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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (22/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Domingo 22 de octubre de 2023 El Peruano / en atención al nuevo marco normativo que expida la Municipalidad Distrital de Chaclacayo. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día hábil siguiente a su publicación a través del diario o fi cial “El Peruano”. Segundo.- El bene fi cio dispuesto en la presente Ordenanza no implica la devolución de los pagos realizados por concepto de arbitrios municipales anteriores a la entrada en vigencia de la misma, ni tampoco constituirá crédito a favor para compensación o transferencias de pago sobre obligaciones tributarias pendientes o futuras. Tercero.- Facúltese al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para reglamentar o ampliar la presente ordenanza, así como los preceptos para la mejor aplicación de la misma. Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva, Subgerencia de Trámite Documentario y Archivo Central, Subgerencia de Salud, Bienestar y Programas Sociales, y demás unidades orgánicas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Quinto.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y difusión de la misma a todas las unidades orgánicas que conforman la Municipalidad Distrital de Chaclacayo; y a la Subgerencia de Imagen Institucional y Comunicaciones, y a la Subgerencia de Tecnología de la Información su publicación en la página web de la Municipalidad: www.munichaclacayo.gob.pe. Por Tanto:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.SERGIO ANTONIO BAIGORRIA SEAS Alcalde 2227211-1 Ordenanza que establece incentivos y flexibilidades para la regularización y pago de las obligaciones tributarias y no tributarias en la Municipalidad Distrital de Chaclacayo ORDENANZA N° 497-2023-MDCH Chaclacayo, 17 de octubre de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHACLACAYO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Chaclacayo, en Sesión Ordinaria de Consejo de la fecha, VISTOS: El Informe Conjunto Nº 017-2023-SGREC- SGFT-GAT-MDCH de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva y, el Subgerente de Fiscalización Tributaria; el Informe Nº 051-2023-GAT-MDCH de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe Legal Nº 169-2023-GAJ-MDCH de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 164-2023-GM-MDCH de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 194º de la Constitución Política del Perú, y sus modi fi catorias, Leyes de Reforma Constitucional, señala que “Las Municipalidades Distritales son órganos de gobierno local y cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, ejerciendo dicha atribución dentro de su territorio”, a su vez el numeral 4) del artículo 200 prescribe que, corresponde al Concejo Municipal la función normativa a través de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley; Que, conforme a lo establecido en el numeral 4) del artículo 195º y 74º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y sus modi fi catorias, los gobiernos locales tienen potestad tributaria para crear, modi fi car y suprimir contribuciones y tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley; así como exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, de acuerdo con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, establece que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza Municipal, pueden crear, modi fi car y suprimir sus contribuciones y tasas o exonerar el pago de ellos, dentro del territorio de su competencia y con los límites que señala la ley; Que, mediante Ordenanza N° 454-2020-MDCH, se aprobó el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y Cuadro de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo; Que, mediante Decreto Supremo N° 029-2023-PCM, que declara el Estado de Emergencia en diferentes distritos algunas provincias de los departamentos de Áncash, Cajamarca, La Libertad, Lambayeque, Lima, Piura y Tumbes, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales, publicado con fecha 03 de marzo de 2023 en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, mediante Decreto Supremo N° 072-2023-PCM, se declara el Estado de Emergencia en diversos distritos de las provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Moquegua, Pasco, Piura, San Martín, Tacna y Tumbes, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales (período 2023-2024) y posible Fenómeno El Niño, publicado con fecha 08 de junio de 2023 en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, la Gerencia de Administración Tributaria, a través de sus órganos técnicos, pone a consideración el proyecto de Ordenanza que establece “Incentivos y Flexibilidades para la Regularización y Pago de las Obligaciones Tributarias y Administrativas en la Municipalidad Distrital de Chaclacayo”; justi fi cando la propuesta normativa dentro de la actual coyuntura económica, política y social que atraviesa nuestro país, en razón al impacto del Fenómeno del Niño Global y las intensas precipitaciones pluviales que originaron sendos deslizamientos a lo largo del distrito de Chaclacayo, originando graves y grandes pérdidas materiales, y, por ende, una considerable merma económica a todos los vecinos de nuestra comunidad; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 169-2023-GAJ-MDCH emite opinión favorable al presente proyecto de Ordenanza; De conformidad con lo expuesto y teniendo en cuenta los numerales 8) y 9) del artículo 9° y el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, el Pleno del Consejo Municipal, con el VOTO UNÁNIME aprobó lo siguiente; ORDENANZA QUE ESTABLECE “INCENTIVOS Y FLEXIBILIDADES PARA LA REGULARIZACIÓN Y PAGO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHACLACAYO” Artículo Primero.- OBJETO La presente Ordenanza tiene como objeto establecer mecanismos e instrumentos que permitan