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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (03/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de abril de 2024 El Peruano / formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos; Que, asimismo, conforme al numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene como función emitir opinión técnica y recomendación, en materia de su competencia, para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, el numeral 82.15 del artículo 82 de la norma, dispone que, dentro de sus funciones, le corresponde a la Dirección de Artes de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes emitir opinión técnica para el otorgamiento de reconocimientos a personas naturales y jurídicas cuya labor y trayectoria en el campo de las artes constituyan un aporte al desarrollo cultural del país; Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva Nº 002-2016-MC, “ Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura ”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 107- 2016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte signi fi cativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formaliza mediante resolución ministerial a ser publicada en el diario o fi cial “El Peruano”, conforme a lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva; Que, conforme a lo previsto en el numeral 6.3 de la Directiva, excepcionalmente el Ministerio de Cultura, por razones debidamente justi fi cadas, puede otorgar reconocimientos póstumos a propuesta del órgano competente de la entidad; Que, a través del Informe Nº 000202-2024-DGPC- VMPCIC/MC la Dirección General de Patrimonio Cultural, con sustento en la evaluación, análisis y conclusiones del Informe Nº 000139-2024-DPI-DGPC-VMPCIC/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, emite opinión favorable para otorgar, en forma póstuma, la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura al señor Isaac Antero Vivanco Tarco por su destacada trayectoria como defensor y promotor de la cultura andina a través de la práctica musical, la gestión cultural y la investigación etnográ fi ca. Asimismo, como comunicador social y promotor cultural, por su labor en estaciones radiales de nivel local y nacional conduciendo programas dedicados a la difusión de la música tradicional, relatos orales y la memoria histórica de diferentes zonas del sur-andino; Que, el señor Isaac Antero Vivanco Tarco destacó en particular por su labor como conductor, entre 1980 y 1993 del programa radial Tierra Fecunda, emitido desde Radio Unión por iniciativa del Centro Peruano de Estudios Sociales (CEPES). Este programa formó parte del movimiento de radio popular que buscó estrechar la comunicación entre sectores populares, cumpliendo con un rol de empoderamiento y desarrollo. Estuvo dirigido a la población campesina y tuvo entre sus objetivos el mostrar la riqueza cultural del Perú a través de sus fi estas, cantos, mitos, leyendas y danzas; Que, la persona propuesta, junto a otros importantes investigadores como Leónidas Casas Ballón, llevaron a cabo un importante trabajo de registro y difusión del patrimonio cultural inmaterial. En 1986 y 1990 esta intensa labor fue sistematizada y publicada en dos casetes de audio, acompañados de notas etnográ fi cas de contexto. Isaac Vivanco estuvo a cargo del libreto y la edición de estos materiales, en los que se encuentra una valiosa colección de grabaciones de campo de festividades religiosas, cantos rituales y géneros musicales de nuestros andes y amazonia; Que, por otro lado, Isaac Antero Vivanco Tarco legó una importante discografía que, en vez de buscar el éxito comercial, cumplió con un fi n de investigación y re fl exión en torno a los procesos de con fi guración de identidades a nivel local y nacional en el Perú. Así lo demuestran trabajos como Temples de guitarra andahuaylina, publicado en 1989, donde se explora las a fi naciones que se utilizan en el estilo regional de interpretación de la guitarra en Andahuaylas. Igualmente, con ¿Cuál encuentro compadre?: Canciones por los 500 años de la invasión española a América, propuesta en la que -mediante el uso de canciones y diálogos simulados- planteó una fuerte crítica a la mirada o fi cial que se dio a la conmemoración de los 500 años del descubrimiento de América; Que, a través del Informe Nº 000311-2024-DGIA- VMPCIC/MC la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, con sustento en el Informe Nº 001364-2024-DIA-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección de Artes, emite opinión favorable para otorgar la distinción, en forma póstuma, al señor Isaac Antero Vivanco Tarco por su destacada trayectoria como defensor y promotor de la cultura andina a través de la práctica musical, la gestión cultural y la investigación etnográ fi ca. Asimismo, como comunicador social y promotor cultural, por su labor en estaciones radiales de nivel local y nacional conduciendo programas dedicados a la difusión de la música tradicional, relatos orales y la memoria histórica de diferentes zonas del sur- andino; Que, siendo esto así, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento póstumo como Personalidad Meritoria de la Cultura, en tal sentido, los informes citados constituyen parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; Con los vistos del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Cultura, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura y la Directiva Nº 002-2016/MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar la distinción póstuma de Personalidad Meritoria de la Cultura al señor ISAAC ANTERO VIVANCO TARCO, por su destacada trayectoria como defensor y promotor de la cultura andina a través de la práctica musical, la gestión cultural y la investigación etnográ fi ca. Asimismo, como comunicador social y promotor cultural, por su labor en estaciones radiales de nivel local y nacional conduciendo programas dedicados a la difusión de la música tradicional, relatos orales y la memoria histórica de diferentes zonas del sur-andino. Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la O fi cina de Comunicación e Imagen Institucional, para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Ministra de Cultura 2275711-1 Otorgan distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000150-2024-MC San Borja, 2 de abril del 2024 VISTOS; los Proveídos Nº 001228-2024-VMPCIC/ MC y Nº 002858-2024-VMPCIC/MC del Viceministerio de