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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (28/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 130

130 NORMAS LEGALES Sábado 28 de diciembre de 2024 El Peruano / adaptación al cambio climático (ACC), plan de control de calidad (PCC) y programa de adecuación sanitaria (PAS). Los mencionados incrementos tarifarios del primer y tercer años regulatorios se aplicarán de manera automática en el ciclo de facturación posterior al inicio del primer y tercer años regulatorios, respectivamente. El incremento tarifario del tercer año regulatorio se aplicará sobre la estructura tarifaria resultante de la aplicación del reordenamiento tarifario establecido en el subcapítulo VI.9.3: “Estructura Tarifaria para el periodo regulatorio 2025-2028” del estudio tarifario. En el segundo y cuarto años del periodo regulatorio 2025-2028 se realizarán reordenamientos de las estructuras tarifarias, de acuerdo con lo señalado en el subcapítulo VI.9.3: “Estructura Tarifaria para el periodo regulatorio 2025-2028” del estudio tarifario, lo cual representará incrementos en la tarifa media de 3,7% en el segundo año regulatorio y de 2,3% en el cuarto año regulatorio de EPS ILO S.A. El mencionado estudio tarifario puede ser ubicado en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/sunass/colecciones/ informes-publicaciones ANEXO N° 2 ESTRUCTURA TARIFARIA DE EPS ILO S.A. DEL PERIODO REGULATORIO 2025-2028 PARA LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO I. Estructura tarifaria Para la estructura tarifaria, en atención al principio de equidad, se aplica el criterio de jerarquía de las tarifas cobradas a los usuarios, estableciendo un subsidio cruzado, de modo que los usuarios de las categorías con menor capacidad adquisitiva paguen menos que aquellos de las otras categorías con mayor capacidad de pago. Para el primer año regulatorio, EPS ILO S.A. aplicará la estructura tarifaria, de acuerdo con lo siguiente: I.1 Cargo fi jo (S//Mes): 4,2 1 se reajusta por efecto de in fl ación, conforme a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empresas Prestadoras2. I.2 Cargo por volumen de agua potable y saneamiento en el primer año regulatorio, y asignación máxima de consumo Categoría Rango Tarifa Agua Potable Tarifa Saneamiento S/ /m3 S/ / m3 Social 0 a más 1,91 0,75 Doméstico 0 a 10 1,91 0,75 10 a 20 3,07 1,26 20 a más 4,46 1,83 Estatal 0 a 50 3,36 1,38 50 a más 4,60 1,85 Comercial y otros 0 a 15 3,36 1,38 15 a más 5,92 2,43 Industrial 0 a 30 7,80 3,20 30 a más 11,10 4,60 Asignación Máxima de Consumo Volumen asignado (m³/mes) Social DomésticoComercial y otrosEstatal Industrial 10 15 25 100 40 De acuerdo con el marco legal vigente, con la fi nalidad de garantizar que los usuarios reciban señales de consumo adecuadas, aquellos usuarios que no acepten la micromedición tendrán una asignación equivalente al doble de la asignación correspondiente, según su categoría. Si transcurridos 2 meses el usuario continúa oponiéndose a la instalación del medidor, el prestador podrá efectuar el cierre del servicio de acuerdo con lo previsto en el artículo 113 del Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento 3. I.3 Factor de ajuste para la aplicación del sistema de subsidios cruzados focalizados Los usuarios de la categoría doméstico con una Clasi fi cación Socioeconómica de pobre o pobre extremo en el Padrón General de Hogares (PGH) del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), así como aquellos usuarios cuya manzana de residencia se encuentra dentro de la clasi fi cación de las manzanas con ingresos bajos y medios bajos, según los “Planos Estrati fi cados por Ingreso a Nivel de Manzanas de las Grandes Ciudades 2020” del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), serán bene fi ciarios con un factor de ajuste por los primeros 10 m 3 sobre la tarifa de agua potable, conforme al siguiente cuadro: Factor de ajuste aplicable a la tarifa de agua potable de la categoría doméstico por los primeros 10 m3 CategoríaAño regulatorioRango (m3) Factor de ajuste Doméstico1er a 3ro 0 a 10 0,95 4to 0 a 10 0,92 La forma de determinar el importe a facturar del primer año regulatorio en EPS ILO S.A. y las consideraciones para la aplicación de la estructura tarifaria al inicio del segundo y cuarto años regulatorios, así como los criterios para la implementación de los subsidios focalizados, se ubican en el subcapítulo VI.9: “Determinación de la estructura tarifaria y subsidios cruzados” del estudio tarifario. La tarifa de saneamiento está compuesta por alcantarillado sanitario (con un porcentaje de 82%) y tratamiento de aguas residuales (con un porcentaje de 18%), conforme a lo indicado en el subcapítulo VI.9.3: “Estructura Tarifaria para el periodo regulatorio 2025-2028” del estudio tarifario, el cual puede ser ubicado en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/sunass/colecciones/ informes-publicaciones 1 No incluye el Impuesto General a las Ventas ni el Impuesto de Promoción Municipal. 2 Resolución de Consejo Directivo N° 028-2021-SUNASS-CD y modificatorias. 3 Aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 011-2007-SUNASS-CD y modificatorias. ANEXO N° 3 METAS DE GESTIÓN DE EPS ILO S.A. PARA EL PERIODO REGULATORIO 2025-2028 Y MECANISMOS DE EVALUACIÓN METAS DE GESTIÓN BASE Corresponde a las metas de gestión base de las inversiones y medidas de mejora ejecutadas por EPS ILO S.A., fi nanciadas con recursos internamente generados. Las metas de gestión se evaluarán conforme con los criterios establecidos en el Anexo III del estudio tarifario. a) Metas de gestión a nivel de EPS ILO S.A. Metas de Gestión Base Unidad de Medida Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Relación de trabajo de la EP % 77 78 74 76 Eficiencia de la micromedición % 98 98 98 98 Reemplazo de medidores de la EP # 1 663 7 782 8 800 5 187 Continuidad de la EP Horas/día 17 17 17 17