Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (30/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 152

152 NORMAS LEGALES Sábado 30 de setiembre de 2023 El Peruano / de Municipalidades y la Ley N° 26889, Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, las Leyes y normas de menor jerarquía publicadas en el Diario Ofi cial que contengan algún error material, una vez vencido el plazo para su recti fi cación mediante la fe de erratas, procede la recti fi cación mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior, en ese sentido se procede a emitir una Ordenanza que corrija el error material evidenciado en el primer párrafo del Visto contenido en la Ordenanza N° 703-MSB de fecha 22 de junio de 2023, de la siguiente manera: Donde dice: (…) “ VISTO; en la IX-2023 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22 de mayo de 2023, el Dictamen N° 021-2023-MSB-CAL de la Comisión de Asuntos Legales, el Dictamen N° 005-2023-MSB-CDU de la Comisión de Desarrollo Urbano, Dictamen N° 005-2023-MSB-CSCMA de la Comisión de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, Dictamen N° 004-2023-MSB-CPV de la Comisión de Participación Vecinal y Dictamen N° 009-2023-MSB-CSH de la Comisión de Seguridad Humana, proponiendo al pleno del Concejo Municipal, el proyecto de Ordenanza que regula la tramitación de los proyectos y anteproyectos de Viviendas de Interés Social en el Distrito de San Borja, y;” (…) ; Debe decir: (…) “VISTO; en la XII-2023 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22 de junio de 2023, el Dictamen N° 033-2023-CAL de la Comisión de Asuntos Legales, Dictamen N° 011-2023-CDU de la Comisión de Desarrollo Urbano, el Dictamen N°008-2023-MSB-CSCMA de la Comisión de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, el Dictamen N° 006-2023-CPV de la Comisión de Participación Vecinal, y el Dictamen N° 013-2023-CSH de la Comisión de Seguridad Humana, proponiendo al pleno del Concejo Municipal, el proyecto de Ordenanza que regula la tramitación de los proyectos y anteproyectos de Viviendas de Interés Social en el Distrito de San Borja, y;” (…); Que, a través del Informe N° 249-2023-MSB-GM- OGAJ de fecha 21 de setiembre de 2023, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, señala que, en principio, se entiende por error material aquel cuya corrección no cambia el sentido del acto emitido previamente, ni implica un juicio valorativo, ni exige apreciaciones de cali fi cación jurídica o nueva, a su vez, indica que según el articulo 6 de la Ley N° 26889, Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, detalla el procedimiento y momento que se puede realizar la corrección de errores materiales contenidos en Ordenanzas (rango de ley), las cuales son las leyes y normas de menor jerarquía publicadas en El Diario Ofi cial que contengan errores materiales deben ser objeto de recti fi cación mediante de fe erratas, la misma que, debe ser solicitad al Diario O fi cial dentro de los ocho días siguientes a la publicación original , sin embargo vencido el plazo señalado, solo procede la recti fi cación mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior, en ese sentido, estando a lo informado por la O fi cina General de la Secretaria del Concejo Municipal, a través del Informe N°001-2023-MSB-OGSCM de fecha 21 de setiembre de 2023, nos encontramos dentro del supuesto de error material incurrido por la entidad que emitió la Ordenanza, correspondiendo solicitar la recti fi cación al Diario Ofi cial, a través de la expedición de otra norma de rango equivalente o superior, concluyendo que se encuentra dentro del marco legal vigente poner en consideración del Concejo Municipal; Que, mediante el Memorándum N° 726-2023-MSB-GM de fecha 22 de setiembre de 2023, la Gerencia Municipal, remite los actuados administrativos conteniendo los informes técnicos de las Gerencias y Unidades Orgánicas, que opinan favorablemente respecto el proyecto de la Ordenanza que recti fi ca el error material en el párrafo del Visto de la Ordenanza 703-MSB, a fi n de ser puesto en conocimiento del Concejo Municipal para su aprobación y trámite correspondiente; Que de conformidad con lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 8 del artículo 9° y el artículo 40° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente:ORDENANZA MUNICIPAL QUE CORRIGE EL ERROR MATERIAL EN EL PÁRRAFO DEL VISTO DE LA ORDENANZA N° 703-MSB Artículo 1°.- CORREGIR el error material contenido en el párrafo del Visto de la Ordenanza N° 703-MSB, conforme lo siguiente: - Donde dice: VISTO; en la IX-2023 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22 de mayo de 2023, el Dictamen N° 021-2023-MSB-CAL de la Comisión de Asuntos Legales, el Dictamen N° 005-2023-MSB-CDU de la Comisión de Desarrollo Urbano, Dictamen N° 005-2023-MSB-CSCMA de la Comisión de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, Dictamen N° 004-2023-MSB-CPV de la Comisión de Participación Vecinal y Dictamen N° 009-2023- MSB-CSH de la Comisión de Seguridad Humana,, proponiendo al pleno del Concejo Municipal, el proyecto de Ordenanza que regula la tramitación de los proyectos y anteproyectos de Viviendas de Interés Social en el Distrito de San Borja, y; - Debe decir: VISTO; en la XII-2023 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22 de junio de 2023, el Dictamen N° 033-2023-CAL de la Comisión de Asuntos Legales, Dictamen N° 011-2023-CDU de la Comisión de Desarrollo Urbano, el Dictamen N°008-2023-MSB-CSCMA de la Comisión de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, el Dictamen N° 006-2023-CPV de la Comisión de Participación Vecinal, y el Dictamen N° 013-2023-CSH de la Comisión de Seguridad Humana, proponiendo al pleno del Concejo Municipal, el proyecto de Ordenanza que regula la tramitación de los proyectos y anteproyectos de Viviendas de Interés Social en el Distrito de San Borja, y ; Artículo 2°.- RATIFICAR en todos los demás extremos el contenido de la Ordenanza 703-MSB de fecha 22 de junio de 2023. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- NOTIFIQUESE la presente a toda la dependencia. Segundo.- ENCARGAR a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo Municipal la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la O fi cina General de Tecnología de la Información la publicación en el Portan Institucional de la Municipalidad de San Borja; www.munisanborja.gob.pe Por tanto: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MARCO ANTONIO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde 2220583-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 438-MDSJL, denominada “ Amnistía San Juan de Lurigancho 2023” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 025-2023-MDSJL San Juan de Lurigancho, 27 de setiembre de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO