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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (17/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Martes 17 de diciembre de 2024 El Peruano / Artículo 2 .- Monto y plazo del compromiso de inversión Establecer que el monto y plazo de ejecución del compromiso de inversión a cargo de la empresa AVALEZA S.A., identifi cada con RUC N° 20609493071, asciende a la suma de US$ 7 189 362.00 (Siete Millones Ciento Ochenta y Nueve Mil Trescientos Sesenta y Dos y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), monto que será ejecutado en una (01) Etapa, en el plazo de dos (02) años, once (11) meses y veintinueve (29) días, contados a partir del 01 de julio de 2024, fecha de presentación de la solicitud de acogimiento al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas - IGV hasta el 30 de junio de 2027, Artículo 3 .- Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas El Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas a que se refi ere el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 973 y normas reglamentarias aplicables; consiste en la devolución del IGV que gravó las importaciones y/o adquisiciones local de bienes de capital nuevos, bienes intermedios nuevos, así como los servicios y contratos de construcción realizados en la etapa pre-productiva, que se señalan en el Anexo 1 (Lista de Bienes) y en el Anexo 2 (Servicios y Contratos de Construcción) de la presente Resolución Ministerial; y siempre que se utilicen directamente en actividades necesarias para la ejecución del proyecto denominado “Siembra de Palto Fundo Santa Rosa”. Para determinar el benefi cio antes indicado se considerarán las adquisiciones de bienes, servicios y contratos de construcción que se hubieran efectuado a partir del 01 de julio de 2024 y hasta el 30 de junio de 2027 o la percepción de los ingresos por las operaciones productivas a que se refi ere el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 973. La Lista de bienes de capital nuevos, bienes intermedios nuevos, según subpartida arancelaria, servicios y contratos de construcción, a que se refi eren los Anexos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial, podrá ser modifi cada a solicitud de la empresa AVALEZA S.A., identifi cada con RUC N° 20609493071, de conformidad con dispuesto en el numeral 6.1 del artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2007-EF, y sus modifi caciones. Artículo 4.- Notifi cación Notifi car la presente Resolución Ministerial a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, y a la empresa AVALEZA S.A., para conocimiento y fi nes de Ley. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), el mismo día de su publicación en el diario ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS Ministro de Desarrollo Agrario y Riego Anexo I BIENES Item CUODESubpartida ArancelariaDescripción 313 COMBUSTIBLES ELABORADOS 1 313 2710.19.39.00 - - - - Los demás 2 313 2710.20.00.12- - - Diesel B5, con un contenido de azufre menor o igual a 50 ppm 3 313 2710.20.00.13- - - Diesel B20, con un contenido de azufre menor o igual a 50 ppm4 313 2710.20.00.19 - - - Los demás 320 LUBRICANTES 5 320 2710.19.38.00 - - - - Otros aceites lubricantes 533 PRODUCTOS MINEROS ELABORADOS 6 533 7310.10.00.00 - De capacidad superior o igual a 50 l 7 533 8481.20.00.90 - - Las demás 8 533 8481.40.00.90 - - Las demás 9 533 8481.80.40.00 - - Válvulas esféricas 10 533 8481.80.51.00 - - - Para presiones superiores o iguales a 13,8 Mpa 11 533 8481.80.59.00 - - - Las demás 12 533 8481.80.60.00 - - Las demás válvulas de compuerta 13 533 8481.80.70.00- - Válvulas de globo de diámetro nominal inferior o igual a 100 mm 14 533 8481.80.99.00 - - - Las demás 15 533 8481.90.90.00 - - Los demás 552PRODUCTOS QUÍMICOS Y FARMACÉUTICOS SEMIELABORADOS 16 552 2806.10.00.00 - Cloruro de hidrógeno (ácido clorhídrico) 17 552 2806.20.00.00 - Ácido clorosulfúrico 18 552 2807.00.10.00 - Ácido sulfúrico 19 552 2808.00.10.00 - Ácido nítrico 20 552 2809.20.10.00 - - Ácido fosfórico 21 552 2810.00.10.00 - Ácido ortobórico 22 552 2810.00.90.00 - Los demás 23 552 2833.11.00.00 - - Sulfato de disodio 24 552 2833.19.00.00 - - Los demás 25 552 2833.21.00.00 - - De magnesio 26 552 2833.25.00.00 - - De cobre27 552 2833.29.90.00 - - - Los demás 28 552 2834.21.00.00 - - De potasio 29 552 2834.29.90.00 - - - Los demás 30 552 2841.70.00.00 - Molibdatos 31 552 3917.21.10.00- - - Para sistemas de riego por goteo, por aspersión u otros 32 552 3917.23.10.00- - - Para sistemas de riego por goteo, por aspersión u otros 33 552 3917.29.10.00 - - - De fibra vulcanizada 34 552 3917.29.91.00- - - - Para sistemas de riego por goteo, por aspersión u otros 35 552 3917.32.91.00- - - - Para sistemas de riego por goteo, por aspersión u otros 36 552 3917.32.99.00 - - - - Los demás 37 552 3917.33.10.00- - - Para sistemas de riego por goteo, por aspersión u otros Anexo I BIENES Item CUODESubpartida ArancelariaDescripción 553 PRODUCTOS QUÍMICOS Y FARMACÉUTICOS ELABORADOS 38 553 3211.00.00.00 Secativos preparados. 39 553 3212.10.00.00 - Hojas para el marcado a fuego 40 553 3212.90.10.00- - Pigmentos (incluidos el polvo y escamillas metálicos) dispersos en medios no acuosos, líquidos o en pasta, de los tipos utilizados para la fabricación de pinturas 613 MATERIALES DE CONSTRUCCION ELABORADOS 41 613 3917.21.90.00 - - - Los demás 42 613 3917.22.00.00 - - De polímeros de propileno43 613 3917.23.90.00 - - - Los demás 44 613 3917.29.99.00 - - - - Los demás 45 613 3917.31.00.00- - Tubos flexibles para una presión superior o igual a 27,6 MPa 46 613 3917.33.90.00 - - - Los demás 47 613 3917.39.10.00- - - Para sistemas de riego por goteo, por aspersión u otros 48 613 3917.39.90.00 - - - Los demás