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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (29/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Viernes 29 de setiembre de 2023 El Peruano / ORGANISMOS EJECUTORES BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ Aprueban la Directiva denominada “Disposiciones para la notificación a través de la casilla electrónica de la Biblioteca Nacional del Perú” RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000127-2023-BNP Lima, 28 de septiembre de 2023VISTOS: El Informe Técnico N° 000012-2023-BNP-GG-EACGD de fecha 28 de junio de 2023, del Equipo de Trabajo de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria de la Gerencia General; el Informe N° 000013-2023-BNP-GG-OSI de fecha 10 de julio de 2023, de la O fi cial de Seguridad de la Información; el Informe N° 000071-2023-BNP-GG-OTIE de fecha 14 de julio de 2023, de la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística; el Memorando N° 000399-2023-BNP-J-DGC de fecha 04 de agosto de 2023, de la Dirección de Gestión de las Colecciones; el Memorando N° 001153-2023-BNP-GG-OPP de fecha 14 de agosto de 2023, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Legal N° 000251-2023-BNP-GG-OAJ de fecha 31 de agosto de 2023, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú dispone que la Biblioteca Nacional del Perú es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura y es el ente rector del Sistema Nacional de Bibliotecas, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas, tiene personería jurídica pública, autonomía económica, administrativa y fi nanciera; y, ajusta su actuación a lo dispuesto en la Ley N° 30570 y en las normas aplicables que regulan el Sector Cultura; Que, el quinto párrafo del numeral 20.4 del artículo 20 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, faculta a las entidades que cuentan con capacidad tecnológica, asignar una casilla electrónica a los administrados; Que, el numeral 30.3 del artículo 30 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece disposiciones referidas al expediente administrativo electrónico, dotando de la misma validez y e fi cacia jurídica a los actos administrativos realizados a través del medio electrónico, que los actos realizados por medios físicos tradicionales; Que, en el marco de la mejora continua de los procesos, conforme a la Ley Nº 27658, Ley de Modernización de la Gestión del Estado y, a fi n de optimizar el ejercicio del derecho de los ciudadanos para el acceso a la Administración Pública de manera segura y confi able, resulta necesario promover el uso intensivo de tecnologías de la información y comunicación; Que, en ese contexto, mediante Resolución de Gerencia General N° 050-2019-BNP-GG de fecha 11 de julio de 2019, se aprobó la Directiva N° 012-2019-BNP denominada “Disposiciones para la Noti fi cación Electrónica en la Biblioteca Nacional del Perú”, que establece disposiciones orientadas a regular la noti fi cación electrónica de los procedimientos administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Biblioteca Nacional del Perú;Que, con la entrada en vigencia de la Ley Nº 31736, Ley que regula la noti fi cación administrativa mediante casilla electrónica, se regula la noti fi cación vía casilla electrónica de los actos administrativos y las actuaciones administrativas emitidas por las entidades de la administración pública sujetas al ámbito de aplicación del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y de aquellos previstos en los textos únicos de procedimientos administrativos de las diferentes entidades de la administración pública; Que, el artículo 2 de la Ley Nº 31736, Ley que regula la noti fi cación administrativa mediante casilla electrónica, precisa que la fi nalidad de la norma es establecer el régimen jurídico aplicable para que la actuación de la administración pública esté orientada a la protección del interés general, garantizando el derecho a la debida noti fi cación implícito al debido procedimiento administrativo, de tal manera que se asegure el correcto desenvolvimiento del procedimiento administrativo; Que, la Ley Nº 31736, Ley que regula la noti fi cación administrativa mediante casilla electrónica, incorpora distintas de fi niciones referidas a: i) las noti fi caciones electrónicas, ii) sistema de noti fi cación electrónica, iii) casilla electrónica, iv) bandeja electrónica, v) clave de acceso, vi) usuario, vii) actos administrativos o actuaciones administrativas, viii) acuse de recibo, entre otras de fi niciones; Que, el Decreto Supremo Nº 075-2023-PCM que modi fi ca el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1412, que aprueba la Ley de Gobierno Digital y establece disposiciones sobre las condiciones, requisitos y uso de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 029-2021-PCM, contiene disposiciones referidas al buzón de noti fi caciones y la noti fi cación digital, entre otras disposiciones, las mismas que están vinculadas con las notifi caciones electrónicas; Que, mediante Informe Técnico N° 000012-2023-BNP- GG-EACGD, el Equipo de Trabajo de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria de la Gerencia General propone y sustenta la aprobación de la Directiva denominada “Disposiciones para la noti fi cación a través de la casilla electrónica de la Biblioteca Nacional del Perú”, a fi n de que la Entidad cuente con un documento de gestión acorde a la normativa vigente, garantizando una adecuada noti fi cación a través de la casilla electrónica; Que, la Dirección de Gestión de las Colecciones, la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, y, la O fi cial de Seguridad de la Información, emitieron opinión favorable respecto de la propuesta de Directiva, en el marco de sus competencias; Que, la propuesta de Directiva resulta ser de alcance general, siendo de aplicación para las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas que opten por su a fi liación y que inicien cualquier tipo de procedimiento administrativo, trámite o presenten una solicitud o escrito donde la Biblioteca Nacional del Perú deba emitir pronunciamiento; así como, para todos/as los/as servidores/as de la Entidad; por tal motivo, corresponde a la mayor autoridad de la Biblioteca Nacional del Perú, el Jefe Institucional, emitir el acto resolutivo que disponga su aprobación; Que, mediante Informe Legal N° 000251-2023-BNP- GG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica señaló que la propuesta de Directiva se encuentra acorde al marco normativo vigente; por lo que, recomendó la emisión del correspondiente acto resolutivo; Con el visado de la Gerencia General, la Dirección de Gestión de las Colecciones, la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Equipo de Trabajo de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria de la Gerencia General; y, la O fi cial de Seguridad de la Información; De conformidad con la Ley N° 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú; Ley Nº 31736, Ley que regula la noti fi cación administrativa mediante casilla electrónica; el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2018-MC; y, demás normas pertinentes;