NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (13/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 39
39 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de setiembre de 2023 El Peruano / garantizar la seguridad del transporte, el tránsito terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, el literal a) del inciso 5.1 del artículo 5 del Reglamento señala que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar las autorizaciones de funcionamiento a los Centros de Inspección Técnica Vehicular – CITV; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta Nº T-565909-2022 de fecha 19 de diciembre de 2022, el señor Walther Diego Sánchez Rosales, identi fi cado con DNI Nº 19910432 Gerente General de la empresa REVISIÓN TÉCNICA VEHICULAR – ROCA FUERTE S.A.C. (en adelante la Empresa), con RUC Nº 20609373084 y domicilio legal en: Av. Marginal Km. 20 Centro Poblado Unión Capiri, distrito de Río Negro, provincia de Satipo, departamento de Junín, en adelante la Empresa, solicita “AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO COMO CENTRO DE INSPECCIÓN TÉCNICA VEHICULAR, PARA OPERAR UNA (01) LINEA DE INSPECCIÓN TÉCNICA VEHICULAR DE TIPO MIXTA” 1; Que, el artículo 30 del Reglamento, respecto de las Condiciones para acceder a una autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular – CITV, señala: la persona natural o jurídica solicitante, debe cumplir con los requisitos y condiciones establecidas en el Reglamento, los mismos que están referidos: a. Condiciones generales, b. Recursos humanos, c. Sistema informático y de comunicaciones, d. Equipamiento y e. Infraestructura inmobiliaria. Asimismo, el artículo 37 del Reglamento establece los requisitos documentales para solicitar autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular – CITV; Que, el procedimiento administrativo DCV-022, señalado en el TUPA del MTC, concordante con el artículo 37 del Reglamento establece los requisitos documentales para solicitar autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular – CITV; Que, mediante O fi cio Nº 43334-2022-MTC/17.03 de fecha 21 de diciembre de 2022, esta Dirección consulta a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, sobre la existencia de sanciones fi rmes, impuestas a empresas a partir del 25 de enero de 2020; Que, mediante Informe Nº 088-2022-MTC/17.03.01/ jcfr de fecha 21 de diciembre de 2022, se señala que el expediente técnico y plano de distribución presentado por la empresa REVISIÓN TÉCNICA VEHICULAR – ROCA FUERTE S.A.C., cumplió con la normativa correspondiente para su aprobación; Que, con O fi cio Nº 0421-2023-MTC/17.03 de fecha 05 de enero de 2023, noti fi cado con fecha 06 de enero de 2023, se formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por la Empresa, requiriéndole la subsanación correspondiente, para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles; Que, mediante Hoja de Ruta Nº E-006757-2023, de fecha 05 de enero de 2023, la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, remite a esta Dirección el O fi cio Nº D000004- 2023-SUTRAN – GPS, mediante el cual señala que la empresa REVISIÓN TÉCNICA VEHICULAR – ROCA FUERTE S.A.C., no cuenta con sanciones de multa impagas; ni cuenta con alguna Resolución en Calidad de Firme, no Registra Multas impagas que se encuentren en etapa coactiva, a partir del 25 de enero de 2020, que contenga la Sanción de Cancelación de la Autorización e Inhabilitación De fi nitiva para Obtener Nueva Autorización; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta Nº E-024318-2023 de fecha 16 de enero de 2023, la Empresa, presentó diversa documentación con la fi nalidad de subsanar las observaciones señaladas en el O fi cio Nº 0421-2023 -MTC/17.03; Que, con O fi cio Nº 3560-2023-MTC/17.03 de fecha 26 de enero de 2023, noti fi cado en la misma fecha, se formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por la Empresa, requiriéndole la subsanación correspondiente, para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta Nº E-052203-2023 de fecha 31 de enero de 