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21 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de agosto de 2024 El Peruano / persona jurídica de derecho público interno del Sector Educación; Que, el artículo 13 del Estatuto del Centro Vacacional Huampaní, aprobado mediante Decreto Supremo N° 36-95-ED, establece que su Directorio está conformado por seis (6) representantes del Ministerio de Educación, los que son designados mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Educación; Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Suprema N° 003-2023-MINEDU, modi fi cada por la Resolución Suprema N° 004-2024-MINEDU, se designa a la señora ANA GRIMANESA REATEGUI NAPURI, la señora MARIA LUZ FERNANDEZ CARDENAS, el señor EINER MARIACA PEÑA, la señora MARIA LORETO URDAY SEPULVEDA, la señora KARLA ROSA ACOSTA BARRETO y el señor CESAR FERNANDO MARTIN LINARES ROCA, como miembros del Directorio del Centro Vacacional Huampaní; Que, a través de las Cartas de fechas 05 y 07 de agosto de 2024, las citadas personas, presentaron sus renuncias como miembros del Directorio del Centro Vacacional Huampaní, Que, resulta necesario aceptar las renuncias formuladas; así como, designar a los nuevos miembros del Directorio del Centro Vacacional Huampaní; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, el Decreto Legislativo N° 756, que facilita al Centro Vacacional Huampaní una nueva estructura orgánica adecuada, que facilite la captación de inversión privada; y, el Estatuto del Centro Vacacional Huampaní aprobado mediante Decreto Supremo N° 36-95-ED; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar las renuncias presentadas por la señora ANA GRIMANESA REATEGUI NAPURI, la señora MARIA LUZ FERNANDEZ CARDENAS, el señor EINER MARIACA PEÑA, la señora MARIA LORETO URDAY SEPULVEDA, la señora KARLA ROSA ACOSTA BARRETO y el señor CESAR FERNANDO MARTIN LINARES ROCA, como miembros del Directorio del Centro Vacacional Huampaní, dándoseles las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a los miembros del Directorio del Centro Vacacional Huampaní, el cual quedará conformado por las siguientes personas: - ENITH ROSA ALICIA RUIZ GUERRERO, quien lo presidirá. - CARLOS JESUS VILELA DEL CARPIO. - CATALINA JULIETTA HORNA MELO. - ELVIRA PACHERRES MENDIVES DE SEVERINO.- LUIS CARLOS PALMA CASTILLA. - LUCIE MARGOT RIVERO ANTUNEZ. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República MORGAN NICCOLO QUERO GAIME Ministro de Educación 2317267-7 Formalizan aprobación del Plan Operativo Institucional Multianual 2025 - 2027 del Pliego 010: M. de Educación RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 422-2024- MINEDU Lima, 20 de agosto de 2024VISTOS, los documentos que conforman el Expediente N° UPP2024-INT-0459810; y,CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno, aprobar los planes de actuación y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, mediante el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, como organismo de derecho público cuya fi nalidad es constituirse como el órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN; Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que el Presupuesto del Sector Público tiene como fi nalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fi scal conforme a la normatividad vigente y se articula con los instrumentos del SINAPLAN; Que, mediante la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD, se aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional, actualizada con la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0055-2024/CEPLAN/PCD (en adelante, Guía para el Planeamiento Institucional), la cual es una herramienta que orienta la formulación de los planes institucionales de las entidades integrantes del SINAPLAN. Para ello, establece lineamientos metodológicos para el planeamiento institucional que comprende el Plan Estratégico Institucional - PEI y el Plan Operativo Institucional - POI; Que, el numeral 2.2 del Capítulo 3 de la Guía para el Planeamiento Institucional, establece que el PEI se formula y aprueba en el año previo al inicio de su vigencia, y en consecuencia la entidad debe elaborar y aprobar el POI Multianual para un período de tres años respetando el período de vigencia del PEI. La entidad utiliza el aplicativo informático que establezca el CEPLAN para registrar y aprobar el POI Multianual y consistenciar el POI Anual con el PIA, dentro de los plazos establecidos, considerando la estructura funcional y programática del Sistema Integrado de Administración Financiera - SIAF; Que, mediante la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00037-2024-CEPLAN-DE, se prorroga el plazo señalado en la sección 6.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00033- 2017/CEPLAN/PCD y sus modi fi catorias, estableciendo el día 14 de mayo de 2024, como plazo para la aprobación del POI Multianual 2025 - 2027; Que, con la Resolución Ministerial N° 675-2018-MINEDU, se conforma la Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio Educación, de carácter permanente, encargada de la aplicación del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; así como el Equipo Técnico de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio Educación, cuya función es asistir a la Comisión en la elaboración o modi fi cación del PEI y el POI; Qué; mediante la Resolución Ministerial N° 737-2018-MINEDU, se aprueba el Plan Estratégico Institucional - PEI del Ministerio de Educación para el periodo 2019-2022; asimismo, con Resolución Ministerial N° 167-2024-MINEDU, se aprueba la extensión del horizonte temporal del PEI del Ministerio de Educación; quedando denominado como “Plan Estratégico Institucional - PEI del Ministerio de Educación, período 2019 - 2027”; Que, a través del O fi cio Múltiple N° 00042-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto (UPP) de la O fi cina de