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40 NORMAS LEGALES Viernes 20 de diciembre de 2024 El Peruano / Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial Nº 306-2024-MIMP; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la Guía “Criterios Generales para el Diseño Arquitectónico de Centros de Acogida Residencial Básicos, de Urgencia y Especializados para Niñas, Niños y Adolescentes”, que como Anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que la O fi cina de Inversiones de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización se encargue de la difusión y asistencia técnica a las entidades públicas para la implementación de la Guía “Criterios Generales para el Diseño Arquitectónico de Centros de Acogida Residencial Básicos, de Urgencia y Especializados para Niñas, Niños y Adolescentes”. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANGELA TERESA HERNANDEZ CAJO Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 2355548-1 PRODUCE Aprueban la Directiva General N° 000003-2024-PRODUCE-DM denominada “Disposiciones para la atención de las solicitudes de acceso a la información pública en el Ministerio de la Producción” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000494-2024- PRODUCE Lima, 19 de diciembre de 2024VISTOS: Los Memorandos Nos 00000301- 2024-PRODUCE/OGACI y 00000337-2024-PRODUCE/OGACI de la O fi cina General de Atención al Ciudadano, el Memorando N° 00001081-2024-PRODUCE/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe N° 00000339-2024-PRODUCE/OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización, y el Informe N° 00001357-2024-PRODUCE/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política reconoce que toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido, exceptuándose las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional; con fi gurándose en nuestro Estado Constitucional de Derecho, el derecho de acceso a la información pública; Que, el artículo 1 de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el artículo citado en el considerando precedente; Que, el Decreto Supremo N° 007-2024-JUS, aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Púbica, con la fi nalidad de contribuir a la promoción de la transparencia de los actos del Estado y del ejercicio del derecho fundamental de acceso a la información pública, regulado en el inciso 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 559-2018-PRODUCE se aprueba la Directiva General N° 3-2018-PRODUCE-DM “Disposiciones que regulan la atención de las solicitudes de acceso a la información pública en el Ministerio de la Producción”, cuyo objetivo es establecer el procedimiento para la atención de las solicitudes de Acceso a la Información pública ante el Ministerio de la Producción; Que, el artículo 60 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE establece las funciones de la O fi cina General de Atención al Ciudadano, entre otras, la de proponer y supervisar la elaboración y actualización de lineamientos, directivas, procedimientos, manuales, entre otros, en las materias de sus competencias; así como proponer e implementar mecanismos para la atención de las solicitudes de acceso a la información pública en el Ministerio; Que, mediante los Memorandos Nos 00000301-2024- PRODUCE/OGACI y 00000337-2024-PRODUCE/OGACI, la O fi cina General de Atención al Ciudadano sustenta la necesidad de contar con un instrumento actualizado que permita la oportuna atención de las solicitudes de acceso a la información pública que son presentadas por los/las ciudadano/as; Que mediante el Memorando N° 00001081-2024-PRODUCE/OGPPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe N° 00000339-2024-PRODUCE/OPM de su O fi cina de Planeamiento y Modernización, a través del cual señala que considera procedente la aprobación de la Directiva General “Disposiciones para la atención de las solicitudes de acceso a la información pública en el Ministerio de la Producción” y dejar sin efecto la Directiva General N° 3-2018-PRODUCE-DM “Disposiciones que regulan la atención de las solicitudes de acceso a la información pública en el Ministerio de la Producción”, aprobada mediante la Resolución Ministerial N° 559-2018-PRODUCE; Que, la propuesta de Directiva General se encuentra conforme con las disposiciones establecidas en la Directiva General N° 002-2022-PRODUCE-SG “Disposiciones para la formulación, aprobación y modi fi cación de Directivas en el Ministerio de la Producción”; Que, contando con las opiniones favorables de la Ofi cina General de Atención al Ciudadano, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Decreto Supremo N° 007-2024- JUS, Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y la Resolución Secretarial N° 00026-2022-PRODUCE, que aprueba la Directiva General N° 002-2022-PRODUCE-SG denominada “Disposiciones para la formulación, aprobación y modi fi cación de Directivas en el Ministerio de la Producción”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Directiva General denominada “Disposiciones para la atención de las solicitudes de acceso a la información pública en el Ministerio de la Producción” Aprobar la Directiva General N° 000003-2024-PRODUCE- DM denominada “Disposiciones para la atención de las solicitudes de acceso a la información pública en el Ministerio de la Producción”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 559-2018-PRODUCE Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 559- 2018-PRODUCE, que aprueba la Directiva N°