2023, la Empresa, presentó diversa documentación con la fi nalidad de subsanar las observaciones señaladas en el O fi cio Nº 3560-2023 -MTC/17.03; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta Nº E-054787-2023 de fecha 01 de febrero de 2023, la Empresa, presento documentación, para ser incorporada a la Hoja de Ruta Nº E-052203-2023; Que, mediante Informe Nº 094-2023-MTC/17.03.01/ jcfr de fecha 10 de febrero de 2023, se señala que el expediente técnico y plano de distribución presentado por la empresa REVISIÓN TÉCNICA VEHICULAR – ROCA FUERTE S.A.C., no cumplió con la normativa correspondiente para su aprobación; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 0108-2023- MTC/17.03 de fecha 14 de febrero de 2023, la Dirección de Circulación Vial, declaró IMPROCEDENTE la solicitud de autorización presentada por la empresa REVISIÓN TÉCNICA VEHICULAR – ROCA FUERTE S.A.C., para operar un Centro de Inspección Técnica Vehicular tipo fi jo, con una(01)línea técnica vehicular de tipo mixta, en el local ubicado en: Av. Marginal Km. 20 Centro Poblado Unión Capiri, distrito de Río Negro, provincia de Satipo, departamento de Junín; Que, mediante Hoja de Ruta Nº E-131993-2023 de fecha 16 de marzo de 2023, la empresa REVISIÓN TÉCNICA VEHICULAR – ROCA FUERTE S.A.C., interpone el Recurso de Reconsideración, contra la Resolución Directoral Nº 0108-2023-MTC/17.03 de fecha 14 de febrero de 2023, noti fi cada el 22 de febrero de 2023, que resolvió declarar improcedente la solicitud de autorización presentada por la Empresa, sobre autorizacion de funcionamiento como Centro de Inspección Técnica Vehicular tipo fi jo, con una (01) línea técnica vehicular de tipo mixta, en el local ubicado en: Av. Marginal Km. 20 Centro Poblado Unión Capiri, distrito de Río Negro, provincia de Satipo, departamento de Junín; Que, mediante Resolución Directoral Nº 0270- 2023-MTC/17.03 de fecha 03 de mayo de 2023, esta Dirección, resolvió declarar desestimado el Recurso de Reconsideración interpuesto por la empresa REVISIÓN TÉCNICA VEHICULAR – ROCA FUERTE S.A.C., contra la Resolucion Directoral Nº 0108-2023-MTC/17.03 de fecha 14 de febrero de 2023; Que, mediante Hoja de Ruta Nº E-265898-2023, de fecha 29 de mayo de 2023, la empresa REVISIÓN TÉCNICA VEHICULAR – ROCA FUERTE S.A.C., interpone el Recurso de Apelación, contra la Resolucion Directoral Nº 0270-2023-MTC/17.03 de fecha 03 de mayo de 2023, que resolvió declarar desestimado el Recurso de Reconsideración interpuesto por la empresa REVISIÓN TÉCNICA VEHICULAR – ROCA FUERTE S.A.C., contra la Resolucion Directoral Nº 0108-2023-MTC/17.03 de fecha 14 de febrero de 2023; Que, con Memorando Nº 2100-2023-MTC/17.03 de fecha 02 de junio de 2023, esta Dirección, remitió a la Dirección General de Autorizaciones en Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, los actuados presentados por la empresa REVISIÓN TÉCNICA VEHICULAR – ROCA FUERTE S.A.C., correspondiente al Recurso de Apelación (Hoja de Ruta Nº E-265898-2023) y sus antecedentes, para la continuación de su trámite; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 0108-2023- MTC/17.03 de fecha 19 de junio de 2023, la Dirección General de Autorizaciones en Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, declaró Fundado el Recurso de Apelación interpuesto por la empresa REVISIÓN TÉCNICA VEHICULAR – ROCA FUERTE S.A.C., contra la Resolución Directoral Nº 0270-2023-MTC/17.03 de fecha 03 de mayo de 2023; Que, mediante Hoja de Ruta Nº E-351248-2023 de fecha 11 de julio de 2023, la Empresa, solicitó a esta Dirección, se le otorgue la Resolución Directoral de autorizacion de funcionamiento como Centro de Inspeccion Técnica Vehicular; Que, con O fi cio Nº 27023-2023-MTC/17.03 de fecha 31 de julio de 2023, noti fi cado en la misma fecha, esta Dirección, solicitó a la Empresa, la actualización de la documentación que fuera presentada con Hoja de Ruta Nº T-565909-2022, otorgándole el plazo de cinco (05) días hábiles; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta Nº E-391657-2023 de fecha 02 de agosto de 2023, la