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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (03/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de abril de 2024 El Peruano / JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Reconocen para todos lo s efectos civiles a Obispo de la Diócesis de Chiclayo RESOLUCIÓN SUPREMA N° 051-2024-JUS Lima, 2 de abril de 2024VISTO, el O fi cio N° 001669-2024-DP/SSG, de Registro N° 000108438, del 11 de marzo de 2024, de la Subsecretaría General de la Presidencia de la República, que remite la Nota Prot. N° 532/24, de Registro N° 24-0002665, del 13 de febrero de 2024, de la Nunciatura Apostólica de la Santa Sede en el Perú, dirigida a la señora Presidenta de la República, mediante la cual S.E.R. Monseñor Paolo Rocco Gualtieri, Nuncio Apostólico de la Santa Sede en el Perú, comunica que Su Santidad el Papa Francisco ha nombrado a S.E. Monseñor Edinson Edgardo Farfán Córdova, como Obispo de la Diócesis de Chiclayo; CONSIDERANDO:Que, es procedente reconocer para todos sus efectos civiles el nombramiento de S.E. Monseñor Edinson Edgardo Farfán Córdova, como Obispo de la Diócesis de Chiclayo, de conformidad a lo establecido en el artículo VII del Acuerdo entre la Santa Sede y la República del Perú, aprobado por Decreto Ley N° 23211; el literal e) del numeral 2 del artículo 8 y el numeral 4 del artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el literal g) del artículo 4 de la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Reconocimiento Reconocer para todos los efectos civiles, a S.E. Monseñor Edinson Edgardo Farfán Córdova, como Obispo de la Diócesis de Chiclayo. Artículo 2.- Refrendo La presente Resolución es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2275643-3 RELACIONES EXTERIORES Presentan a candidato oficial de la República del Perú al cargo de Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, para el periodo 2025-2030, cuyas elecciones tendrán lugar en la República del Paraguay, y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN SUPREMA N° 070-2024-RE Lima, 2 de abril de 2024VISTOS:El Memorándum N° DGM005062024 de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, de 21 de marzo de 2024; la Hoja de Trámite (GAC) N° 1217 del Despacho Viceministerial, de 21 de marzo de 2024; el Memorándum N° LEG006412024 de la O fi cina General de Asuntos Legales, de 20 de marzo de 2024; y, el Memorándum N° OAP009872024 de la O fi cina de Administración de Personal, de 22 de marzo de 2024; CONSIDERANDOS: Que, el numeral 11 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú dispone que corresponde al Presidente de la República dirigir la política exterior y las relaciones internacionales; Que, de acuerdo al numeral 4 del artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, las resoluciones supremas son decisiones de carácter especí fi co rubricadas por el Presidente de la República y refrendadas por uno o más Ministros a cuyo ámbito de competencias correspondan; Que, conforme al artículo 6, inciso 17, de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, Ley Nº 29357, el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú tiene como función especí fi ca la de proteger, cautelar y promover los intereses del Estado y sus nacionales en el exterior; Que, el artículo 93 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE, dispone que la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales es el órgano de línea que depende del Despacho Viceministerial, responsable de la promoción y defensa de los intereses y objetivos del Perú en el ámbito multilateral, así como de las negociaciones sobre asuntos de naturaleza global tales como derechos humanos, entre otros asuntos, en coordinación con los sectores competentes; Que, el artículo 96 del antes citado Reglamento de Organización y Funciones, dispone que la Dirección de Organismos y Política Multilateral, promueve, gestiona y mantiene el registro de candidaturas, así como los apoyos e intercambios de candidaturas peruanas a los organismos internacionales; Que, conforme al artículo 1 del Estatuto de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), la Corte IDH es una institución judicial autónoma cuyo objetivo es la aplicación e interpretación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y ejerce sus funciones de conformidad con las disposiciones de la citada Convención y el referido Estatuto; Que, conforme al artículo 4 del referido Estatuto, la Corte IDH se compone de siete jueces, que deben ser nacionales de los Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA), no pudiendo haber más de un juez de la misma nacionalidad. Asimismo, de acuerdo con el artículo 5 del citado Estatuto, los jueces son electos para un mandato de seis años y solo pueden ser reelectos una vez, y sus mandatos se contarán a partir del primero de enero del año siguiente al de su elección y se extenderán hasta el 31 de diciembre del año en que se cumplan los mismos; Que, conforme al artículo 8 del Estatuto de la Corte IDH, el Secretario General de la OEA solicita, por escrito, a los Estados parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que presenten, dentro de un plazo de noventa días, una lista con los nombres de sus candidatos para ser elegidos jueces. Luego de la nominación de los Estados, el Secretario General de la OEA preparará una lista de los candidatos presentados por todos los Estados, y la comunicará a los Estados parte, de ser posible, por lo menos treinta (30) días antes del próximo período de sesiones de la Asamblea General de la OEA; Que, en ese sentido, mediante Nota N° DGM-7-5-G/7, del 28 de febrero de 2024, el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú comunicó la decisión de la República del Perú de presentar la candidatura del señor Alberto Alfonso Borea Odría al cargo de Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, para el periodo 2025-2030, cuyas elecciones tendrán lugar en el marco del Quincuagésimo Cuarto Periodo Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la OEA, a realizarse en la