NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (13/09/2023)
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35 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de setiembre de 2023 El Peruano / Renuevan a la empresa “CITV COLON SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA - CITV COLON S.A.C.” la autorización para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo con una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular de Tipo Mixta, otorgada mediante R.D. N° 1643-2018-MTC/15 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0144-2023-MTC/17.03 Lima, 2 de marzo de 2023. VISTOS: La solicitud registrada mediante la Hoja de Ruta Nº T-079162-2023, así como, los demás escritos relacionados con dicha solicitud, presentados por la empresa “CITV COLON SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA – CITV COLON S.A.C.”, mediante los cuales solicita renovación de la autorización para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular 1; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, dispone que: “El Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector en materia de transportes y tránsito terrestre. Es la entidad del Estado que tiene competencia exclusiva para normar y gestionar el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares en el ámbito nacional (…)”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC se aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, en adelante, el Reglamento, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, cuya fi nalidad constituye certi fi car el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehículos que circulan por las vías públicas terrestres a nivel nacional; así como veri fi car que éstos cumplan con las condiciones y requisitos técnicos establecidos en la normativa nacional, con el propósito de garantizar la seguridad del transporte, el tránsito terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, el literal a) del inciso 5.1 del artículo 5 del Reglamento señala que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar las autorizaciones de funcionamiento a los Centros de Inspección Técnica Vehicular – CITV; Que, mediante Resolución Directoral Nº 1643-2018- MTC/15 de fecha 05 de abril de 2018 y publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 26 de abril de 2018, se autorizó por el plazo de cinco (05) años a la empresa denominada “CITV COLON SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA – CITV COLON S.A.C.”, como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo, para operar con una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular Tipo Mixta, en el local ubicado en: Av. Colon Nº 217, distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa; Que, mediante solicitud registrada con Hoja de Ruta Nº T-079162-2023 de fecha 15 de febrero de 2023, el señor José Jesús Salinas Vela, con DNI Nº 70832423, Gerente General de la empresa “CITV COLON SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA – CITV COLON S.A.C.”, con RUC Nº 20601336333 y domicilio en: Av. Colon Nº 217, distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa, en adelante La Empresa, solicita renovación de la autorización para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo con una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular Tipo Mixta, otorgado mediante Resolución Directoral Nº 1643-2018-MTC/15 de fecha 05 de abril de 2018, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” con fecha 26 de abril de 2018, en el local ubicado en: Av. Colon Nº 217, distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa; Que, mediante Informe Nº 0101-2023-MTC/17.03.01/ jcfr de fecha 19 de febrero de 2023, se señala que el expediente técnico y plano de distribución presentado por la empresa “CITV COLON SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA – CITV COLON S.A.C.”, si cumplió con la normativa correspondiente para su aprobación; Que, mediante O fi cio Nº 7144-2023-MTC/17.03 de fecha 22 de febrero de 2023, noti fi cado en la misma fecha, se formularon las observaciones a la solicitud presentada por la Empresa, requiriéndole la subsanación dentro de los diez (10) días hábiles; Que, mediante O fi cio Nº 7168-2023-MTC/17.03 de fecha 22 de febrero de 2023, esta Dirección consulta a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, en adelante La Sutran, sobre la existencia de sanciones fi rmes, impuestas a empresas a partir del 25 de enero de 2020; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta Nº E-095482-2023 de fecha 24 de febrero de 2022, La Empresa presentó diversa documentación con la fi nalidad de subsanar las observaciones señaladas en el O fi cio Nº 7144-2023-MTC/17.03; Que, asimismo, se veri fi co que, en el Sistema Nacional de Registros de Transporte y Tránsito – SINARETT, y de la información consignada por la SUTRAN, dentro de dicho sistema, a la fecha de emisión de la presente, La Empresa no registra resolución de sanción, cancelación de la autorización e inhabilitación de fi nitiva para obtener nueva autorización; Que, el artículo 30 del Reglamento, respecto de las Condiciones para acceder a una autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular – CITV, señala: la persona natural o jurídica solicitante, debe cumplir con los requisitos y condiciones establecidas en el Reglamento, los mismos que están referidos: a. Condiciones genera les, DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN DE SEGURIDAD AERONÁUTICA - COMPRENDIDO DEL 14 AL 17 DE SETIEMBRE DE 2023 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 0295-2023-MTC/12.04 Y Nº 0354-2023- MTC/12 ORDEN DE INSPECCIÓN NºINICIO FINVIÁTICOS (US$)SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLERECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs. 1504-2023- MTC/12.0414-Set 17-Set US$ 1,320.00AERO TRANSPORTE S.A.FRANCISCO ALEJANDRO FEBRERO CABREJOSSEATTLEESTADOS UNIDOS DE AMÉRICAChequeo de veri fi cación de competencia de piloto y copiloto en simulador de vuelo en el equipo Dash-8 Q-400 a personal aeronáutico.0007890, 0011499 y 0011500 2214333-1