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8 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de abril de 2024 El Peruano / Políticas Perú-China. Además, dicha visita resulta de gran relevancia, a efectos de impulsar una política exterior reforzada, que coadyuvará al posicionamiento de nuestro país en el escenario internacional y a la construcción de una agenda positiva con los países del Asia-Pací fi co; Que, por lo expuesto, constituye de interés nacional la participación del señor Javier González Olaechea Franco, Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, en las diversas actividades que se realizarán en la ciudad de París, República Francesa, así como, en la ciudad de Pekín, República Popular China; Que, por cuestiones de itinerario, el señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores viajará a la ciudad de París, República Francesa, así como a la ciudad de Pekín, República Popular China, del 24 de abril al 5 de mayo de 2024; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, en tanto dure la ausencia del Titular, resulta necesario encargar el Despacho de Relaciones Exteriores; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor JAVIER GONZALEZ OLAECHEA FRANCO, Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, a la ciudad de París, República Francesa, y a la ciudad de Pekín, República Popular China, del 24 de abril al 5 de mayo de 2024, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (0263) 0083906 Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional; y, Código AOI00004500085 Garantizar permanentemente la Gestión del Despacho Ministerial, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes Aéreos USDViáticos por día Europa USDViáticos por día Asia USDNúmero de díasTotal viáticos USD JAVIER GONZALEZ OLAECHEA FRANCO13,756.15540.00 - 7 3,780.00 - 500.00 3 1,500.00Artículo 3.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al señor EDUARDO MELCHOR ARANA YSA, Ministro de Estado en el Despacho de Justicia y Derechos Humanos, a partir del 24 de abril de 2024 y en tanto dure la ausencia del Titular. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros JAVIER GONZÁLEZ OLAECHEA FRANCO Ministro de Relaciones Exteriores 2282523-1 Encargan el puesto de Jefe del Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión - OEDI RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 116-2024-PCM Lima, 23 de abril de 2024CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1615, Decreto Legislativo que crea el Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión - OEDI, se crea dicha entidad como un organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, encargado de brindar asistencia técnica en la elaboración de estudios de preinversión y expedientes técnicos o documentos equivalentes de los proyectos de inversión a cargo de los gobiernos regionales y locales, incluyendo su elaboración, previo convenio de delegación; así como, la asistencia técnica durante la ejecución física del proyecto de inversión, respecto del expediente técnico elaborado por el OEDI; Que, según lo dispuesto en el artículo 15 del citado Decreto Legislativo, el OEDI cuenta con un Jefe responsable del funcionamiento institucional a dedicación exclusiva y remunerada, quien ejerce la titularidad del pliego presupuestal; asimismo, señala que el Jefe del OEDI es un cargo de libre designación y remoción, conforme a la normativa vigente; y, es nombrado por resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, el artículo 12 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1615, Decreto Legislativo que crea el Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión - OEDI, aprobado por Decreto Supremo Nº 023- 2024-PCM, establece los requisitos mínimos para ser designado Jefe del OEDI; Que, asimismo, el artículo 13 del citado Reglamento señala que el Jefe del OEDI es designado por el Presidente de la República, a propuesta del Presidente del Consejo de Ministros, mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por un periodo de cuatro (4) años, sujeto a una única renovación por un período similar, siempre que sea de manera continua; Que, con la fi nalidad de garantizar el normal funcionamiento del OEDI, resulta necesario encargar el puesto de Jefe del OEDI al señor ENRIQUE FERNANDEZ PANIAGUA, Asesor de Alta Dirección del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular;