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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (02/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Martes 2 de abril de 2024 El Peruano / Designan miembros del Directorio de la Sociedad de Beneficencia de Moche RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 123-2024-MIMP Lima, 27 de marzo de 2024Vistos, los Informes Técnicos N° D000009-2024- MIMP-DSB- CGGS y N° D000010-2024-MIMP-DSB-CGGS; las Notas N° D000119-2024-MIMP-DSB y N° D000120-2024-MIMP-DSB de la Dirección de Sociedades de Bene fi cencia; las Notas N° D000127- 2024-MIMP-DGFC y N° D000128-2024-MIMP-DGFC de la Dirección General de la Familia y la Comunidad; las Notas N° D000191-2024-MIMP-DVMPV y N° D000193-2024-MIMP-DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Bene fi cencia, y su modi fi catoria, establece la conformación del Directorio de las Sociedades de Bene fi cencia, siendo este integrado por cinco (5) miembros, entre otros, por dos (2) personas designadas por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, una de las cuales sustituye a el/la Presidente/a en caso de ausencia; asimismo, determina que la designación y remoción de los citados miembros se formaliza a través de la respectiva resolución emitida por el/la titular de cada entidad que designa; Que, se encuentran vacantes los cargos de miembro del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia de Moche, en representación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, en atención a los documentos de vistos, corresponde designar a los representantes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables como miembros del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia de Moche, conforme al marco normativo vigente; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Bene fi cencia; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, la Resolución Ministerial N° 362-2023-MIMP, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor OBAL GUEVARA CAMPOS y a la señora SUSAN RAFAELA DE LA CRUZ SANCHEZ, como miembros del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia de Moche, en representación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese.NANCY TOLENTINO GAMARRA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 2274959-1 Modifican los “Lineamientos para la intervención en el fortalecimiento y desarrollo de emprendimientos de ciudadanas y ciudadanos en situación de vulnerabilidad asociada a la discapacidad y organizaciones sociales de personas con discapacidad” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° D000051-2024-CONADIS-PRE Lima, 1 de abril del 2024 VISTO: La Nota N° D000196-2024-CONADIS-GG de la Gerencia General; el Memorando N° D000358-2024- CONADIS-DPDPD y el Informe N° D000018-2024- CONADIS-DPDPD-VRVP, ambos de la Dirección de Promoción y Desarrollo de las Personas con Discapacidad; el Memorando N° D000425-2024-CONADIS-OPPM y el Informe N° D000015-2024-CONADIS-OPPM-LECM, ambos de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; la Nota N° D000143-2024-CONADIS-OAJ y el Informe N° D000151-2024-CONADIS-OAJ, ambos de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 63 de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) es el órgano especializado en cuestiones relativas a la discapacidad, constituido como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, que cuenta con autonomía técnica, administrativa, de administración, económica y fi nanciera, el cual es además pliego presupuestario;Que, la Única Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo 1562, Decreto Legislativo que autoriza el fi nanciamiento de medidas relacionadas con el emprendimiento de ciudadanas y ciudadanos en situación de vulnerabilidad asociada a la discapacidad y organizaciones sociales de personas con discapacidad, señala que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) aprueba los Lineamientos para la intervención, en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario, contados a partir de la entrada en vigencia del citado Decreto Legislativo; Que, con Resolución de Presidencia N° D000067- 2023-CONADIS-PRE publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 24 de junio de 2024, se aprobaron los “Lineamientos para la intervención en el fortalecimiento y desarrollo de emprendimientos de ciudadanas y ciudadanos en situación de vulnerabilidad asociada a la discapacidad y organizaciones sociales de personas con discapacidad”; Que, la Dirección de Promoción y Desarrollo de las Personas con Discapacidad mediante Memorando N° D000358-2024-CONADIS-DPDPD de fecha 21 de marzo de 2024, hace suyo lo expuesto por su Especialista en el Informe N° D000018-2024-CONADIS-DPDPD-VRVP, en el cual se sostiene que es necesario modi fi car los numerales 7.3.1 y 7.3.3 de los “Lineamientos para la intervención en el fortalecimiento y desarrollo de emprendimientos de ciudadanas y ciudadanos en situación de vulnerabilidad asociada a la discapacidad y organizaciones sociales de personas con discapacidad”, en el marco de lo dispuesto en la Directiva N° D000001- 2024-CONADIS-GG “Directiva para Formulación, Modi fi cación y Aprobación de los Documentos Normativos y Orientadores en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), aprobado por Resolución de Gerencia General N° D000005-2024-CONADIS-GG (en adelante “la Directiva”); Que, por su parte, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización a través del Informe N° D000015-2024-CONADIS-OPPM-LECM, concluye