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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (29/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Viernes 29 de setiembre de 2023 El Peruano / comunicaciones que se encuentren bajo su ámbito de competencia. Artículo 4.- De fi niciones Para efectos del presente protocolo se aplican las siguientes de fi niciones: 4.1. Acta de supervisiónDocumento elaborado por el supervisor de la DFCNC, en el cual se consignan los hechos veri fi cados en la acción de supervisión orientativa ambiental, así como las incidencias ocurridas durante su desarrollo. 4.2. Actividad de supervisiónConjunto de actuaciones realizadas por la DFCNC que tienen por objeto veri fi car el cumplimiento de las obligaciones ambientales fi scalizables a cargo de los administrados que se encuentren bajo el ámbito de su competencia. 4.3. AdministradoPersona natural o jurídica, así como cualquier otra forma asociativa de empresa o patrimonio autónomo, que desarrolle actividades del sector comunicaciones sujetos a supervisión por parte de la DFCNC. 4.4. Supervisión orientativa Conjunto de actuaciones realizadas por la DFCNC orientadas a brindar información a los administrados sobre las obligaciones ambientales que deben cumplir en el desarrollo de sus actividades. 4.5. Supervisión orientativa remota Actividad de supervisión que permite obtener resultados similares a la supervisión presencial, en la cual el supervisor- con previa autorización del administrado - utiliza medios tecnológicos para acceder a los sistemas y plataformas de los administrados. Con esta acción se puede realizar la veri fi cación de sus obligaciones tanto en campo como en gabinete. 4.6. Supervisión orientativa virtualActividad que se realiza a través de medios digitales, en los cuales el supervisor y el administrado se conectan mediante una plataforma digital, a través de la cual se lleva a cabo la actividad de supervisión orientativa ambiental y se proporciona, en ese momento, información para realizar la orientación al administrado y que éste tome conocimiento de las obligaciones que le corresponde cumplir. Esta actividad la puede realizar el supervisor desde las instalaciones del MTC, desde las ofi cinas de los terceros debidamente autorizados o desde cualquier lugar con acceso a medios digitales. Asimismo, el administrado o alguno de sus representantes debe estar en sus instalaciones y brindar las facilidades para que se pueda llevar a cabo la actividad de supervisión orientativa ambiental. 4.7. Informe de supervisión Documento técnico-legal aprobado por la DFCNC que contiene el resultado de la veri fi cación del cumplimiento de las obligaciones ambientales fi scalizables, en el marco de las acciones de supervisión orientativa ambiental. 4.8. Obligaciones fi scalizables Aquellas contenidas en las normas, en los instrumentos de gestión ambiental, en las disposiciones y mandatos emitidos por la autoridad competente, entre otras fuentes de obligaciones. Artículo 5.- Difusión de las obligaciones fi scalizables La DFCNC debe elaborar y mantener actualizada la matriz de obligaciones ambientales de los administrados que se encuentren en el ámbito de su competencia, la cual debe ser difundida en el portal institucional del MTC, a fi n de que los administrados conozcan de manera expresa y oportuna las obligaciones a las que se encuentran sujetos. Artículo 6.- Reuniones técnicas La DFCNC realiza, de manera periódica, reuniones con gremios y empresas que prestan el servicio de telecomunicaciones, a fi n de informar acerca de las obligaciones fi scalizables que deben cumplir, así como del procedimiento de la supervisión orientativa, promoviendo el cumplimiento de las obligaciones ambiental fi scalizables de los administrados. Artículo 7.- De los tipos de supervisiones orientativas ambientales Las acciones de supervisión orientativa ambiental que ejecute la DFCNC pueden ser de las siguientes modalidades: 7.1 En campo: Acción de supervisión orientativa ambiental que puede realizarse fuera o dentro de las instalaciones de los administrados previa coordinación de fecha y lugar, así como de los medios tecnológicos que resulten necesarios durante la supervisión, de ser el caso. Esta modalidad de supervisión contará con acta e informe de supervisión. El supervisor se constituye en el lugar de los hechos y toma conocimiento de ellos, de modo directo y siempre en presencia del representante, encargado o persona que se encuentre en el establecimiento. Se pueden efectuar supervisiones presenciales remotas y/o virtuales, desde las instalaciones fi jas y/o móviles del Sistema de Gestión y Control del Espectro Radioeléctrico, entre otros. 7.2 En gabinete:Acción que se realiza desde las instalaciones del MTC o en las o fi cinas de los terceros debidamente autorizados (en forma remota o virtual), previa coordinación de fecha y lugar, así como de los medios tecnológicos que resulten necesarios durante la supervisión, de ser el caso. Dicha modalidad comprende el acceso y evaluación de información relacionada a las actividades y/o funciones desarrolladas por el administrado, a efectos de veri fi car el cumplimiento de sus obligaciones fi scalizables. Se pueden efectuar supervisiones orientativas ambientales en gabinete remotas o virtuales mediante el uso de medios de comunicación a distancia. Esta modalidad de supervisión contará con acta e informe de supervisión. Artículo 8.- Acta de supervisión 8.1 Al realizar la supervisión orientativa ambiental, el supervisor levantará un acta de supervisión, la cual debe contener como mínimo, la siguiente información: a) Nombre o razón social del administrado. b) Registro Único del Contribuyente, cuando corresponda. c) Identi fi cación de la unidad fi scalizable. d) Actividad o función desarrollada por el administrado. e) Tipo de supervisión: orientativa en campo u orientativa en gabinete. f) Objeto de la supervisión.g) Veri fi cación de las obligaciones fi scalizables al administrado. h) Fecha y hora de la acción de supervisión (inicio y cierre). i) Observaciones del administrado, en caso lo solicite. j) Requerimiento de información efectuado y el plazo otorgado para su entrega, de ser el caso. k) Autorización del administrado para ser noti fi cado del acta e informe de supervisión a su correo electrónico. l) Nombre, cargo y fi rma del personal del administrado, de los supervisores a cargo de la acción de supervisión y, de ser el caso, de los otros participantes de la acción de supervisión.