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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (29/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Domingo 29 de diciembre de 2024 El Peruano / con el consentimiento de las entidades que lo integran; Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial, de la Secreta ría de Gestión Social y Diálogo, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación del artículo 11 de la Resolución Ministerial N° 315-2021-PCM, modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales N° 111-2022-PCM, N° 217-2022-PCM, N° 320-2022-PCM, N° 124-2023-PCM y N° 320-2023-PCM . Modi fi car el artículo 11 de la Resolución Ministerial N° 315-2021-PCM, modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales N° 111-2022-PCM, N° 217-2022-PCM, N° 320-2022-PCM, N° 124-2023-PCM y N° 320-2023-PCM, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 11.- Período de vigencia El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025.” Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros 2357892-1 Modifican la R.M. N° 199-2022-PCM y amplían periodo de vigencia de Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Desarrollo Territorial del departamento de Loreto” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 379-2024-PCM Lima, 27 de diciembre de 2024 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 199- 2022-PCM, se crea el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Mesa de Desarrollo Territorial del departamento de Loreto”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, según lo dispuesto en el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales N° 090-2023-PCM y N° 251-2023-PCM, el Grupo de Trabajo tiene por objeto contribuir al desarrollo del departamento de Loreto, a través del diseño y el acompañamiento en la ejecución de una estrategia de intervención territorial que abarque, principalmente, los ejes de conectividad territorial, energético, agrario, salud, educación, saneamiento básico y económico; Que, el artículo 12 de la Resolución Ministerial N° 199- 2022-PCM, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales N° 090-2023-PCM y N° 189-2024-PCM, dispone que el Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024; Que, en dicho contexto, la Secretaría de Descentralización informa que el Grupo de Trabajo, en el marco de sus funciones, viene apoyando en el proceso de implementación de la estrategia de intervención territorial, lo que permitirá contribuir con la atención de las principales demandas de la población del departamento de Loreto, vinculadas a los ejes antes señalados; Que, en ese sentido, la referida Secretaría, en su condición de Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, propone y sustenta la necesidad de modi fi car el artículo 12 de la Resolución Ministerial N° 199-2022-PCM, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales N° 090- 2023-PCM y N° 189-2024-PCM, a fi n de ampliar el período de vigencia del Grupo de Trabajo hasta el 31 de mayo de 2025; a efecto de que dicho órgano colegiado cumpla con su objeto de creación, precisando que para ello se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial, de la Secretaría de Descentralización, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación del artículo 12 de la Resolución Ministerial N° 199-2022-PCM, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales N° 090-2023-PCM y N° 189-2024-PCM Modi fi car el artículo 12 de la Resolución Ministerial N° 199-2022-PCM, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales N° 090-2023-PCM y N° 189-2024-PCM, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 12.- Período de vigencia El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 31 de mayo de 2025.” Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros 2357893-1 Aprueban el Protocolo de Seguimiento y Gestión de Compromisos de la SGSD RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN SOCIAL Y DIÁLOGO Nº 012-2024-PCM/ SGSD Lima, 27 de diciembre de 2024VISTO:El Informe Nº 168-2024-PCM-SSGC de la Subsecretaría de Seguimiento y Gestión de Compromisos de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO:Que, el artículo 17 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de