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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (03/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de abril de 2024 El Peruano / de salud en el Primer Nivel de Atención de Salud (PLAN MIL)”, con la fi nalidad de incrementar el acceso de la población a los servicios de salud del primer nivel de atención, especialmente en las zonas de mayor pobreza, en situación de aislamiento o con alto riesgo de desastres; Que, asimismo, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, propone la creación del “ Grupo Comando - PLAN MIL”, como un grupo operativo que coordina, así como, da seguimiento y monitoreo a la implementación del Documento Técnico “Lineamientos para la mejora de los servicios de salud en el Primer Nivel de Atención (PLAN MIL)”; Estando a lo propuesto por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; Con el visado de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Dirección General de Operaciones en Salud, de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional, de la Dirección General de Personal de la Salud, de la O fi cina General de Tecnologías de la Información, de la O fi cina General de Comunicaciones, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General, del Despacho Viceministerial de Salud Pública y del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modi fi cado por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, así como, por el Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y el Decreto Supremo Nº 008-2017- SA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modi fi cado por los Decretos Supremos Nº 011-2017-SA y Nº 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Documento Técnico Aprobar el D ocumento Técnico: “Lineamientos para la mejora de los servicios de salud en el Primer Nivel de Atención (PLAN MIL)”, que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, y que se publica en la sede digital del Ministerio de Salud. Artículo 2.- Creación y objeto del “Grupo Comando - PLAN MIL” Crear el “Grupo Comando - PLAN MIL”, cuyo objeto es la implementación de los “Lineamientos para la mejora de los servicios de salud en el Primer Nivel de Atención (PLAN MIL)”. Artículo 3.- Conformación El “Grupo Comando - PLAN MIL” está conformado por los/as siguientes integrantes: a) Un/a representante del Despacho Ministerial, quien lo preside. b) Un/a representante del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud. c) Un/a representante del Despacho Viceministerial de Salud Pública. d) Un/a representante de la Secretaría General. e) Un/a representante de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización. f) Un/a representante de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional. g) Un/a representante de la Dirección General de Operaciones en Salud. h) Un/a representante de la Dirección General de Personal de la Salud. i) Un/a representante de la O fi cina General de Tecnologías de la Información. j) Un/a representante de la O fi cina General de Comunicaciones. k) Un/a representante del Programa Nacional de Inversiones en Salud. Los/as integrantes del “Grupo Comando - PLAN MIL”, cuentan con un representante alterno. Los integrantes titulares y alternos ejercen sus funciones ad honorem y en adición a sus funciones. Artículo 4.- Funciones El “Grupo Comando - PLAN MIL” tiene las siguientes funciones: a) Aprobar el Reglamento Interno de funcionamiento del “Grupo Comando - PLAN MIL”. b) Coordinar las acciones orientadas a la implementación del Documento Técnico: “Lineamientos para la mejora de los servicios de salud en el Primer Nivel de Atención (PLAN MIL)”. c) Realizar el seguimiento y monitoreo de la implementación del Documento Técnico: “Lineamientos para la mejora de los servicios de salud en el Primer Nivel de Atención (PLAN MIL)”. d) Presentar al Ministro de Salud reportes trimestrales que contengan los avances, el seguimiento y los resultados derivados del cumplimiento del objeto del “Grupo Comando - PLAN MIL”, y que se consolida en un Informe Anual, el mismo que debe considerar recomendaciones. e) Proponer al Ministro de Salud la actualización del “Listado Priorizado de Establecimientos de Salud”, al que se hace referencia en el artículo 10 de la presente Resolución Ministerial, cuando corresponda. Artículo 5.- Acreditación de representantes Las unidades de organización y programa, señalados en el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial, acreditan ante la Secretaría Técnica a sus representantes titulares y alternos/as, mediante documento, en el plazo máximo de tres (03) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 6.- Secretaría Técnica y formulación del Reglamento Interno de funcionamiento del “Grupo Comando - PLAN MIL” La Secretaría Técnica del “Grupo Comando - PLAN MIL”, está a cargo de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, siendo responsable de brindar el apoyo técnico y administrativo, llevar el registro de los acuerdos y custodiar las actas y toda la documentación que se genere. La mencionada Secretaría Técnica se encarga de formular la propuesta del Reglamento Interno para el funcionamiento del “Grupo Comando - PLAN MIL”, el cual debe ser aprobado dentro del plazo de los treinta (30) días hábiles siguientes a su instalación. Artículo 7.- Instalación y sesiones El “Grupo Comando - PLAN MIL” se instala en el plazo máximo de siete (07) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Las sesiones del “Grupo Comando - PLAN MIL” pueden ser presenciales, virtuales y/o mixtas. Artículo 8.- Colaboración de otras entidades y/o unidades, asesoramiento y apoyo El “Grupo Comando - PLAN MIL” puede solicitar la colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y aporte técnico de las unidades orgánicas, órganos, proyectos, programas, organismos desconcentrados y organismos públicos del Ministerio de Salud, así como, de otras entidades públicas y/o instituciones privadas para el cumplimiento de su objeto y funciones. Artículo 9.- Financiamiento El desarrollo de las actividades del “Grupo Comando - PLAN MIL”, conformado mediante la presente Resolución Ministerial, se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Salud, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 10.- Aprobación del Listado Priorizado de Establecimientos de Salud Aprobar el Listado Priorizado de Establecimientos de Salud para la aplicación de los “Lineamientos para la mejora de los servicios de salud en el Primer Nivel de