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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (27/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 95

95 NORMAS LEGALES Viernes 27 de octubre de 2023 El Peruano / CAS) informó a la subgerente de Registro Civil sobre la entrega de sacos-terreros, indicando que, al acercarse al almacén no se encontró al personal asignado, por lo cual la señora regidora se comunicó con el responsable del Almacén de Avanzada de BAH, a quien le exigió la entrega de los sacos-terreros. Luego, se acercó al mencionado almacén doña Adriana Lucía Toledo, quien procedió a entregar los sacos-terreros a las regidoras, sin conocer a dónde se llevarían dichos bienes. e) En suma, se veri fi ca que la señora regidora ha ejercido funciones administrativas al haber solicitado y exigido la entrega de los sacos de polipropileno-terreros para su distribución, pese a que dicha función le corresponde exclusivamente al personal de la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres. f) De acuerdo con el Informe N°050-2023-SGRD/ GDE-MDCH, del 5 de mayo de 2023, el subgerente de Gestión del Riesgo de Desastres señaló que los regidores no han entregado las actas que acrediten la distribución de los sacos de polipropileno-terreros a los bene fi ciarios. g) El hecho de que la señora regidora haya participado en la entrega de los sacos de polipropileno-terreros anuló y afectó su función fi scalizadora, en tanto que, conforme al Memorando N°128-2023-SG/MDCH, del 25 de mayo de 2023, la secretaria general de la entidad edil manifestó que, durante el periodo de enero a mayo de 2023, no se ha encontrado algún pedido de información que se re fi era a la distribución de los mencionados bienes para las personas damni fi cadas por los huaycos ocurridos el 14, 15 y 16 de marzo de 2023. De ahí que se concluya que el referido periodo no ha sido fi scalizado por ningún regidor. A efectos de acreditar los hechos expuestos, el señor recurrente adjuntó los siguientes documentos: a) Copia del Informe N°050-2023-SGGRD/GDE- MDCH, del 5 de mayo de 2023, emitido por el subgerente de Gestión del Riesgo de Desastres. b) Copia del Acta y Recepción N°-2023-Bienes de Ayuda Humanitaria, del 15 de marzo de 2023, que acreditaría que se entregó a la señora regidora mil (1000) sacos de polipropileno-terreros. c) Copia del Informe N°006-2023-ALTI, del 20 de marzo de 2023, mediante el cual doña Adriana Lucía Toledo Izquierdo, servidora de la Subgerencia de Salud, Bienestar y Programas Sociales, informa que entregó 1000 sacos de polipropileno-terreros a la señora regidora. d) Copia del Informe N°024-2023-SGSBPS-GDS/ MDCH, del 20 de marzo de 2023, emitido por el Subgerente de Salud, Bienestar y Programas Sociales. e) Copia del Informe N°042-2023-GDS/MDCH, emitido por el gerente de Desarrollo Social. f) Copia del Informe N°002-2023-GDE-SGGRD-BAH, emitido por el personal responsable del Almacén de Avanzada de BAH, quien re fi ere que la señora regidora le exigió la entrega de los sacos de polipropileno-terreros. g) Copia del Informe N°003-2023-SGRC-SMU, del 21 de marzo de 2023, emitido por la servidora de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, quien re fi ere que la señora regidora exigió la entrega de sacos-terreros al responsable del Almacén de Avanzada de BAH. h) Copia de Memorando N°0128-2023-SG/MCH, del 25 de mayo de 2023, emitido por el secretario general de la entidad edil. i) Copia del Informe N°028-2023-GDE-SGGRD-BAH/ MDCH, del 2 de junio de 2023, mediante el cual se explica por qué los regidores participaron en la distribución de los sacos de polipropileno-terreros. Con el Auto N°1, del 13 de junio de 2023, se trasladó la solicitud de vacancia al Concejo Distrital de Chaclacayo, a fi n de que emita pronunciamiento en primera instancia. 