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4 NORMAS LEGALES Lunes 26 de agosto de 2024 El Peruano / Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación. En Lima, a los diecinueve días del mes de julio de dos mil veinticuatro. ALEJANDRO SOTO REYES Presidente del Congreso de la República ARTURO ALEGRÍA GARCÍA Primer Vicepresidente del Congreso de la República A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICAPOR TANTO: No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por la Presidencia de la República, en cumplimiento de los artículos 108 de la Constitución Política del Perú y 80 del Reglamento del Congreso de la República, ordeno que se publique y cumpla. En Lima, a los veintitrés días del mes de agosto de dos mil veinticuatro. EDUARDO SALHUANA CAVIDES Presidente del Congreso de la República WALDEMAR JOSÉ CERRÓN ROJAS Segundo Vicepresidente del Congreso de la República 2318541-1 PODER EJECUTIVO DEFENSA Autorizan viaje de oficiales de la Fuerza Aérea del Perú a la República Popular China, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00881-2024-DE Lima, 22 de agosto del 2024 VISTOS: El Ofi cio Extra FAP N° 002727-2024-SECRE/FAP de la Secretaría de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Ofi cio N° 02486-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 01405-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante Ofi cio Nº WGC 39-2024, el Agregado de Defensa de la República Popular China en la República del Perú comunica, al Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, la disponibilidad de cursos ofrecidos por el Ministerio de Defensa de la República Popular China, a llevarse a cabo durante el periodo 2024-2025, entre los cuales se encuentra una vacante para el Programa de Comando y Estado Mayor de la Fuerza Aérea, dirigido a Ofi ciales del grado de Mayores y Comandantes menores de 40 años, a realizarse en la Escuela de Comando de la Fuerza Aérea de la República Popular China, ubicada en la ciudad de Beijing, República Popular China, del 1 de setiembre de 2024 al 31 de julio de 2025; Que, con Ofi cio Extra FAP Nº 002246-2024-SECRE/ FAP, la Fuerza Aérea del Perú comunica al Viceministro de Políticas para la Defensa del Ministerio de Defensa la designación del Mayor FAP José Luis HUERTA ASTETE, como titular, y del Mayor FAP Adoniran Rene CRUZADO RAMÍREZ, como suplente, para participar en el citado programa; Que, a través del Informe Legal N° 050-DEAJ 2024 el Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del mencionado personal militar FAP; Que, a través de la Exposición de Motivos la Fuerza Aérea del Perú señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del personal militar FAP que participará en el Programa de Comando y Estado Mayor de la Fuerza Aérea de la República Popular China, porque le permitirá elevar la capacidad de planifi cación estratégica de la defensa nacional y obtener conocimientos y cualidades necesarias para asumir cargos más altos de liderazgo, a fi n de difundir y aplicar los conocimientos obtenidos al personal de las diferentes escuelas de formación y capacitación, lo cual redundará en benefi cio de la Institución y de la Nación; Que, mediante a Hoja de Gastos N° 0092 DGVC- ME/SIAF-RP la Fuerza Aérea del Perú establece que los gastos por compensación extraordinaria por servicio en el extranjero y gastos de traslado correspondiente a la ida, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora Nº 005: Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 7 y 8 del Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, con las Certifi caciones de Crédito Presupuestario N° 0000000019 y N° 0000000004, la Institución Armada garantiza el fi nanciamiento durante el Año Fiscal 2024; asimismo, teniendo en cuenta que la duración de la misión de estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, para completar el período de duración de la misión de estudios, a partir del 1 de enero al 31 de julio de 2025, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal respectivo; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de garantizar la participación oportuna del personal militar designado durante la totalidad del referido programa, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (2) días de anticipación, así como su retorno dos (2) días después del término de la misma, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al tesoro público; Que, con Ofi cio Extra FAP N° 002727-2024-SECRE/ FAP la Secretaría de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del personal que participará en el Programa de Comando y Estado Mayor de la Fuerza Aérea de la República Popular China, a realizarse en la Escuela de Comando de la Fuerza Aérea de la República Popular China, ubicada en la ciudad de Beijing, República Popular China, del 1 de setiembre de 2024 al 31 de julio de 2025; así como, autorizar su salida del país el 30 de agosto de 2024 y su retorno el 2 de agosto de 2025, adjuntando la documentación sustentatoria correspondiente; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la bonifi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, conforme al artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cada por Decreto Legislativo Nº 1143, el Ofi cial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido