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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (03/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de abril de 2024 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 113-2024- EF/10, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 2 de abril de 2024, se autorizó el viaje, en comisión de servicios, del señor Gerardo Arturo López Gonzales, Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, a Foz de Iguazú, República Federativa del Brasil, del 20 al 27 de abril de 2024; cuyo gasto por concepto de pasajes aéreos ascendía a US$ 1 925,40; Que, con O fi cio Nº 000021-2024-SUNAT/1M0000, SUNAT solicita la modi fi cación de la Resolución Ministerial N° 113-2024-EF/10, en el extremo referido al gasto por concepto de pasajes aéreos del señor Gerardo Arturo López Gonzales, toda vez que se ha visto incrementado; Que, cabe precisar que el nuevo gasto originado por el incremento del costo de los pasajes aéreos es cubierto con cargo al presupuesto de SUNAT; Que, en ese sentido, resulta necesario modi fi car el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 113-2024-EF/10, respecto al monto por concepto de pasajes aéreos del referido comisionado; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modi fi car el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 113-2024-EF/10, en el extremo referido al gasto por concepto de pasajes aéreos del señor Gerardo Arturo López Gonzales, Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, conforme al siguiente texto: “Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectuarán con cargo al presupuesto de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria-SUNAT, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes : US$ 2 525.40 Viáticos (5+1) : US$ 2 220.00” Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas 2275719-1 Autorizan viaje de Superintendente del Mercado de Valores a la República Francesa, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 120-2024-EF/10 Lima, 2 de abril del 2024 CONSIDERANDO: Que, mediante correo electrónico de fecha 16 de enero de 2024, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos - OCDE comunica a la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV que la 47ª Reunión del Comité de Gobierno Corporativo se realizará en la ciudad de París, República Francesa, los días 8 y 9 de abril de 2024;Que, el Comité de Gobierno Corporativo de la OCDE tiene como mandato contribuir a la e fi ciencia económica, el crecimiento sostenible y la estabilidad fi nanciera, mediante la mejora de las políticas de gobierno corporativo y el apoyo a las buenas prácticas; así también, asume la responsabilidad de establecer estándares internacionales de gobierno corporativo; Que, la reunión incluye una presentación y debate sobre la actualización de la Metodología para Evaluar la Implementación de los Principios de Gobierno Corporativo revisados del G20/OCDE; la agenda considera también otros temas de interés de la SMV como son las mesas redondas sobre “juntas generales de accionistas” y sobre “emisores de bonos corporativos”, lo que se discutirá con grupos de expertos, que abordarán marcos legales, políticas y prácticas en cada uno de estos aspectos; Que, en ese sentido, se estima conveniente la participación del señor Zósimo Juan Pichihua Serna, Superintendente del Mercado de Valores, en el mencionado evento, lo que se alinea con el objetivo estratégico institucional de la SMV de “Fortalecer la integridad del mercado de valores y del sistema de fondos colectivos” y con el objetivo estratégico sectorial de “Lograr el funcionamiento e fi ciente de los mercados y el incremento de la competitividad”; Que, en consecuencia, y siendo de interés institucional y nacional, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos son cubiertos con cargo al presupuesto de la SMV; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Zósimo Juan Pichihua Serna, Superintendente del Mercado de Valores, a la ciudad de París, República Francesa, del 7 al 10 de abril de 2024, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectuarán con cargo al presupuesto de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes aéreos: US$ 3 344.18 Viáticos (2 + 1): US$ 1 620.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado comisionado debe presentar ante el Titular del Sector, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del comisionado cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas 2275722-1