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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (03/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de abril de 2024 El Peruano / Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú, siendo modi fi cado por las Resoluciones Jefaturales Nº 000046-2022-BNP, Nº 000125- 2022-BNP, Nº 000150-2022-BNP, Nº 000194-2022-BNP, Nº 000025-2023-BNP, Nº 000091-2023-BNP; y, Nº 000179-2023-BNP; Que, mediante Memorando Nº 000466-2024-BNP-GG- OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto propone dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 000128-2021- BNP y sus modi fi catorias, y aprobar el Tarifario Único de los Servicios No Prestados en Exclusividad en la Biblioteca Nacional del Perú, el cual se encuentra conformado por el Anexo Nº 1: Uso de ambientes disponibles en la sede San Borja y sede Lima de la Biblioteca Nacional del Perú; Anexo Nº 2: Prestación de servicios varios; y, Anexo Nº 3: Condiciones de uso de ambientes de la Biblioteca Nacional del Perú; Que, la estructura de costos de la propuesta del Tarifario Único de los Servicios No Prestados en Exclusividad en la Biblioteca Nacional del Perú contempla la exoneración del impuesto general a las ventas, para el caso de la venta de publicaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley Nº 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro; Que, por medio de los documentos de los vistos, los órganos intervinientes en la propuesta del Tarifario Único de los Servicios No Prestados en Exclusividad en la Biblioteca Nacional del Perú mani fi estan su conformidad, por lo que recomiendan continuar con las acciones correspondientes para su aprobación; Que, mediante Informe Legal Nº 000073-2024-BNP- GG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión, recomendando la emisión del respectivo acto resolutivo; Con el visado de la Gerencia General, la Dirección del Acceso y Promoción de la Información, la Dirección de Protección de las Colecciones, la Dirección de Gestión de las Colecciones, la O fi cina de Administración, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú; el Decreto Supremo Nº 002-2024-MC, que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú; el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, que establecen disposiciones aplicables a las entidades del sector público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes; y, demás normas pertinentes; SE RESUELVE:Artículo 1.- APROBAR el Tarifario Único de los Servicios No Prestados en Exclusividad en la Biblioteca Nacional del Perú, cuyos Anexos forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Jefatural Nº 000128-2021-BNP, que aprobó el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú, y sus modi fi catorias. Artículo 3.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el portal web institucional (www.bnp.gob. pe), el mismo día de la publicación de la Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.BORIS GILMAR ESPEZÚA SALMÓN Jefe Institucional 2275418-1 Designan Asesor II de la Gerencia General de la Biblioteca Nacional del Perú RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000028-2024-BNP Lima, 2 de abril de 2024VISTOS: El Memorando N° 000366-2024-BNP-GG-OA de fecha 01 de abril de 2024, de la O fi cina de Administración; el Informe Legal N° 000079-2024-BNP-GG-OAJ de fecha 02 de abril de 2024, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la designación de funcionarios en cargos de confi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la citada Ley, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, encontrándose vacante el cargo de Asesor(a) II de la Gerencia General, resulta necesario designar a la persona que ocupe dicho cargo; Con el visado de la Gerencia General, la O fi cina de Administración, la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, el Equipo de Trabajo de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración; De conformidad con la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; el Decreto Supremo N° 002-2024-MC; y, demás normas pertinentes; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR al señor Jorge Luis Loayza Céspedes en el cargo de con fi anza de Asesor II de la Gerencia General de la Biblioteca Nacional del Perú. Artículo 2.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución en el portal web institucional (http://www.bnp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.BORIS GILMAR ESPEZÚA SALMÓN Jefe Institucional 2275593-1 COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Autorizan transferencia financiera para financiar inversión a favor de la Municipalidad Provincial de El Dorado RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 000050-2024-DV-PE Mira fl ores, 1 de abril del 2024 VISTO: El Memorando N° 000584-2024-DV-DATE, mediante el cual la Dirección de Articulación Territorial remite el Anexo N° 1 que detalla la inversión, entidad ejecutora e importe a ser transferido, y; CONSIDERANDO:Que, el literal a) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en