NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (14/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 10
10 NORMAS LEGALES Jueves 14 de setiembre de 2023 El Peruano / postulan, y de la especialidad funcional del candidato. b. Declara la aptitud e inaptitud del candidato.c. Formula el reporte de factores de antecedentes profesionales y disciplinarios de los candidatos. d. Formula, evalúa, controla y cali fi ca los exámenes de conocimientos. e. Administra, evalúa y consolida la nota de la corporación de generales, para el caso que corresponda. f. Formula y presenta a la junta selectora la nota del factor profesional y del factor disciplinario del candidato para el proceso de ascenso. En el caso para los candidatos a generales, adiciona la nota de la corporación de generales. g. Resuelve, en primera instancia, las solicitudes de reconsideración de los factores de evaluación para el proceso de ascenso. Artículo 22. Composición de la junta evaluadora 22.1. La junta evaluadora está integrada por los siguientes miembros: a. General PNP director de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú (PNP), quien lo preside. b. General PNP director de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial. c. Coroneles jefes de las divisiones de la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú (PNP). d. O fi ciales superiores representantes de la Dirección de Sanidad Policial. e. O fi ciales superiores representantes de la Dirección de Asesoría Jurídica de la Policía Nacional del Perú (PNP). f. Subo fi ciales superiores y subo fi ciales técnicos de armas y de servicios de la Dirección de Recursos Humanos de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial y Dirección de Sanidad Policial, para evaluar la categoría de subo fi ciales de armas y de servicios. 22.2. El comandante general designa, mediante resolución de la comandancia general, a los integrantes de la junta evaluadora. El reglamento de la presente ley establece el número de integrantes, responsabilidades, conformación, actuación y restricciones. Artículo 23. Funciones de las juntas selectorasLas juntas selectoras tienen las funciones siguientes: a. Evaluar y cali fi car a los candidatos al grado de general y teniente general, teniendo como base la nota formulada por la junta evaluadora. b. Elaborar los cuadros de mérito de ascenso por categorías, jerarquías y grados, como resultado de la ponderación de las notas determinadas por la junta evaluadora; la nota de corporación de generales, según sea el caso; y la califi cación de la junta selectora con los valores porcentuales previstos en el artículo 42. c. Elaborar las actas de ascenso por categorías, jerarquías y grados respectivos. d. Presentar al comandante general de la Policía Nacional del Perú (PNP) las actas que incluyen los cuadros de mérito de ascenso de acuerdo con la especialidad, número de vacantes para ofi ciales generales, superiores, subalternos, y subo fi ciales de armas y de servicios. e. Remitir las actas de ascenso de las diferentes categorías, jerarquías y grados a la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú (PNP) para la formulación de la respectiva resolución y publicación, así como para la custodia en el repositorio físico y virtual. Artículo 24. Composición de las juntas selectoras 24.1. Las juntas selectoras se establecen para ofi ciales y subo fi ciales de armas y de servicios. Cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 18. 24.2. Las juntas selectoras están conformadas por los siguientes miembros: a) Para o fi ciales y subo fi ciales de armas 1) Para el ascenso al grado de teniente general i) El comandante general de la Policía Nacional del Perú (PNP), quien la preside. ii) Los tenientes generales designados por el comandante general de la Policía Nacional del Perú (PNP). 2) Para el ascenso al grado de general i) El comandante general de la Policía Nacional del Perú (PNP), quien la preside. ii) El jefe del Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú (PNP). iii) Tres o fi ciales generales de mayor antigüedad. 3) Para el ascenso a los grados de ofi ciales superiores i) El jefe del Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú (PNP), quien la preside. ii) Tres o fi ciales generales designados por el alto mando de la Policía Nacional del Perú (PNP). iii) Coroneles designados por el alto mando de la Policía Nacional del Perú (PNP), de acuerdo con las necesidades. iv) Comandantes designados por el alto mando de la Policía Nacional del Perú (PNP), de acuerdo con las necesidades. v) Mayores designados por el alto mando de la Policía Nacional del Perú (PNP), de acuerdo con las necesidades. 4) Para el ascenso a los grados de ofi ciales subalternos i) El jefe del Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú (PNP), quien la preside. ii) Dos o fi ciales generales designados por el alto mando de la Policía Nacional del Perú (PNP). iii) Dos coroneles designados por el alto mando de la Policía Nacional del Perú (PNP), de acuerdo con las necesidades. iv) Dos comandantes designados por el alto mando de la Policía Nacional del Perú (PNP), de acuerdo con las necesidades. v) Cuatro mayores designados por el alto mando de la Policía Nacional del Perú (PNP), de acuerdo con las necesidades.