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66 NORMAS LEGALES Jueves 26 de octubre de 2023 El Peruano / Que, a través O fi cio N° 233-2023-UNF-VPIN/DGI/ UPIC, de fecha 03 de octubre de 2023, el Jefe de la Unidad de Proyectos de Investigación y Capacitación pasa lo actuado a la Responsable del Proyecto de Investigación. Que, mediante O fi cio N° 006-2023-UPIC-IPPI-CMPZ, de fecha 04 de octubre de 2023, la Responsable del Proyecto señala que la Ing., María Santos Abanto López, Asistente de investigación, si tiene relación con la UNF mediante orden de servicio N° 041-2023, misma que se encuentra vigente y, por lo tanto, si se encuentra dentro del alcance de la directiva para el otorgamiento y rendición de cuentas de viáticos y otros gastos por comisión de servicios al exterior del país. Que, con O fi cio N° 237-2023-UNF-VPIN/DGI/UPIC, de fecha 04 de octubre de 2023, el Jefe de la Unidad de Proyectos de Investigación y Capacitación deriva lo actuado a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto. Que, con Informe N° 2024-2023-UNF-PCO-OPP-UP, de fecha 05 de octubre de 2023, la Unidad de Presupuesto de la UNF emite disponibilidad presupuestaria del PLAN en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados y Actividad 5005625 Instituciones Desarrollan y Ejecutan Proyectos de Investigación Cientí fi ca e Innovación Tecnológica para la Ing. María Santos Abanto López, asistente del proyecto de Investigación. Que, con Informe N° 781-2023-UNF-PCO-OPP, de fecha 05 de octubre de 2023, la Jefa de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto certi fi ca lo dicho por la Unidad de Presupuesto respecto a la disponibilidad presupuestaria emitid a favor de la asistente de investigación. Que, con Informe N° 690-2023-UNF-OAJ, de fecha 10 de octubre de 2023, el Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión señalando: 1. Que, procede acumularse en el presente procedimiento administrativo, los expedientes administrativos contenidos en el Proveído No 1579-2023-UNF-P; y, Proveído N° 835- 2023/UNF-VPIN, que han sido remitido a la O fi cina de Asesoría Jurídica, por cuanto de la revisión de actuados contienen la misma pretensión y hechos; de acuerdo a lo previsto en el artículo 127° del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS que aprueba el Texto Único Ordenando de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que prevé: 2. Que, resulta viable jurídicamente la autorización del viaje al exterior del país, en comisión de servicios a la Dra. Claudia Mabel Palacios Zapata, el Msc. William Lorenzo Aldana Juárez (docentes adscrito a la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias y Biotecnología); miembros del equipo técnico del Proyecto “Estandarización del proceso de producción den componentes bioactivos de oleorresina de Parkisona aculeata como inhibidor de microorganismos patógenos en los alimentos” para comisión de servicios en territorio Internacional a la ciudad de Loja Ecuador, del 23 al 27 de octubre del presente año; para desarrollar la pasantía internacional en la Universidad Nacional de Loja en el Herbario y Jardín Botánico “Reinaldo Espinoza”, dentro del marco del proyecto mencionado; toda vez que, cuenta con autorización correspondiente y disponibilidad presupuestaria para dicha Comisión de Servicios. 3. Que, resulta viable jurídicamente la autorización del viaje al exterior del país, en comisión de servicios a la Ing. María Santos Abanto López, miembros del equipo técnico del Proyecto “Estandarización del proceso de producción den componentes bioactivos de oleorresina de Parkisona aculeata como inhibidor de microorganismos patógenos en los alimentos” para comisión de servicios en territorio internacional a la ciudad de Loja Ecuador, del 23 al 27 de octubre del presente año; para desarrollar la pasantía internacional en la Universidad Nacional de Loja en el Herbario y Jardín Botánico “Reinaldo Espinoza”, dentro del marco del proyecto mencionado; toda vez que, cuenta con autorización correspondiente y disponibilidad presupuestaria para dicha Comisión de Servicios. Que, respecto al Artículo IV el Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobada mediante Decreto Supremo número 004-2019-JUS, recoge como uno de los Principios del Procedimiento Administrativo, el Principio de Legalidad por el cual queda sentado que las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidas. Que, mediante ACTA N° 079-2023-SO-CO, de fecha 12 de octubre del 2023, en Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Frontera, luego de analizar la documentación presentada y de revisar los informes técnicos y legales indicados en los considerandos de la presente Resolución, por unanimidad se acordó: AUTORIZAR la comisión de servicios de la Dra. Claudia Mabel Palacios Zapata y MSc. William Lorenzo Aldana Juárez, docentes de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias y Biotecnología de la Universidad Nacional de Frontera, para participar como pasantes en el Herbario “Reinaldo Espinoza” de la Universidad Nacional de Loja - Ecuador, del 23 al 27 de octubre de 2023. AUTORIZAR la comisión de servicios de la Ing. María Santos Abanto López, Asistente de Investigación, del equipo técnico del Proyecto de Investigación con Fondos Concursables “Estandarización del Proceso de Producción de Componentes Bioactivos de Olearresina de Parkinsonia Aculeata como Inhibidor de Microorganismos Patógenos en los Alimentos”, para participar como pasantes en el Herbario “Reinaldo Espinoza” de la Universidad Nacional de Loja - Ecuador, del 23 al 27 de octubre de 2023 . DISPONER a la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias y Biotecnología en coordinación con Vicepresidencia Académica veri fi car que el docente pasante disponga de un reemplazo, el mismo que lo cubrirá temporalmente en el curso a cargo los días acordados en el artículo precedente. En caso y de manera excepcional ante la ausencia del docente de reemplazo, se deberá alcanzar la Declaración Jurada de reprogramación suscrita por los estudiantes y el docente pasante, acordado en ACTA N° 068-2023-SO-CO, Acta de Sesión Ordinaria de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Frontera de fecha 08 de setiembre de 2023. ENCARGAR a la Dirección General de Administración y Unidad de Abastecimiento de la Universidad Nacional de Frontera, la compra de pasajes aéreos y el otorgamiento de viáticos para el profesional citado en el artículo primero, de conformidad con la Ley N° 27619, aprobado con Decreto Supremo N° 047-2002-PCM. ENCARGAR a la Dirección General de Administración de la Universidad Nacional de Frontera, la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” de conformidad a las normas vigentes. Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria – Ley Nº 30220 y por la Resolución Viceministerial N° 045-2023-MINEDU y Acta de Acuerdos de Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora N° 079-2023-SO-CO de fecha 12 de octubre del 2023. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la comisión de servicios de la Dra. Claudia Mabel Palacios Zapata y MSc. William Lorenzo Aldana Juárez, docentes de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias y Biotecnología de la Universidad Nacional de Frontera, para participar como pasantes en el Herbario “Reinaldo Espinoza” de la Universidad Nacional de Loja - Ecuador, del 23 al 27 de octubre de 2023. Artículo Segundo.- AUTORIZAR la comisión de servicios de la Ing. María Santos Abanto López, Asistente de Investigación, del equipo técnico del Proyecto de Investigación con Fondos Concursables “Estandarización del Proceso de Producción de Componentes Bioactivos de Olearresina de Parkinsonia Aculeata como Inhibidor de Microorganismos Patógenos en los Alimentos”, para participar como pasantes en el Herbario “Reinaldo Espinoza” de la Universidad Nacional de Loja - Ecuador, del 23 al 27 de octubre de 2023. Artículo Tercero.- DISPONER a la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias y Biotecnología en coordinación con Vicepresidencia Académica veri fi car que el docente pasante disponga de un reemplazo, el mismo que lo cubrirá temporalmente en el curso a cargo los días acordados en el artículo precedente. En caso y de manera excepcional ante la ausencia del docente de