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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (30/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 168

168 NORMAS LEGALES Sábado 30 de setiembre de 2023 El Peruano / y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Las competencias y funciones especí fi cas municipales se cumplen en armonía con las políticas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo”; Que, el Artículo 40° de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece: Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, Mediante los artículos 43 y 44º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, disponen la obligatoriedad de las entidades de la Administración Pública de elaborar, aprobar y publicar el íntegro de su Texto Único de procedimientos Administrativos (TUPA) cumpliendo los requisitos establecidos para tal fi n Que, Decreto Legislativo Nº 1203, Decreto Legislativo que crea el Sistema Único de Trámites (SUT), para la simpli fi cación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, establece que dicho sistema es una herramienta informática para la elaboración, simpli fi cación y estandarización del TUPA. Asimismo, dicha norma crea el repositorio o fi cial de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, con su correspondiente información sustentatoria, formula-dos por las entidades de la Administración Pública; el cual es administrado por la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gestión Pública, como ente rector del Sistema de Modernización de la Gestión Pública. Que, mediante el informe N° 230-2023-MDSP- GPPyR-AMA; de fecha 07 de julio 2023; emitido de la Gerencia de Plani fi cación, presupuesto y racionalización; donde da opinión favorable para su respectiva aprobación Que, mediante informe Legal Nº 313-2023-GAJ- MDSP, opina que es favorable aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos, por lo que deberá ELEVARSE al pleno de Concejo Municipal, para su revisión, debate, evaluación, aprobación o desaprobación; conforme a las atribuciones otorgadas por la LOM. Estando a los fundamentos expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Artículo 9° y 40° de la Ley 27972, Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto unánime de los señores regidores asistentes a la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente:ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAMUEL PASTOR Artículo 1.- APROBAR, El Texto Único de Procedimiento Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Samuel Pastor, que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza, el cual compendia y sistematiza los procedimientos administrativos y servicios administrativos brindados en exclusividad, requisitos y derechos de tramitación aprobados. Artículo 2.- APROBAR, la estructura de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad. Artículo 3.- EXIGIBILIDAD, dispóngase que el derecho de tramitación a los que se hace referencia al artículo primero, sean exigibles a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo que rati fi que la presente ordenanza. Artículo 4.- ESTABLECER, ciento dos (102) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, sus requisitos, cali fi cación y plazos para resolver. Artículo 5.- CREAR, ochenta y dos (82) tasas de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad. Artículo 6.- PUBLICIDAD, la presente ordenanza y el acuerdo de concejo rati fi catorio serán publicados en el portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Samuel Pastor, www.munisamuelpastor.gob.pe y de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo 7.- DERÓGUESE, la Ordenanza Municipal N°015-2019-MDSP; de fecha 23 de diciembre del 2019; y toda disposición que se oponga a la presente ordenanza. Artículo 8.- ENCARGAR, a la Gerencia de Secretaria General e Imagen Institucional remitir la presente Ordenanza a la Municipalidad Provincia de Camaná para su rati fi cación mediante Acuerdo de Concejo, posterior a ellos la publicación de la presente ordenanza en el diario de mayor circulación de la localidad, su difusión a través de la plataforma digital Única para orientación al ciudadano del estado peruano y en el respectivo portal institucional de la entidad. POR LO TANTOMando regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JONATHAN RONNY MACHADO RIVERA Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2220177-1