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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (19/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Lunes 19 de agosto de 2024 El Peruano / establece que los gobiernos municipales pueden formular PLCC, de acuerdo con sus capacidades, de conformidad con los lineamientos elaborados por la autoridad nacional en materia de cambio climático; Que, el Ministerio del Ambiente aprobó mediante Resolución Ministerial N° 196-2021-MINAM los “Lineamientos metodológicos para la formulación y actualización de los Planes Locales de Cambio Climático y sus anexos”, señalando que su fi nalidad es proporcionar orientaciones metodológicas a los gobiernos locales para la formulación y actualización de los PLCC. Posterior a ello, a través del Decreto Supremo N° 003-2022-MINAM,el Gobierno peruano declara de interés nacional la emergencia climática, estableciéndose en su artículo 2° lo siguiente: 2.1.1 Los gobiernos regionales y gobiernos locales diseñan, aprueban e implementan las estrategias regionales de cambio climático y los planes locales de cambio climático, respectivamente, incorporando las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático bajo enfoques transversales, según corresponda, a fi n de contribuir a la acción climática en el territorio; Que, por medio de la Ordenanza N° 2353-2021, la Municipalidad Metropolitana de Lima declara de interés metropolitano el desarrollo de acciones frente al cambio climático y aprueba el Plan Local de Cambio Climático de la Provincia de Lima 2021-2030; asimismo, presenta ante la Alcaldía Metropolitana, la propuesta de conformación del “Grupo Técnico para la implementación y seguimiento del PLCC de la provincia de Lima” conformado por los órganos y unidades orgánicas competentes de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el cual se encargará de brindar apoyo constante en la implementación del PLCC y de dar el seguimiento correspondiente al cumplimiento de sus metas planteadas; Que, la Subgerencia de Limpieza, Parques y Jardines, a través del Informe Nº 188-2024-SGLPJ-GSC-MSS de fecha 15.04.2024, remite el presente proyecto de Ordenanza, así como el Informe Técnico Nº 005-2024-YRS-SGLPJ-GSC-MSS de fecha 11.04.2024, el cual sustenta la citada propuesta normativa, señalando que la misma, tiene como objeto entregar a la ciudadanía, el Plan Local de Acción de Cambio Climático del distrito de Santiago de Surco 2024 - 2030 (PLACC). Asimismo, señala que la gestión y planifi cación es indispensable para afrontar el cambio climático mediante la ejecución de acciones de adaptación y mitigación, por ello el Plan de Acción de Cambio Climático, permite identifi car las acciones que ya se realizan en la Municipalidad y las que se van a realizar como metas al 2030, en cumplimiento al marco institucional, establecido para los gobiernos locales en la Ley Marco sobre Cambio Climático, Ley Nº 30754. En tal sentido, concluye señalando que es necesaria la aprobación de la Ordenanza que declara de interés municipal el desarrollo de acciones frente al cambio climático y aprueba el Plan Local de Cambio Climático del Distrito de Santiago de Surco; Que, asimismo, la Gerencia de Servicios a la Ciudad, mediante el Memorándum Nº 425-2024-GSC-MSS de fecha 16.04.2024, adjunta al Informe Técnico Nº 36- 2024-LSA de fecha 15.04.2024, el cual sostiene que, el proyecto de Ordenanza que declara el Interés Municipal el Desarrollo de acciones frente al cambio climático aprueba el Plan Local de Cambio Climático del Distrito de Santiago de Surco 2024-2030, es altamente favorable y prometedor para el desarrollo sostenible del distrito. Asimismo, reconoce el cambio climático como un desafío ambiental y social signifi cativo, siendo estas medidas consideradas pasos críticos y prometedores para el desarrollo sostenible del distrito; Que, la Gerencia de Desarrollo Social, a través del Memorándum Nº 309-2024-GDS-MSS de fecha 18.04.2024, remite el Informe Nº 70-2024-SGSP-GDS- MSS de fecha 17.04.2024 de la Subgerencia de Salud Pública, el cual hace suyo en todos sus extremos, emitiendo opinión favorable a la Ordenanza submateria; Información actualizada a su alcance andina.pe DESEAS QUE SU NEGOCIO CREZCA Y TENER MÁS CLIENTES Av. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima • Central Telefónica: (01) 315-0400 CONTACTO COMERCIAL 996 410 162 915 248 092 ventapublicidad@editoraperu.com.pe