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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (03/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de abril de 2024 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público; estableciendo en el literal i) de su artículo 5, que el Ministerio de Cultura es el organismo rector en materia de cultura y ejerce competencia, exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, en la promoción de la creación cultural en todos los campos, el perfeccionamiento de los creadores y gestores culturales, y el desarrollo de las industrias culturales; Que, mediante el artículo 9 del Decreto de Urgencia Nº 022-2019, Decreto de Urgencia que promueve la actividad cinematográ fi ca y audiovisual, el Ministerio de Cultura se encuentra autorizado a otorgar estímulos económicos a personas naturales de nacionalidad peruana o personas jurídicas de derecho privado, debidamente constituidas en el país, que participan de la actividad cinematográ fi ca y audiovisual; los estímulos se conceden con cargo a los recursos de su presupuesto anual institucional, asignando para ello un mínimo de seis mil unidades impositivas tributarias (6000 UIT), sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, pudiéndose disponer de hasta cinco por ciento (5%) de esta asignación para la administración del otorgamiento de estímulos; Que, el artículo 13 del Reglamento de Decreto de Urgencia Nº 022-2019, Decreto de Urgencia que promueve la actividad cinematográ fi ca y audiovisual, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2020-MC, establece que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes aprueba las bases y los anexos necesarios, relacionados a cada convocatoria pública; Que, asimismo, el numeral 78.15 del artículo 78 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013- MC, establece que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene la función de “Supervisar el debido cumplimiento (…) de los procesos de concurso que se realicen y, en general, del cumplimiento de las normas relativas al ámbito de su competencia”; Que, asimismo, el numeral 80.9 del artí culo 80 del citado Reglamento, establece que la Direcció n del Audiovisual, la Fonografí a y los Nuevos Medios tiene la funció n de fomentar, organizar, ejecutar y supervisar el fomento del audiovisual, la fonografí a y los nuevos medios aplicados a la producció n cultural, a travé s de concursos, ayudas econó micas, auspicios, premios, entre otros, durante todo el proceso que conlleve la realizació n de cada uno de ellos; siendo la encargada de elaborar y elevar la propuesta de bases de los estímulos enmarcados en el Decreto de Urgencia Nº 022-2019; Que, con Resolución Ministerial Nº 000133-2024/ MC, de fecha 27 de marzo de 2024, se aprobó el ‘Plan Anual para el Fomento de la Actividad Cinematográ fi ca y Audiovisual para el año 2024 - EDICIÓN BICENTENARIO’, el cual considera los siguientes estímulos a convocarse durante el mes de abril: Estímulo a la Promoción Internacional, Concurso de Proyectos de Ficción, Concurso para Proyectos de Documental, Estímulo a la Distribución Cinematográ fi ca, Estímulo a la Formación de Públicos a través de Festivales y Encuentros, Premio a la Destacada Trayectoria en el Ámbito Audiovisual, Concurso Nacional de Proyectos de Cortometrajes, Concurso Nacional de Proyectos de Cortometrajes sobre Heroínas Peruanas en el marco del Bicentenario, Concurso Nacional de Proyectos de Animación, Concurso Nacional de Video y Cine Indígena y Afrodescendiente Comunitario, Concurso Nacional de Proyectos de Gestión para el Audiovisual, Concurso Nacional de Coproducciones Minoritarias, Concurso Nacional de Distribución y Circulación de Obras, Concurso de Salas de Cine de Exhibición Alternativa, Concurso Nacional para la Formación Audiovisual, Estímulo a la Preservación Audiovisual y Concurso Nacional de Desarrollo de Videojuegos; Que, mediante informe Nº 000176-2024-DAFO/MC, de fecha 2 de abril de 2024, la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios remite a la Dirección General de Industrias Culturales y Artes la propuesta de Bases y sus anexos, correspondientes a los precitados estímulos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, el Decreto de Urgencia Nº 022-2019, Decreto de Urgencia que promueve la actividad cinematográ fi ca y audiovisual, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2020-MC, y estando visado por la Directora de la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR las Bases para la convocatoria de los Estímulos Económicos para el Fomento de la Actividad Cinematográ fi ca y Audiovisual para el año 2024 - EDICIÓN BICENTENARIO, que se detallan a continuación, los cuales como Anexos forman parte integrante de la presente resolución: - Estímulo a la Promoción Internacional - 2024 - Concurso de Proyectos de Ficción - 2024- Concurso para Proyectos de Documental - 2024- Estímulo a la Distribución Cinematográ fi ca - 2024 - Estímulo a la Formación de Públicos a través de Festivales y Encuentros - 2024 - Premio a la Destacada Trayectoria en el Ámbito Audiovisual - 2024 - Concurso Nacional de Proyectos de Cortometrajes - 2024 - Concurso Nacional de Proyectos de Cortometrajes sobre Heroínas Peruanas en el marco del Bicentenario - 2024 - Concurso Nacional de Proyectos de Animación - 2024 - Concurso Nacional de Video y Cine Indígena y Afrodescendiente Comunitario - 2024 - Concurso Nacional de Proyectos de Gestión para el Audiovisual - 2024 - Concurso Nacional de Coproducciones Minoritarias - 2024 - Concurso Nacional de Distribución y Circulación de Obras - 2024 - Concurso de Salas de Cine de Exhibición Alternativa - 2024 - Concurso Nacional para la Formación Audiovisual - 2024 - Estímulo a la Preservación Audiovisual - 2024- Concurso Nacional de Desarrollo de Videojuegos - 2024 Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura; y la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial ‘El Peruano’. Regístrese, comuníquese (publíquese/notifíquese) y cúmplase. DANIEL ADOLFO GASPAR NAVARRO RETO DirectorDirección General de Industrias Culturales y Artes 2275695-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Modifican el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 113-2024-EF/10, en el extremo referido al gasto por concepto de pasajes aéreos del Superintendente Nacional de la SUNAT RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 119-2024-EF/10 Lima, 2 de abril del 2024