1.2. El 14 de julio de 2023, la señora regidora presentó sus descargos con los siguientes argumentos: a) El señor recurrente señaló como su domicilio real y procesal el Asentamiento Humano Cerro Vecino Huascata, manzana L lote 15, distrito de Chaclacayo. Sin embargo, los dirigentes del Comité de la Asociación Agua Huascata y Ampliación han indicado que el señor recurrente no vive en la mencionada dirección, la cual pertenece a dicha asociación, señalando que no lo conocen, no es socio ni vecino del pueblo de Huascata. De ahí que el señor recurrente ha usado una dirección falsa para solicitar su pedido de vacancia. b) Resulta controvertido que el señor recurrente haya presentado su pedido de desistimiento ante el JNE -en el Expediente N°JNE.2023001889-; y luego, cuando el organismo electoral corrió traslado del mencionado desistimiento al concejo municipal para que emita pronunciamiento, el señor recurrente presentó un “desistimiento” de su pedido primigenio. Cabe señalar que dicha situación coincide con el pedido de fi scalización que su persona exigió respecto de los primeros 6 meses de gestión edil, lo que evidencia que la solicitud de vacancia está motivada por intereses políticos. c) No ha ejecutado actos administrativos o ejecutivos, pues solo exigió a la “burocrática administración” de entonces el tardío reparto y distribución de los sacos de polipropileno-terreros para el llenado de arena en una situación de emergencia que atravesaba el distrito de Chaclacayo, a fi n de que asegurar las viviendas y calles de las lluvias, inundaciones y huaycos. d) En el Informe N°050-2023-SGGRD/GDE-MDCH se indica que el responsable del monitoreo y supervisión de los sacos de polipropileno-terreros fue la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, bajo la supervisión de la Gerencia de Desarrollo Económico. Además, menciona que los funcionarios que pertenecen al grupo de trabajo de gestión de riesgos eran funcionarios de con fi anza y que, en atención de la emergencia, se sumaron los regidores como miembros de apoyo de carácter temporal, máxime si ella pertenecía a una comisión especial en defensa del desastre natural de los huaycos. e) En el Informe N°028-2023-SGGRD-BAH/MDCH, del 2 de junio de 2023, el responsable del Almacén de Avanzada de BAH señaló que las regidoras doña Roxana Valenzuela Miranda, doña Juana Cárdenas Gonzáles y ella participaron en la distribución de los sacos de polipropileno-terreros; no obstante, enfatiza que la petición de dichos bienes lo hicieron por intermedio de doña Sabina Montenegro Uriarte, y, además, la entrega se realizó a través de doña Adriana Lucía Toledo Izquierdo. f) En el Memorando N°0128-2023-SG/MDCH, el secretario de la entidad edil señaló que no se ha encontrado ningún documento referente a la distribución de los sacos de polipropileno-terreros para las personas damni fi cadas por los huaycos; también menciona que, en las sesiones ordinarias de concejo municipal, los regidores realizaron informes sobre la falta de sacos y advirtieron sacos rotos. En ese sentido, es necesario tener en cuenta dicha contradicción del secretario general, ya que trata de desconocer el estadio de informes en una sesión del concejo municipal. g) Ha cumplido con los principios de la gestión del riesgo de desastres contemplados en la Ley N°29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), al participar como miembro de apoyo en un grupo de trabajo en dicha materia, cuya permanencia es temporal y a solicitud del alcalde. 1.3. En la Sesión Extraordinaria de Concejo N°003- 2023, del 14 de julio de 2023, el Concejo Distrital de Chaclacayo rechazó la solicitud de vacancia, por unanimidad (que incluye el voto de la señora regidora). Decisión que se formalizó a través del Acuerdo de Concejo N°021-2023/MDCH, de la misma fecha. Cabe precisar que, a la referida sesión extraordinaria de concejo, asistieron todos los miembros del concejo municipal (inclusive la autoridad cuestionada). Segundo.- SÍNTESIS DE AGRAVIOS2.1. El 9 de agosto de 2023, el señor recurrente interpuso recurso de apelación en contra del Acuerdo de Concejo N°021-2023/MDCH, alegando esencialmente lo siguiente: a) El 15 de marzo de 2023, la señora regidora solicitó y le fue entregado mil (1000) sacos de polipropileno-terreros que estaban destinados para ayuda humanitaria.