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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (23/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Viernes 23 de agosto de 2024 El Peruano / serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación. […] Segundo.- ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. En los procesos de convocatoria de candidato no proclamado (también denominados de acreditación), antes de expedir las credenciales a las nuevas autoridades (ver SN 1.1. y 1.2), este órgano electoral debe veri fi car la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el artículo 23 de la LOM (ver SN 1.4.), y constatar si se observaron los derechos y las garantías inherentes a este. 2.2. Mediante la Resolución N° 0116-2024-JNE, del 23 de abril de 2024, el Pleno de este órgano electoral declaró la nulidad de lo actuado hasta la citación dirigida a la señora regidora, para que asista a la sesión extraordinaria del 14 de marzo de 2024, y requirió al señor alcalde para que cumpla con convocar a una nueva sesión extraordinaria de concejo, respetando estrictamente las formalidades de noti fi cación previstas en el artículo 21 del TUO de la LPAG. 2.3. De la documentación remitida por la Municipalidad Distrital de Pítipo, se observa lo siguiente: a) Convocatoria dirigida a la señora regidora, para que asista a la sesión extraordinaria del 10 de mayo de 2024, en la cual se agendó la solicitud de vacancia. b) Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo N° 007- 2024-CMDP, del 10 de mayo de 2024, en la cual se acordó declarar la vacancia de la señora regidora. c) Acuerdo de Concejo N° 013-2024-CMDP, de la misma fecha, que formalizó la decisión de vacar a la señora regidora, adoptada en la citada sesión extraordinaria. d) Carta Externa N° 022-2024-SG/MDP, con la cual el 13 de mayo de 2024 se remitió a la señora regidora el referido acuerdo de concejo . e) Resolución de Alcaldía N° 128-2024-MDP/A, del 4 de junio de 2024, que declaró consentido el aludido acuerdo de concejo. 2.4. De la documentación detallada en el considerando 2.3., se aprecia que se respetó el derecho a la impugnación de la señora regidora, conforme lo determina la LOM y las formalidades que señala el TUO de la LPAG (ver SN 1.4., 1.6. y 1.7.); por consiguiente, en atención a lo establecido en el artículo 24 de la LOM (ver SN 1.5.), corresponde dejar sin efecto la credencial que le fuera otorgada. 2.5. En ese sentido, se debe convocar a don Luiyin Estalin Suclupe Cabrera, identi fi cado con DNI N° 45276762, candidato no proclamado de la organización política Alianza para el Progreso, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Pítipo, a fi n de completar el número de integrantes del referido concejo, por el periodo de gobierno municipal 2023-2026. 2.6. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 26 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Chiclayo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.7. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse según lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento (ver SN 1.8.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, bajo la presidencia de la señora Magistrada Martha Elizabeth Maisch Molina, por ausencia del presidente titular, en uso de sus atribuciones,RESUELVE 1.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a doña Gina Mercedes Gastulo Cabrejos como regidora del Concejo Distrital de Pítipo, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, por haber incurrido en la causa de vacancia prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2.- CONVOCAR a don Luiyin Estalin Suclupe Cabrera, identi fi cado con DNI N° 45276762, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Pítipo, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3.- PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución N° 0929- 2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.MAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRY SANJINEZ SALAZAR OYARCE YUZZELLIMarallano Muro Secretaria General 1 Aprobado por la Resolución N.º 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario oficial El Peruano. 2318065-1 Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Coasa, provincia de Carabaya, departamento de Puno RESOLUCIÓN N° 0236-2024-JNE Expediente N° JNE.2024002507 COASA - CARABAYA - PUNO VACANCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, dieciséis de agosto de dos mil veinticuatro VISTO: el O fi cio N° 116-2024-MDC/A, presentado el 12 de agosto de 2024, mediante el cual don Jesús Neftalí Choquenaira Málaga, alcalde de la Municipalidad Distrital de Coasa, provincia de Carabaya, departamento de Puno (en adelante, señor alcalde), remite documentación relacionada con la declaratoria de vacancia de don Víctor Hugo Yacasi Callohuanca, regidor de la citada comuna (en adelante, señor regidor). ANTECEDENTE 1.1. A través del o fi cio referido en el visto, el señor alcalde remitió, entre otros, la siguiente documentación relacionada a la declaratoria de vacancia del señor regidor por la causa precisada en el numeral 1 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM): a) Informe N° 120-2024-MDC/SG, emitido, el 15 de julio de 2024, por el encargado de la O fi cina de la