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12 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de abril de 2024 El Peruano / Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 046-2024-CENFOTUR/J Barranco, 27 de marzo de 2024 VISTOS: El O fi cio N° 000212-2024-CG/SGE emitido por la Secretaría General de la Contraloría General de la República y el Informe Técnico N° 000016-2024-UP/CENFOTUR emitido por la Unidad de Presupuesto de la Ofi cina de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30742, se establecen normas y disposiciones requeridas para el fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, con la fi nalidad de modernizar, mejorar y asegurar el ejercicio oportuno, efectivo y efi ciente del control gubernamental, así como de optimizar sus capacidades orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción; Que, mediante artículo 6 de la Ley N° 31358, se disponen medidas para garantizar el control gubernamental durante el proceso de absorción de los órganos de control institucional a la Contraloría General de la República, señalando en su numeral 6.2 que, “excepcionalmente, la Contraloría General de la República podrá incorporar a los OCI […] que no hayan realizado la transferencia fi nanciera, sin perjuicio de continuar con las gestiones administrativas e identi fi cación de responsabilidades que correspondan”; Que, en el marco de la Directiva N° 012-2023- CG/GMPL “Incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República”, y a lo comunicado mediante O fi cio N° 000212-2024-CG/SGE, se están desarrollando las etapas de incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República; asimismo, de la revisión efectuada al referido formato remitido por el Pliego CENFOTUR, se ha determinado que, el monto a transferir a la Contraloría General de la República, asciende a S/ 18 000,00 (dieciocho mil y 00/100 soles); Que, mediante Informe Técnico N° 000016-2024-UP/ CENFOTUR, la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo, señala que el Centro de Formación en Turismo se encuentra facultado para realizar la transferencia fi nanciera con cargo al presupuesto institucional del Pliego 180 Centro de Formación en Turismo en favor del Pliego 019 Contraloría General, por lo que aprueba la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 410, hasta por el importe de S/ 18 000.00 (dieciocho mil y 00/100 soles); precisando que se debe transferir el citado monto, con cargo al presupuesto 2024 del Pliego CENFOTUR, para atender el pedido de transferencia requerido por la Contraloría General de la República; Con la visación de la O fi cina de Administración y Finanzas, la O fi cina de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo, la O fi cina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30742, Ley N° 31358, Directiva N° 012-2023-CG/GMPL, Decreto Ley Nº 22155 - Ley Orgánica del CENFOTUR, Decreto Legislativo 1451 y Decreto Supremo Nº 001-2023-MINCETUR que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, Resolución Directoral Nº 056-2023-CENFOTUR/DN que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR y la Resolución Jefatural N° 001-2023-CENFOTUR que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR;SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la transferencia fi nanciera con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 180 Centro de Formación en Turismo, hasta por S/ 18 000,00 (dieciocho mil y 00/100 soles), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, en el marco del proceso de incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República. Artículo Segundo.- La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo primero de la presente Resolución Jefatural se atenderá con cargo al presupuesto del Pliego 180 Centro de Formación en Turismo, para el ejercicio fi scal 2024, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Meta 0032 y Clasi fi cador del Gasto 2.4. 1 3. 1 1. Artículo Tercero.- Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizadas por el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural no podrán ser destinados a fi nes distintos para los cuales fueron transferidos, bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el portal de transparencia del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR. Regístrese y comuníquese.GRACIELA MARGARITA MARÍA SEMINARIO MARÓNJefa Centro de Formación en Turismo 2281865-1 CUL TURA Crean el Laboratorio de Innovación Cultural del Ministerio de Cultura – CulturaLAB RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000183-2024-MC San Borja, 23 de abril del 2024VISTOS: el Informe Nº 000003-2023-SG/MC de la Secretaría General; el Memorando Nº 001465-2023- OGPP/MC de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 001857-2023-OGAJ/MC y la Hoja de Elevación Nº 000044-2024-OGAJ-SG/MC de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, el artículo 4 de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, re fi ere que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 009-2020- MC, se aprueba la Política Nacional de Cultura al 2030, que establece el Objetivo prioritario 6: Garantizar la sostenibilidad de la gobernanza cultural, cuyo Lineamiento 6.2 señala: Formular marcos legales y programáticos que garanticen la sostenibilidad, inversión, competitividad e innovación en el sector cultura ; Que, a través del Decreto Supremo Nº 103-2022- PCM, se aprueba la Política Nacional de Modernización