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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (03/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 86

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Martes 3 de diciembre de 2024 El Peruano / Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 032-2023-RE; y, el Instructivo de Trámites Consulares, aprobado por Resolución Ministerial N° 0225-2024-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Término de funciones Se da por cancelado el nombramiento del señor Miguel Alberto Montañez Vidal, como Vicecónsul Honorario del Perú en la ciudad de Minsk, República de Belarús, con efi cacia anticipada al 25 de febrero de 2022. Artículo 2.- Cancelación de Letras Patentes Se cancelan las Letras Patentes correspondientes. Artículo 3.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2350201-8 Dan por terminadas funciones de Cónsul Honorario del Perú en Alejandría, República Árabe de Egipto RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 216-2024-RE Lima, 2 de diciembre de 2024 CONSIDERANDO: Que, el artículo 64 del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 032- 2023-RE, establece las causales de término de funciones del funcionario consular honorario, siendo estas: a) La revocación del Exequátur; b) La cancelación del nombramiento y de las Letras Patentes, c) Cumplir setenta años de edad, salvo autorización del Ministerio de Relaciones Exteriores para continuar en el cargo; d) A su solicitud; y, e) Muerte; Que, mediante Resolución Suprema N° 0233-1991- RE, de 7 de junio de 1991, se nombra al señor Basil Marco como Cónsul Ad-Honorem del Perú en Alejandría, Egipto, extendiéndole las Letras Patentes correspondientes; Que, el artículo 65 del Reglamento Consular del Perú señala que, al término de funciones, el funcionario consular honorario hará entrega de los bienes, archivos y un informe de gestión de la O fi cina Consular a la Jefatura de Servicios Consulares correspondiente o a la O fi cina Consular que ésta designe para la suscripción del acta correspondiente; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0225-2024- RE, de 20 de marzo de 2024, se aprueba el Instructivo de Trámites Consulares, cuya fi nalidad es establecer las disposiciones referentes a los trámites y procedimientos gestionados en las O fi cinas Consulares en el exterior, a fi n de guiar la actuación de los funcionarios y personal consular; Que, el numeral 4.3.2. de dicho Instructivo establece el procedimiento para dar término a las funciones de funcionarios consulares honorarios, consignando en el literal d) de su numeral 4.3.2.2, que la Jefatura de los Servicios Consulares coordina con el Cónsul Honorario la fecha de entrega del acervo documentario, timbres y demás bienes de propiedad del Estado peruano que pudiese tener en su poder. En caso de fallecimiento del Cónsul Honorario o de que se encuentre impedido de fi rmar el acta de entrega, dicho documento debe ser suscrito con el personal administrativo de la O fi cina Consular; de no contar con el referido personal, la Jefatura de los Servicios Consulares debe elaborar un Informe Situacional; Que, conforme al memorándum N° L-EL_ CAIRO002252024, de 1 de junio de 2024, la Embajada del Perú en la República Árabe de Egipto informa a la Dirección de Política Consular que el señor Basil Marco, Cónsul Honorario del Perú en Alejandría, Egipto, cumplirá setenta años de edad el 3 de julio de 2024; Que, mediante el Informe Especial (REC) N° 035- 2024, de 19 de junio de 2024, el Jefe de la Unidad de Remesas Consulares informa a la Dirección de Política Consular que el señor Basil Marco, Cónsul Honorario del Perú en Alejandría, Egipto, no tiene responsabilidad pecuniaria en la administración de Ingresos y Timbres Consulares; Que, mediante memorándum (PAT) Nº PAT012642024, de 16 de agosto de 2024, la Jefa de la O fi cina de Control Patrimonial informa a la Dirección de Política Consular que, en la base patrimonial de dicha O fi cina, no fi guran registros de bienes patrimoniales asignados al señor Basil Marco, como Cónsul Honorario del Perú en Alejandría, Egipto; Que, mediante memorándum C-EL_ CAIRO001662024, de 22 de agosto de 2024, el Jefe de la Sección Consular de la Embajada del Perú en la República Árabe de Egipto remite a la Dirección de Política Consular el Informe Situacional, de 22 de agosto de 2024, mediante el cual se indica las circunstancias que han imposibilitado que el acta de entrega sea suscrita por el señor Basil Marco, Cónsul Honorario del Perú en Alejandría, según lo estipulado en los literales c) y d) del numeral 4.3.2.2 del Instructivo de Trámites Consulares, en concordancia con el artículo 65° del Reglamento Consular del Perú; Que, por lo expuesto, resulta necesario dar término de funciones y cancelar las Letras Patentes del señor Basil Marco, quien fuera reconocido como Cónsul Honorario del Perú en Alejandría, Egipto, con e fi cacia anticipada al 22 de agosto de 2024; Que, mediante Memorándum N° DGC018712024, de 15 de octubre de 2024, la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares ha emitido opinión favorable para proceder a dar término de funciones y cancelar las Letras Patentes del señor Basil Marco, quien fuera reconocido como Cónsul Honorario del Perú en Alejandría, Egipto; Que, en virtud a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, se puede disponer en el mismo acto administrativo, que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros, y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto, el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 11 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el literal b) del artículo 64 y el artículo 65 del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 032-2023-RE; y, el Instructivo de Trámites Consulares, aprobado por Resolución Ministerial N° 0225-2024-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Término de funciones Se da por terminadas las funciones del señor Basil Marco como Cónsul Honorario del Perú en Alejandría, República Árabe de Egipto, con e fi cacia anticipada al 22 de agosto de 2024. Artículo 2.- Cancelación de Letras Patentes Se cancelan las Letras Patentes correspondientes. Artículo 3.- Agradecimiento Se agradece sus servicios prestados a la Nación.