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68 NORMAS LEGALES Martes 3 de diciembre de 2024 El Peruano / superior menos antiguo de las salas de la especialidad más cercana geográ fi camente, sea provisional o titular, empezando por el provisional; quienes intervendrán en adición de sus funciones y de preferencia en la modalidad virtual a través del aplicativo Google Meet. Si luego de llamar a todos los jueces superiores de la especialidad persiste la discordia, impedimento, licencias, vacaciones o cualquier otra situación análoga, se llamará a los jueces superiores penales empezando por los provisionales y luego ascendiendo por antigüedad de los titulares. Artículo Segundo.- Autorizar a los presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país aplicar los procedimientos establecidos en la presente resolución, en coordinación con la secretaría técnica del Subsistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio, para la revisión de las agendas y el Cuadro de Antigüedad de los Jueces Superiores del mencionado Subsistema; resaltando que es deber de los magistrados adoptar las medidas necesarias para garantizar la continuidad del servicio de administración de justicia; así como evitar perjuicios procesales y materiales a las partes como consecuencia del periodo de licencia o vacaciones, bajo responsabilidad funcional. Artículo Tercero.- Disponer que las conformaciones de los órganos jurisdiccionales como consecuencia de lo establecido en el artículo cuarto de la Resolución Administrativa N.º 363-2021-CE-PJ, tendrán en cuenta para su designación, el orden de prelación cuando corresponda, lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto la Resolución Administrativa N.º 474-2019-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Quinto.- Notifi car la presente resolución a la Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Coordinación Nacional del Subsistema Especializado en Extinción de Dominio, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2350175-1 Disponen la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad Laboral - Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) en el Juzgado de Trabajo Transitorio de Descarga, 11° Juzgado de Paz Letrado Laboral y el Juzgado de Paz Letrado Laboral Transitorio de Arequipa, Distrito Judicial de Arequipa Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000418-2024-CE-PJ Lima, 2 de diciembre del 2024VISTO:El O fi cio N° 000103-2024-P-CT-EJE-PJ cursado por la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que, la señora Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, mediante O fi cio N° 000103-2024-P-CT-EJE-PJ, solicita a este Órgano de Gobierno que se apruebe la ampliación de las funcionalidades del sistema Expediente Judicial Electrónico (EJE) en órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, en cumplimiento a lo dispuesto por las Resoluciones Administrativas Nros. 000261-2022-CE-PJ y 000177-2023-CE-PJ. Segundo. Que, el Expediente Judicial Electrónico promovido por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es parte del fortalecimiento de la transformación digital del Poder Judicial, previsto como Objetivo Estratégico (OEI 0.5) del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000136-2021-P-PJ. En ese sentido, el Expediente Judicial Electrónico desde su lanzamiento en el 2017 mediante la Resolución Administrativa N° 005-2017-CE-PJ, hasta la fecha, viene impulsando el uso de las nuevas Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos judiciales, a efecto de asegurar la celeridad y la transparencia en la solución de los con fl ictos que están a cargo de los órganos jurisdiccionales en concordancia con los objetivos estratégicos del Plan Estratégico Institucional del Poder Judicial. Tercero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000553-2023-CE-PJ el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la continuidad en las actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, en mérito a las acciones ejecutadas y al avance en el cumplimiento de las metas programadas en el correspondiente Plan Operativo Institucional (POI); permitiendo incorporar nuevos servicios en bene fi cio de los justiciables y de los órganos jurisdiccionales, con la fi nalidad de facilitar la labor jurisdiccional, brindar funcionalidad al trabajo remoto de los servidores jurisdiccionales; así como, facilitar el acceso a la justicia a las partes procesales, permitiendo tener procesos transparentes, seguros y céleres. Cuarto. Que, las actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico para el periodo 2024, considera acciones organizadas en dos grupos: i) Procesos jurisdiccionales se ejecutan en medios virtuales y con menor desplazamiento de usuarios y elevada disposición al uso de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos jurisdiccionales y administrativos; y ii) E fi caz soporte de los procesos de decisión e información para los servicios judiciales que brinda el Poder Judicial. Los objetivos y metas corresponden al Plan Operativo Institucional de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (POI-EJE). Quinto. Que, la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico desde su conformación, a través de su Secretaría Técnica, ha venido desarrollando actividades de implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en treinta y cinco Cortes Superiores de Justicia, concretado en mil trescientos ochenta y un órganos jurisdiccionales que ya disponen de los bene fi cios del Expediente Judicial Electrónico, en las especialidades: Laboral-Nueva Ley Procesal del Trabajo, Laboral - subespecialidad Contencioso Administrativo Laboral y Previsional, Contencioso Administrativo subespecialidades Tributario, Aduanero y Temas de Mercado, Civil subespecialidad Comercial y Civil - Litigación Oral; así como en Familia Tutelar en la subespecialidad Violencia Contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar y Familia Civil-Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes. El número de órganos jurisdiccionales incluye trece órganos jurisdiccionales correspondientes a la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada - etapa intermedia, en atención a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 000138-2020-P-CE-PJ y la implementación del Expediente Judicial Electrónico en tres órganos jurisdiccionales de la Corte Suprema de Justicia de la República: La Sala Penal Permanente, Sala Penal Especial y el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, aprobada por el Consejo Ejecutivo mediante Resolución Administrativa N° 000135-2022-P-CE- PJ, totalizándose a dieciséis órganos jurisdiccionales implementados con el Expediente Judicial Electrónico en