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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (17/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Martes 17 de diciembre de 2024 El Peruano / Que, a través del Ofi cio N° 03516-2024-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 100-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes; Que, mediante el Informe Legal N° 02191-2024- MINDEF/SG-OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje en comisión especial en el exterior, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión especial en el exterior, del personal FAP que se detalla a continuación, quienes ocuparán diversos cargos ante la Junta Interamericana de Defensa, Organización de Estados Americanos (JID-OEA), en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 18 de diciembre de 2024 al 17 de diciembre de 2026; así como, autorizar su salida el 17 de diciembre de 2024 y su retorno el 18 de diciembre de 2026: Jefe de la Delegación de Perú ante la Junta Interamericana de Defensa Mayor General FAP César Augusto MACEDO GARCÍA NSA N° 95561 DNI N° 02773543 Asesor en la Sección de Organismos Internacionales de la Subsecretaría de Servicios de Asesoramiento de la Secretaría de la Junta Interamericana de Defensa Comandante FAP Fernando Joel DÍAZ SALINASNSA N° 96806 DNI N° 43372467 Asesor en la Sección de Amenazas Emergentes de la Subsecretaría de Servicios de Asesoramiento de la Secretaría de la Junta Interamericana de Defensa Comandante FAP Claudia Paola MERINO URDAYNSA N° 96876 DNI N° 43338254 Asistente en la División Administrativa de la Subsecretaría de Servicios Administrativos y Conferencias de la Secretaría de la Junta Interamericana de Defensa TécnicoSupervisor FAP Ricardo Javier ARAGÓN DURAND NSA N° 114567 DNI N° 29200059 Asistente en la Sección de Apoyo al Consejo de la Subsecretaría de Servicios Administrativos y Conferencias de la Secretaría de la Junta Interamericana de Defensa Técnico de Primera FAP Juan José GINET VELÁSQUEZ NSA N° 608201 DNI N° 10299134 Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos:Mayor General FAP César Augusto Macedo García Pasaje aéreo (Ida): Lima - Washington D.C. (Estados Unidos de América) clase económica (Incluye importe TUUA) US$ 1,836.96 x 3 personas (titular, cónyuge e hijo) US$ 5,510.88 Gasto de Traslado (Ida): (Equipaje, bagaje e instalación) US$ 12,695.77 x 2 compensaciones x 1 persona US$ 25,391.54 Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero: US$ 12,695.77 / 31 x 14 días x 1 persona US$ 5,733.56 Total a pagar: US$ 36,635.98 Comandante FAP Fernando Joel Díaz Salinas Pasaje aéreo (Ida): Lima - Washington D.C. (Estados Unidos de América) clase económica (Incluye importe TUUA) US$ 1,836.96 x 6 personas (titular, cónyuge e hijos) US$ 11,021.76 Gasto de Traslado (Ida): (Equipaje, bagaje e instalación) US$ 10,693.80 x 2 compensaciones x 1 persona US$ 21,387.60 Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero: US$ 10,693.80 / 31 x 14 días x 1 persona US$ 4,829.44 Total a pagar: US$ 37,238.80 Comandante FAP Claudia Paola Merino Urday Pasaje aéreo (Ida): Lima - Washington D.C. (Estados Unidos de América) clase económica (Incluye importe TUUA) US$ 1,836.96 x 5 personas (titular, cónyuge e hijos) US$ 9,184.80 Gasto de Traslado (Ida): (Equipaje, bagaje e instalación) US$ 10,693.80 x 2 compensaciones x 1 persona US$ 21,387.60 Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero: US$ 10,693.80 / 31 x 14 días x 1 persona US$ 4,829.44 Total a pagar: US$ 35,401.84 Técnico Supervisor FAP Ricardo Javier Aragón Durand Pasaje aéreo (Ida): Lima - Washington D.C. (Estados Unidos de América) clase económica (Incluye importe TUUA) US$ 1,836.96 x 2 personas (titular y cónyuge) US$ 3,673.92 Gasto de Traslado (Ida): (Equipaje, bagaje e instalación) US$ 8,485.22 x 2 compensaciones x 1 persona US$ 16,970.44 Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero: US$ 8,485.22 / 31 x 14 días x 1 persona US$ 3,832.08 Total a pagar: US$ 24,476.44 Técnico de Primera FAP Juan José Ginet Velásquez Pasaje aéreo (Ida): Lima - Washington D.C. (Estados Unidos de América) clase económica (Incluye importe TUUA) US$ 1,836.96 x 3 personas (titular, cónyuge e hija) US$ 5,510.88 Gasto de Traslado (Ida): (Equipaje, bagaje e instalación) US$ 8,485.22 x 2 compensaciones x 1 persona US$ 16,970.44 Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero: US$ 8,485.22 / 31 x 14 días x 1 persona US$ 3,832.08 Total a pagar: US$ 26,313.40 Total general a pagar: US$ 160,066.46 Artículo 3.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N°002-2004- DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4.- El pago por gastos de compensación extraordinaria, gastos de traslado, pasajes aéreos internacionales y tarifa única de uso de aeropuerto, que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en comisión especial en el exterior, según corresponda, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Fuerza Aérea del Perú del año fi scal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artícul o 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el