Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (29/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Domingo 29 de diciembre de 2024 El Peruano / Que, con Hoja de Recomendación Nº 056/U-4. b.3/05.00, elaborada por la Jefatura de Educación del Ejército del Perú y aprobada por la Comandancia General del Ejército del Perú, se designa al Mayor EP CESAR OSMAR NUÑEZ DEJO, como titular y del Mayor EP GEORGE GANDHY FERNANDEZ ROJAS, como suplente, para participar en el referido curso, a realizarse en la Escuela Superior de Guerra “General Rafael Reyes Prieto”, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 2 de enero al 5 diciembre de 2025; Que, en la Exposición de Motivos suscrita por el Jefe de Educación del Ejército del Perú se señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por cuanto permitirá contar con personal altamente capacitado, con nuevos conocimientos y experiencias que contribuirán a elevar su nivel profesional, a fi n de que posteriormente los conocimientos adquiridos sean vertidos en provecho del Ejército del Perú, aportando en la creación y mejora de la doctrina actual; Que, a través del Dictamen Legal Nº 2898-2024/ OAJE/L-2, la O fi cina de Asuntos Jurídicos del Ejército del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del referido personal militar para participar en el Curso de Estado Mayor, en el lugar y fecha programada, por encontrarse enmarcado en la normativa sobre la materia; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos suscrita por el Jefe de Educación del Ejército del Perú, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y gastos de traslado, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora Nº 003: Ejército Peruano. Asimismo, los gastos por concepto de compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo a lo establecido en el artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, con las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000204, Nº 0000005827 y Nº 0000005828, emitidas por el Jefe de la O fi cina de Presupuesto del Ejército del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje durante el Año Fiscal 2024; Que, asimismo, conforme al O fi cio Nº 8068/OPRE/Y/6, suscrito por el Jefe de la O fi cina de Presupuesto del Ejército, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje durante el Año Fiscal 2025; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación; así como, su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público; Que, con O fi cio Nº 264-SCGE/N-04, la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar que participará en el Curso de Estado Mayor, a realizarse en la Escuela Superior de Guerra “General Rafael Reyes Prieto”, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 2 de enero al 5 de diciembre de 2025; así como, autorizar su salida del país el 1 de enero y su retorno el 6 de diciembre de 2025; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, a través del O fi cio Nº 264-2024-MINDEF/VPD y el Informe Técnico Nº 266-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN- HMC, el Viceministerio de Políticas para la Defensa emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes; Que, por medio de correos de fecha 26 de diciembre de 2024, la Sección Resoluciones de la Dirección de Relaciones Internacionales del Ejército del Perú remite información relacionada al fi nanciamiento del presente viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal Nº 02393-2024-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 414- 2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Mayor EP CESAR OSMAR NUÑEZ DEJO (titular), identi fi cado con DNI Nº 70254050 y CIP Nº 122794700 y del Mayor EP GEORGE GANDHY FERNANDEZ ROJAS (suplente), identi fi cado con DNI Nº 70476121 y CIP Nº 123328900, para participar en el Curso de Estado Mayor, a realizarse en la Escuela Superior de Guerra “General Rafael Reyes Prieto”, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 2 de enero al 5 de diciembre de 2025; así como, autorizar su salida del país el 1 de enero y su retorno el 6 de diciembre de 2025. Artículo 2.- El Ejército del Perú efectuará los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del año fi scal correspondiente, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos (ida y vuelta): Lima – Bogotá (República de Colombia) Clase económica:US$ 2,000.00 x 1 persona (incluye importe TUUA) US$ 2,000.00 Gastos de Traslado (ida y vuelta): (Equipaje, bagaje e instalación) US$ 6,416.28 x 2 x 1 persona (Titular) US$ 12,832.56 Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero: US$ 6,416.28 / 31 x 30 días x 1 persona (2 - 31 ene. 2025) US$ 6,209.30US$ 6,416.28 x 10 meses x 1 persona (feb. – nov. 2025) US$ 64,162.80 US$ 6,416.28 / 31 x 5 días x 1 persona (1 - 5 dic. 2025) US$ 1,034.88 ---------------------- Total a pagar en dólares americanos: US$ 86,239.54 Artículo 3.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal militar titular. Artículo 4.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en misión de estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Ejército del Perú, del año fi scal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero se hará por días reales y efectivos en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el