 de julio de 1999). 3. Ley No. 2006-No. 1376 del 14 de noviembre de 2006 relacionada con la validación de matrimonios 3 La ley abarca los matrimonios que se celebrarán a partir del 1 de marzo de 2007. Refuerza la obligación de obtener de las autoridades consulares francesas un certi fi cado de capacidad para contraer matrimonio, antes de la unión matrimonial, si los cónyuges tienen la intención de contraer matrimonio ante las autoridades extranjeras. Consecuentemente los franceses que desean casarse a partir del 1 de marzo de 2007 deben tomar contacto con el área de estado civil del puesto diplomático o consular para solicitar la expedición de un certi fi cado. La expedición de este certi fi cado está vinculada a la constitución de un expediente administrativo, la audiencia de los cónyuges, si es necesario, y la publicación de los edictos. La obtención del certi fi cado de capacidad para contraer matrimonio facilita las formalidades para la posterior transcripción del certi fi cado de matrimonio extranjero en los registros civiles franceses. La ley refuerza el papel de esta transcripción, que ahora es obligatoria para que el matrimonio de un francés, celebrado por una autoridad extranjera, pueda invocarse contra terceros en Francia. El acto transcrito se hace necesario para que los cónyuges puedan reclamar su condición de cónyuges, en Francia, tanto ante las administraciones como ante terceras personas. 4. Decreto Nº 2020-395 que autoriza el poder notarial a distancia durante el periodo de urgencia sanitaria 4 El Decreto Nº 2020-395 del 3 de abril de 2020 autoriza el acto notarial a distancia durante el período de emergencia de salud adaptando el régimen para el establecimiento de actos notariales en medios electrónicos con el fi n de tener en cuenta las medidas adoptadas en el estado de emergencia de salud y la imposibilidad de las partes de acudir físicamente a un notario. Establece que el intercambio de información necesaria para el establecimiento de la escritura y la recopilación, por el notario abajo fi rmante, del consentimiento o declaración de cada parte o persona que contribuye a la escritura se lleva a cabo por medio de un Sistema de comunicación y transmisión de información que garantiza la identi fi cación de las partes, la integridad y con fi dencialidad del contenido aprobado por el Alto Consejo de Notarios. La escritura es perfecta cuando el notario abajo fi rmante le coloca su fi rma electrónica segura. 5. Decreto del 18 diciembre 2017 que fi ja la lista de puestos diplomáticos y consulares que tienen atribuciones notariales 5 Luego de la publicación del decreto del 18 de diciembre de 2017 por el que se establece la lista de o fi cinas consulares autorizadas para instrumentar en materia notarial, la Embajada de Francia en el Perú ya no puede recibir actas notariales. Los usuarios deberán ponerse en contacto con notarios locales o notarías francesas. 6. Decreto No. 2020-1368 relativo a las atribuciones de los Embajadores y de los jefes de misión consulares en materia de certi fi cación material de fi rma de documentos privados 6Certi fi cación material de la fi rma en escrituras privadas realizadas por Embajadores y jefes de o fi cinas consulares La certi fi cación material de fi rma es la formalidad por la cual se atestigua la veracidad de la fi rma de una persona nombrada en una nota privada mediante la colocación de un sello cuyas características se de fi nen por orden del Ministro de Relaciones Exteriores. Los embajadores y jefes de o fi cinas consulares podrán realizar certi fi caciones materiales de fi rma sobre escrituras particulares de las que el fi rmante, teniendo su residencia habitual en su distrito consular o residiendo en él temporalmente: 1º Nacionalidad francesa; 2º Es extranjero y debe presentar este acto en Francia, o ante un embajador o un jefe de una o fi cina consular francesa; 3º Representa, cualquiera que sea su nacionalidad, una empresa inscrita en el registro nacional de comercio y empresas en Francia o cualquier otra persona jurídica de derecho privado que tenga su domicilio social en Francia. Para que las fi rmas adheridas a documentos privados puedan ser certi fi cadas, los documentos redactados en una lengua extranjera deberán ir acompañados de una traducción al francés por un traductor autorizado para intervenir ante las autoridades judiciales o administrativas francesas o ante otro Estado miembro de la Unión Europea o ante un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza. O ante las autoridades del Estado de residencia. EspañaLa Ley 02/2014, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado describe los principios y objetivos de la Política Exterior Española y los principios rectores de la Acción exterior que ese Estado prevé: - La de fi nición de las O fi cinas Consulares y formalidad para crear o suprimir o fi cinas de carrera (Art 47) - Clases de o fi cinas y su organización (Art 48) -El deber del Servicio Exterior del estado de prestar asistencia y protección y facilitar el ejercicio de sus derechos a los españoles en el exterior - La creación de un grupo de emergencia consular cuando se produzca una situación de crisis bélica, seguridad, desastre natural, emergencia sanitaria o alimentaria o de cualquier otra índole Al margen de esa Ley y de otra normativa orientada a la Organización del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación de España, el Reino de España no tiene un reglamento consular que concentre las disposiciones legales que rigen las funciones de los funcionarios Consulares. Las diferentes funciones que ejercen los Cónsules españoles están reguladas por distintos dispositivos legales, en los que se aprecia que, al momento de legislar, la Administración española toma en cuenta la acción del estado en territorio español y en el exterior. A continuación, algunos ejemplos: Funciones AdministrativasRegistro CivilPor Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil se establece que la Estructura del Registro Civil es la siguiente: 1. El Registro Civil depende del Ministerio de Justicia y se organiza en: 1. º O fi cina Central. 2. º O fi cinas Generales. 3. º O fi cinas Consulares Asimismo, que las O fi cinas Consulares del Registro Civil estarán a cargo de los Cónsules de España o, en