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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (03/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de abril de 2024 El Peruano / y Funcionamiento de las Entidades Certi fi cadoras de Conversiones a Gas Licuado de Petróleo – GLP y de los Talleres de Conversión a Gas Licuado de Petróleo – GLP”, aprobada por Resolución Directoral Nº 14540-2007-MTC/15, elevada al rango de Decreto Supremo mediante el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 022-2009-MTC. Artículo 4.- La presente Resolución Directoral debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano. El costo de la publicación de la presente Resolución Directoral será asumido por la empresa autorizada. Artículo 5.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 6.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Directoral en: Av. Asociación Villa Reservista Mz. 341, Lote 20 del distrito Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa, provincia y departamento de Tacna y/o correo electrónico nestor4124@gmail.com . Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE CAYO ESPINOZA GALARZA DirectorDirección de Circulación VialDirección de Autorizaciones en Transportes 2274609-1 VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Designan Jefa de Unidad de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Saneamiento Rural RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 080-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSR Lima, 2 de abril de 2024 VISTOS:El Memorándum N° 470-2024/VIVIENDA/VMCS/ PNSR/DE de la Dirección Ejecutiva, el Informe N° 00000045-2024/PNSR/UA/SU-RH de la Sub Unidad de Recursos Humanos de la Unidad de Administración, el Memorándum N° 039-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSR/ UFILCC de la Unidad Funcional de Integridad y Lucha contra la Corrupción y el Informe Legal N° 151-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSR/UAL de la Unidad de Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2012-VIVIENDA se creó el Programa Nacional de Saneamiento Rural (PNSR), bajo el ámbito del Viceministerio de Construcción y Saneamiento, orientado a posibilitar el acceso de la población del ámbito rural, al agua y saneamiento de calidad y sostenibles; estableciéndose que, para efectos de su gestión administrativa y presupuestal, se constituye como Unidad Ejecutora del Pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, con fecha 30 de noviembre de 2017, se publicó en el Diario O fi cial “El Peruano” la Resolución Ministerial N° 458-2017-VIVIENDA, que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional-CAP Provisional del PNSR, previendo el cargo estructural de Jefa de Unidad de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Saneamiento Rural, como de con fi anza; Que, el per fi l profesional para ocupar el cargo de Jefa de Unidad de la Unidad de Administración se encuentra regulado en el Manual de Clasi fi cador de Cargos aprobado con Resolución Directoral N° 174-2017/VIVIENDA/VMCS/PNSR;Que, habiéndose propuesto a la señora CARMELITA VILA BENITES para que ocupe el cargo de Jefa de Unidad de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Saneamiento Rural, la Sub Unidad de Recursos Humanos de la Unidad de Administración ha señalado a través del Informe N° 00000045-2024/ PNSR/UA/SU-RH de fecha 01 de abril de 2024, que la citada persona: i) Cumple con el per fi l establecido para dicho cargo en el Clasi fi cador de Cargos aprobado con la Resolución Directoral Nº 174-2017/VIVIENDA/VMCS/PNSR, según cuadro de validación de requisitos mínimos de per fi l detallados en el mencionado informe; ii) Cumple con los requisitos mínimos, condiciones y documentos previstos en el Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; iii) No se encuentra registrado en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles, el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles y el Registro de Deudores Alimentarios Morosos; y, iv) No se encuentra impedido o inhabilitado para el ejercicio de la función pública. v) Ha cumplido con suscribir los Anexos de la Resolución Directoral N° 042-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSR-“Lineamientos para la Implementación de Disposiciones que regulan el procedimiento de Designación de Los/Las, Empleados/As de Con fi anza y Directivos de Libre Designación y Remoción en el Programa Nacional de Saneamiento Rural (PNSR)”. Que, asimismo, mediante Memorándum N° 039- 2024/VIVIENDA/VMCS/PNSR/UFILCC, el Coordinador de la Unidad Funcional de Integridad y Lucha contra la Corrupción-PNSR, emite informe técnico indicando que, el profesional propuesto NO PRESENTA CONFLICTO DE INTERES; Que, de acuerdo con lo señalado en el Informe N° 888-2023-VIVIENDA/OGAJ de fecha 17 de octubre de 2023, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, desde el punto de vista legal resulta obligatoria la publicación, en el Diario O fi cial “El Peruano”, de la designación materia de la presente resolución; Con los vistos de la Jefa de Unidad de la Unidad de Asesoría Legal y de la Coordinadora de la Sub Unidad de Recursos Humanos de la Unidad de Administración; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y en uso de sus atribuciones conferidas en el artículo 8° del Manual de Operaciones del PNSR, aprobado por Resolución Ministerial N° 070-2024-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DESIGNAR a la señora CARMELITA VILA BENITES en el cargo de Jefa de Unidad de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Saneamiento Rural, considerado como empleado de con fi anza, bajo el régimen laboral especial de Contratación Administrativa de Servicios, regulado por el Decreto Legislativo N° 1057. Artículo 2°.- ENCARGAR a la Sub Unidad de Recursos Humanos de la Unidad de Administración, la noti fi cación de la presente Resolución a la señora CARMELITA VILA BENITES, para los fi nes pertinentes, y que surtirá efectos con la realización del referido acto; así como gestione su publicación en la sede digital del Programa Nacional de Saneamiento Rural (https://www.gob.pe/pnsr) y en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.BLANCA AURORA ARCE BARBOZA Directora Ejecutiva Programa Nacional de Saneamiento Rural Viceministerio de Construcción y Saneamiento 2275570-1