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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (30/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 159

159 NORMAS LEGALES Sábado 30 de setiembre de 2023 El Peruano / 5. Proyectos de Infraestructura para el mejoramiento del ornato urbano. El Comité Directivo, al autorizar el fi nanciamiento deberá seguir el mismo orden de prioridad. Artículo 31º.- El Comité Directivo como requisito de admisibilidad a la solicitud de fi nanciamiento o cofi nanciamiento, veri fi cará que el proyecto de inversión pública cuente con la siguiente información básica: 1. Viabilidad del proyecto en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones - INVIERTE.PE. 2. Expediente Técnico3. Conformidad del expediente técnico emitido por la Gerencia de Obras o el que haga sus veces en cada distrito. 4. Resolución de aprobación del expediente técnico emitido por el Titular de la Entidad. 5. Informe de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del Gobierno Local Distrital, que sustente que el proyecto se orienta al cierre de brechas, conforme a su plan de desarrollo concertado y/o presupuesto participativo distrital. 6. En caso de co fi nanciamiento, se anexa, además, el informe de disponibilidad presupuestal que evidencie que el solicitante cuenta con recursos para co fi nanciar el gasto. En caso no se cumpla con los requisitos de admisibilidad, se procede a la devolución del proyecto para que se subsane en el plazo de 10 días hábiles. De no hacerlo, el proyecto no será admitido y será devuelto al distrito solicitante. En esta etapa los Gobiernos Locales Distritales, podrán solicitar al Comité Directivo el cambio o la variación del proyecto, debiendo cumplir con los requisitos de admisibilidad. Artículo 32º.- DE LA REVISIÓN DE LOS PROYECTOS: La revisión técnica del proyecto estará a cargo de un profesional revisor designado por la Gerencia de Obras Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Provincial de Cañete, a propuesta de la Sub Gerencia de Obras Públicas y Proyectos de Inversión. Para estos efectos, se entiende profesional revisor como el profesional de la especialidad de ingeniería, colegiado y habilitado, con conocimientos y experiencia en la formulación de proyectos de inversión pública y formulación de expediente técnicos. Dependiendo del tipo de proyecto, se podrá asignar la revisión a un profesional de la especialidad. Artículo 33º.- En el proceso de revisión, se veri fi cará que el expediente técnico cuente con la información básica que establece el anexo de de fi niciones y demás disposiciones del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, como son: Memoria descriptiva, especi fi caciones técnicas, planos de ejecución de obra, metrados, presupuesto de obra, fecha de determinación del presupuesto de obra, análisis de precios, calendario de avance de obra valorizado, fórmulas polinómicas, disponibilidad de terreno y, si el caso lo requiere, estudio de suelos, estudio geológico, de impacto ambiental, el registro del Banco de Inversiones mediante el Formato Nº 08 Registro de Ejecución para Proyecto de Inversión y Formato Nº 08 Registro en la Fase por IOARR según corresponda u otros complementarios. Artículo 34º.- En el plazo de 60 días hábiles de admitido el proyecto, se realiza la revisión integral del expediente técnico; en caso existan observaciones se noti fi cará al gobierno local distrital, para que las subsane en el plazo de 30 días hábiles. De no subsanar las observaciones o estas son de fi cientes, se suspende el trámite y se eleva al Comité Directivo para la devolución del expediente técnico al gobierno local distrital. Las observaciones se noti fi carán en un único pliego.Artículo 35º.- DEL FINANCIAMIENTO DEL PROYECTO: Culminado el proceso de revisión y emitido el informe de conformidad técnica de veri fi cación y evaluación de proyectos de la Gerencia de Obras Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Provincial de Cañete, se eleva el expediente al Comité Directivo para aprobar su fi nanciamiento y ejecución. En este proceso, el Comité Directivo atenderá el fi nanciamiento conforme al orden de prelación señalado en el artículo 30º y de acuerdo a la disponibilidad fi nanciera del fi deicomiso. La disponibilidad fi nanciera será emitida por la O fi cina General de Administración y Finanzas de la Municipalidad de Cañete, debiendo constar en el expediente previo a la aprobación de su fi nanciamiento. Artículo 2º.- MODIFÍQUENSE la numeración del artículo 31º del Reglamento del Fondo Municipal de Inversiones de la Provincia de Cañete / FINVER - CAÑETE, aprobado por Ordenanza Nº 020-2012-MPC, modi fi cado por Ordenanza Nº 020-2017-MPC. Dice:Artículo 31º.- Aprobada la ejecución del Proyecto de Inversión Pública por el Comité Directivo, debe suscribirse el compromiso de responsabilidad en el resguardo irrestricto del monto transferido; que será única y exclusivamente para sufragar los gastos que irroguen la ejecución de la obra. Dicho compromiso será formalizado mediante la suscripción del convenio entre la Municipalidad Provincial y la Municipalidad bene fi ciaria, aprobado por los Concejos Municipales respectivo. Consecutivamente, la Gerencia de Administración y Finanzas de la Municipalidad Provincial de Cañete diligenciará la transferencia de dinero ante el fi duciario, a la cuenta de obras de la Municipalidad Distrital bene fi ciaria para ejecutar bajo responsabilidad de los Alcaldes, las obras aprobadas, conforme a la Ley de Contrataciones del Estado. Los proyectos que se fi nancien con recurso del FINVER-CAÑETE, se ejecutaran únicamente por contrata, conforme a los lineamientos establecidos en la Ley de Contrataciones. Será:Artículo 36º.- Aprobada la ejecución del Proyecto de Inversión Pública por el Comité Directivo, debe suscribirse el compromiso de responsabilidad en el resguardo irrestricto del monto transferido, que será única y exclusivamente para sufragar los gastos que irroguen la ejecución de la obra. Dicho compromiso será formalizado mediante la suscripción del convenio entre la Municipalidad Provincial y la Municipalidad bene fi ciaria, aprobado por los Concejos Municipales respectivo. Consecutivamente, la Gerencia de Administración y Finanzas de la Municipalidad Provincial de Cañete diligenciará la transferencia de dinero ante el fi duciario, a la cuenta de obras de la Municipalidad Distrital bene fi ciaria para ejecutar bajo responsabilidad de los Alcaldes, las obras aprobadas, conforme a la Ley de Contrataciones del Estado. Los proyectos que se fi nancien con recursos del FINVER-CAÑETE; se ejecutarán únicamente por contrata, conforme a los lineamientos establecidos en la Ley de Contrataciones. Artículo 3º.- MODIFÍQUESE el artículo 32º del Reglamento del Fondo Municipal de Inversiones de la Provincia de Cañete / FINVER - CAÑETE, aprobado por Ordenanza Nº 020-2012-MPC, modi fi cado por Ordenanza Nº 020-2017-MPC, que quedara redactado conforme a la siguiente numeración y texto. Artículo 37º.- En ningún caso el Fondo Municipal de Inversiones (FINVER-CAÑETE) solventará mayores gastos a los pactados en el convenio, siendo de responsabilidad del Gobierno Local Distrital asumir dichos gastos con recursos propios.