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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (28/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 85

85 NORMAS LEGALES Sábado 28 de octubre de 2023 El Peruano / ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que no existe una equiparación entre los magistrados nombrados por concurso y los provisionales, dado que la provisionalidad es limitada en el tiempo y siempre sujeta a condición resolutoria. Asimismo, dicho tribunal destacó la diferencia en el ordenamiento interno peruano entre fi scales provisionales y fi scales provisionales no titulares (Caso Casa Nina vs. Perú). La Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; en ese sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a efectos de designar al fi scal titular en su respectivo Despacho Fiscal, para lo cual deberá darse por concluido el nombramiento y designación del fi scal que ocupa provisionalmente su plaza, conforme a lo señalado por la abogada Alicia Balbina Palomino Villaverde, encargada de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ica, a través del o fi cio Nº 2197-2023-MP-FN-PJFSICA. Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158 y 159 de la Constitución Política del Perú; y de conformidad con lo establecido en el artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley Nº 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Fiorella Janeth Félix Acosta, como Fiscal Adjunta Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Superior Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima (Sede Lima), así como las prórrogas de sus vigencias y el apoyo en adición a sus funciones a la Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.os 1470-2022-MP-FN y 1441-2023-MP-FN, de fechas 19 de julio de 2022 y 16 de junio de 2023, respectivamente. Artículo Segundo .- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Elisa Anida Ramírez Pachauri, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ica, y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Pisco, así como las prórrogas de sus vigencias, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.os 1936-2022-MP-FN y 1594-2023-MP-FN, de fechas 14 de septiembre de 2022 y 28 de junio de 2023, respectivamente. Artículo Tercero .- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Irene Isabel Del Rosario Alegría Lazón, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ica, y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Pisco, así como las prórrogas de sus vigencias, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.os 881-2023-MP-FN y 2475-2023-MP-FN, de fechas 14 de abril y 29 de septiembre de 2023, respectivamente. Artículo Cuarto .- Designar a la abogada Fiorella Janeth Félix Acosta, Fiscal Provincial Titular Penal (Corporativa) de Pisco, Distrito Fiscal de Ica, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Pisco. Artículo Quinto .- Designar a la abogada Elisa Anida Ramírez Pachauri, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal (Corporativa) de Pisco, Distrito Fiscal de Ica, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Pisco. Artículo Sexto .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Ica y Lima Centro, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y a las abogadas mencionadas. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2229633-1 Nombran Fiscal Provincial Provisional y Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal de Puno RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2823-2023-MP-FN Lima, 27 de octubre de 2023VISTA:La Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 045-2023-MP-FN-JFS, de fecha 03 de julio de 2023. CONSIDERANDO:Mediante la Resolución de vista, se resolvió entre otros, crear la Segunda Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad del Distrito Fiscal de Puno, la misma que estará conformada por una (01) plaza de Fiscal Provincial y dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales. En aras de contar con fi scalías especializadas en la investigación en materia de derechos humanos e interculturalidad, y en respuesta al requerimiento de una demanda adicional para fortalecer el nuevo subsistema especializado en Derechos Humanos e Interculturalidad efectuada por el Ministerio Público mediante o fi cio N° 57-2023-MP-FN, se publicó en el Diario O fi cial “El Peruano” el 4 de junio de 2023, el Decreto Supremo N° 109-2023-EF, mediante el cual se autorizó la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2023, a favor del Ministerio Público, para fi nanciar gastos asociados a la creación de despachos fi scales de derechos humanos e interculturalidad, permitiéndose así la creación de plazas fi scales conforme a lo señalado en la resolución de vista. El numeral 3 del artículo 65° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley N° 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 de la Ley N° 30483, también modi fi cada mediante Ley N° 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que