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7 NORMAS LEGALES Viernes 20 de diciembre de 2024 El Peruano / 11) Coadyuvar al cálculo del tamaño de la muestra de estudio en las investigaciones cuantitativas y al diseño del muestreo aleatorio adecuado y correspondiente con las características de la población, tipo, diseño y objetivos de dichas investigaciones. 12) Coadyuvar al planteamiento del diseño de recolección de datos pertinente con las necesidades de información del usuario, con las características de la población de estudio, y con el tipo y diseño de investigación cuantitativa. 13) Coadyuvar a la determinación técnica apropiada para la recolección de datos en las investigaciones cuantitativas. 14) Coadyuvar a la identi fi cación y elaboración de los instrumentos o medios de recolección de datos pertinentes que estén en correspondencia con las variables y objetivos de estudio de fi nidos previamente en las investigaciones cuantitativas. 15) Coadyuvar a la validación de los instrumentos de recolección de datos con las técnicas estadísticas que correspondan en las investigaciones cuantitativas. 16) Coadyuvar al planteamiento del diseño de contrastación de hipótesis de acuerdo con el tipo y nivel de investigación y la naturaleza de las variables de estudio en las investigaciones cuantitativas. 17) Coadyuvar a la ejecución del diseño de recolección de datos según protocolo estadístico establecido en las investigaciones cuantitativas. 18) Coadyuvar a la identi fi cación o innovación del modelo estadístico de mejor ajuste a los datos y participar en su procesamiento en las investigaciones cuantitativas. 19) Coadyuvar a la descripción de la información estadística contextualizándola con el objeto de estudio en las investigaciones cuantitativas. 20) Coadyuvar a la explicación de la información estadística contextualizándola con el objeto de estudio y con lo reportado por la bibliografía cientí fi ca en las investigaciones cuantitativas. 21) Coadyuvar a la elaboración de las conclusiones de resumen o de inferencia en las investigaciones cuantitativas. 22) Presentar la información estadística con ordenamiento lógico de acuerdo con los objetivos de la investigación en las investigaciones cuantitativas. 23) Coadyuvar a la redacción del informe estadístico con lenguaje cientí fi co y claro para el usuario en las investigaciones cuantitativas. 24) Coadyuvar a la transmisión del conocimiento estadístico contextualizándolo con el objeto de estudio. 25) Mostrar dominio en los fundamentos cientí fi cos de las técnicas o modelos estadísticos utilizados, así como claridad y apertura para absolver las preguntas que le formulen, en el marco de investigaciones cuantitativas. CAPÍTULO III DERECHOS Y OBLIGACIONES Artículo 8. Derechos El profesional en Estadística tiene derecho a: a) Desarrollar su actividad laboral en un ambiente adecuado, contando con los recursos materiales y el equipamiento necesario para brindar un servicio profesional oportuno y de calidad, y de acuerdo con los recursos de la organización donde labora.b) Ocupar plazas y cargos con funciones propias de la ciencia Estadística y correspondientes con la estructura orgánica de la carrera profesional estipulados en los instrumentos de gestión administrativa de las organizaciones del sector público. c) Percibir una remuneración justa y equitativa acorde con su preparación y experiencia profesional. d) No ser coaccionado o amenazado por la institución, autoridad, funcionario o superior jerárquico funcional con la fi nalidad de emitir opiniones o informes cientí fi cos o técnicos estadísticos contrarios a la información estadística analizada. e) Recibir capacitaciones con la fi nalidad de mejorar su desempeño profesional y el cumplimiento de los objetivos institucionales. f) Recibir todos los bene fi cios laborales que le correspondan conforme al régimen laboral al que pertenece. Artículo 9. Obligaciones El profesional en Estadística está obligado a: a) Cumplir lo establecido en la Ley 29093, Ley de creación del Colegio de Estadísticos del Perú, y las normas internas vigentes emitidas por el Colegio de Estadísticos del Perú. b) Producir estadísticas útiles y de calidad orientadas a resolver problemas de nuestra sociedad, de las instituciones, de la empresa y de la ecología. c) Capacitarse periódicamente para lograr una formación continua, tanto a nivel de especialización como en grados académicos mayores, con el propósito de obtener el conocimiento en nuevos desarrollos de la ciencia Estadística y su implementación computacional, lo cual redundará en una mejora de los métodos, técnicas y metodologías estadísticas, y otras que la complementan, empleadas en su ámbito laboral. d) Certi fi carse periódicamente como profesional competente. e) Promover el desarrollo de software estadístico, con especial referencia al uso de software libre. f) Promover el debate y discusión acerca de los métodos, técnicas y metodologías estadísticas empleadas en su centro laboral con la fi nalidad de elevar su producción, e fi ciencia y efectividad laboral y el logro de los objetivos institucionales. g) Conocer y cumplir la normativa vigente del Sistema Estadístico Nacional en su ejercicio profesional, cuando corresponda. h) Denunciar toda manipulación, distorsión u omisión de la correcta aplicación de los métodos y técnicas de la ciencia Estadística cometidas por personas naturales o jurídicas, cuando corresponda, con el sustento correspondiente. i) Cumplir las demás obligaciones y prohibiciones que establecen las normas laborales que le resulten aplicables en su ejercicio profesional. CAPÍTULO IV LÍNEA DE CARRERA Y PROMOCIÓN PROFESIONAL Artículo 10. Línea de carrera En el sector público, el Estado garantiza la línea de carrera profesional del estadístico, conforme a la normativa vigente que resulte aplicable. Las entidades públicas establecen dentro del grupo de profesionales los cargos para cuyo desempeño se requiere título profesional de estadístico y los niveles de desarrollo. Artículo 11. Promoción profesional En el sector público, el derecho a la promoción profesional del estadístico se efectúa por concurso público y meritocrático de acuerdo con la normativa vigente.