Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (30/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 160

160 NORMAS LEGALES Sábado 30 de setiembre de 2023 El Peruano / Artículo 4º.- INCORPÓRESE el artículo 38º al Reglamento del Fondo Municipal de Inversiones de la Provincia de Cañete/FINVER - CAÑETE; aprobado por Ordenanza Nº 020-2012-MPC, modi fi cado por Ordenanza Nº 020-2017-MPC, para todos los efectos en de con fl icto o intereses, se agotan las vías del Comité Directivo. Artículo 38º.- El incumplimiento del presente reglamento y de las obligaciones pactadas en el convenio, serán causal de resolución del convenio e impedirán la transferencia de nuevos recursos para el fi nanciamiento y/o co fi nanciamiento de proyectos de inversión pública. Artículo 5º.- INCORPÓRESE el Título VII al Reglamento del Fondo Municipal de Inversiones de la Provincia de Cañete / FINVER - CAÑETE, aprobado por Ordenanza Nº 020-2012-MPC, los mismos que quedarán redactados de la siguiente manera: TÍTULO VII DEL MONITOREO Y SEGUIMIENTO PARA EL DEBIDO USO DE LOS RECURSOS TRANSFERIDOS POR EL FONDO DE INVERSIÓN MUNICIPAL FINVER CAÑETE Artículo 39º.- El Comité Directivo a través de la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Provincial de Cañete realizará el seguimiento y vigilancia de la ejecución de las inversiones que hayan recibido recursos por parte del FINVER Cañete. Artículo 40º.- La veri fi cación y seguimiento de cada proyecto, estará a cargo de un monitor designado por la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Provincial de Cañete, a propuesta de la Sub Gerencia de Obras Públicas y Proyectos de Inversión y será comunicado formalmente al gobierno local distrital una vez transferidos los fondos. Para estos efectos se entiende monitor como el profesional de la especialidad de ingeniería, colegiado y habilitado, con conocimientos debidamente acreditados en las normas de Contrataciones con el Estado. Dependiendo del tipo de proyecto, se podrá asignar EL MONITOREO aun profesional de la especialidad. Artículo 41º.- El monitor, está facultado para realizar las acciones de seguimiento y veri fi cación durante la etapa preparatoria, etapa de selección y ejecución contractual de los proyectos fi nanciados por el Fondo Municipal de Inversiones. Artículo 42º.- El informe que elabora el monitor; será elevado a la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, a la Sub Gerencia de Obras Públicas y Proyectos de Inversión de la Municipalidad Provincial de Cañete y deberá contener lo siguiente: 42.1 DURANTE LA FASE PREPARATORIA: En esta fase el Monitor veri fi cará: a) La incorporación presupuestal conforme a los plazos establecidos en el Convenio de Transferencia. b) Aprobación del expediente de contratación por el Gobierno Local Distrital. c) Convocatoria conforme a los plazos establecidos en el Convenio de Transferencia. 42.2 DURANTE LA FASE DE SELECCIÓN:En esta fase el monitor revisará el Sistema Electrónico de Contrataciones con el Estado (SEACE) con el fi n de advertir. a) El cumplimiento del cronograma de selección b) La existencia de recursos impugnatorios.c) Recabar copias del contrato de obra y los documentos presentados para su suscripción. 42.3 DURANTE LA FASE DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL: a) Copia del acta de entrega del terreno (digital o físico según corresponda).b) Copia del asiento del cuaderno de obra donde se indique el inicio de la obra (digital o físico según corresponda). c) Información sobre la colocación del cartel de obra.d) Resultados de las pruebas de control de calidad reglamentarios. e) Calidad de los trabajos y acabados realizados.f) Avances en relación con el calendario de avance de obra vigente. g) Presencia del personal clave en obra, tanto del Ejecutor de Obra como el de la Supervisión de Obra. h) Cumplimiento y vigencia del registro habitual en el cuaderno de obra. i) Cumplimiento de los aspectos administrativos de obra de acuerdo a la normatividad vigente (valorizaciones, de ser el caso resoluciones de adicionales, deductivos, ampliación de plazo, etc). j) Resumen de las valorizaciones pagadas (amortizaciones, reajustes). k) Por razones de seguridad y de previsión de salud del personal, se veri fi cará el cumplimiento del uso de uniformes reglamentarios y de los instrumentos de protección y seguridad obligatorios. l) Registro actualizado del proyecto en el portal de INFOBRAS. De encontrar inconsistencias entre el avance de ejecución fi nanciera y la ejecución física de la obra, así como el incumplimiento a las condiciones indicadas en los párrafos precedentes, el Gerente de Obras, Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Provincial de Cañete, dentro de los tres (03) días hábiles de recibido el informe del monitor, deberá emitir un informe dirigido al Comité FINVER con el fi n que sea derivado para conocimiento y/o acciones por parte del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Cañete y/o Contraloría General de la República. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del año 2024, a excepción del Título VII que entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Segundo.- Facúltese al Comité Directivo, a emitir directivas e implementar sistemas informáticos que fortalezcan el control en el buen uso de los Recursos del Fondo Municipal de Inversiones FINVER-CAÑETE. Tercero.- Facúltese al Comité Directivo, a emitir directivas e implementar sistemas informáticos que permitan estandarizar el contenido y control de calidad de los proyectos para ser fi nanciados o co fi nanciados por el Fondo Municipal de Inversiones FINVER- CAÑETE. Cuarto.- Autorícese a los Gobiernos Locales Distritales a solicitar el cambio de proyectos que fueron presentados hasta el mes de febrero del 2023. Esta regla aplica para aquellos proyectos que se enmarcan dentro del orden de prioridad establecido en el artículo 30º del Reglamento y que se podrán cambiar por proyectos similares; y, para aquellos que no se encuentren en el orden de prioridad podrán cambiar a otro que se encuentre bajo los mismos alcances del artículo 30º del Reglamento. El cambio de proyecto se solicita ante el Comité Directivo hasta el tercer trimestre del 2023. Quinto.- ENCARGAR a la O fi cina General de Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, y así como a la O fi cina de Tecnologías de la Información, Racionalización y Estadística la publicación en el Portal de la Municipalidad Provincial de Cañete (www.municañete.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ TOMAS ALCÁNTARA MALASQUEZ Alcalde 2219769-1