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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (30/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Lunes 30 de diciembre de 2024 El Peruano / competencias, y aquellos que no sean de competencia exclusiva del Despacho Ministerial. b. Autorizar el uso del logo institucional, previo informe de la Ofi cina de Comunicación e Imagen Institucional, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo N° 003-2008-PCM. c. Designar a los fedatarios titulares y suplentes de la Sede Central y de las Direcciones Desconcentradas de Cultura del Ministerio de Cultura. d. Presidir el Comité de Seguimiento de Inversiones del Sector Cultura. e. Aprobar las modifi catorias del Plan Estratégico Institucional 2025 - 2030. f. Aprobar las modifi catorias del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025. g. Clasifi car y registrar la información de carácter secreta y reservada, así como desclasifi car dicha información o prorrogar su plazo, cuando corresponda. 3.5. En materia de convenios: Respecto del Pliego 003: Ministerio de Cultura.- Suscribir Convenios de Encargo de Gestión, de Cooperación y/o Colaboración Interinstitucional, memorándum de entendimiento u otros instrumentos de igual o similar naturaleza, así como sus respectivas adendas, incluyendo las adendas (revisiones sustantivas y anexos) al Proyecto: 00126131-00120280: “Fortalecimiento de la Ciudadanía y la Identidad Nacional de cara al Bicentenario” (PRODOC); a excepción de aquellos que revistan de especial importancia para el Sector, según informe técnico del órgano proponente, y de lo establecido en el artículo 10 de la presente resolución. 3.6. En materia del Fondo de Apoyo Gerencial.- a. Suscribir y remitir la solicitud para el registro de los contratos de Locación de Servicios suscritos en el marco del Decreto Ley N° 25650, Crean el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público. b. Suscribir los contratos de Locación de Servicios en el marco del Decreto Ley N° 25650, Crean el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público. c. Suscribir el Anexo N° 01: “Términos de Referencia del servicio”. d. Suscribir y remitir las solicitudes para el registro de la prórroga y/o renovación de contratos en el marco del Decreto Ley N° 25650, Crean el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público. e. Suscribir el Anexo N° 08: “Adenda al contrato de locación de servicios”. f. Remitir mensualmente las solicitudes para el pago de los honorarios de los consultores contratados en el marco del Decreto Ley N° 25650, Crean el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público. g. Remitir a la Unidad Transitoria de Pago las solicitudes de pago de los consultores contratados en el marco de la Ley N° 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente califi cado en el Sector Público y dicta otras disposiciones. h. Remitir la comunicación a la Unidad Transitoria de Pago cuando el consultor contratado en el marco del Decreto Ley N° 25650, Crean el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, y la Ley N° 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente califi cado en el Sector Público y dicta otras disposiciones; deje de prestar servicios, bajo cualquier causa y/o motivo. i. Comunicar a la Unidad Transitoria de Pago, de manera inmediata, en caso tome conocimiento de la imposición al consultor contratado en el marco del Decreto Ley N° 25650, Crean el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, de alguna sanción de destitución fi rme o que haya agotado la vía administrativa y/o con sentencia condenatoria consentida y/o ejecutoriada. j. Emitir otros documentos relacionados al Fondo de Apoyo Gerencial, en el marco del Decreto Ley N° 25650, Crean el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, y la Ley N° 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente califi cado en el Sector Público y dicta otras disposiciones.3.7. En materia de Obras por Impuestos e inversión pública, en el ámbito de sus competencias.- a. Solicitar la Asistencia Técnica a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN para el desarrollo de los procesos de selección o encargarle el desarrollo de los mismos. b. Suscribir, modifi car y resolver los Convenios de asistencia técnica bajo la modalidad de asesoría o encargo de procesos de selección. c. Designar a los integrantes titulares y suplentes de los Comités Especiales de procesos de selección que vayan a ser convocados por el Ministerio de Cultura, así como modifi car su conformación. d. Solicitar la emisión de Informe Previo a la Contraloría General de la República, así como, presentar la subsanación y/o remitir la información complementaria o adicional requerida. e. Aprobar la decisión de llevar a cabo el proceso de selección. f. Aprobar las bases de los procesos de selección.g. Cancelar procesos de selección. h. Suscribir la Carta de Compromiso de Priorización de Recursos donde conste el compromiso del Ministerio de Cultura de priorizar, bajo responsabilidad, en la fase de programación presupuestaria, los recursos necesarios para fi nanciar el pago de los “Certifi cados de Inversión Pública Gobierno Nacional - Tesoro Público”, en los años fi scales siguientes y por todo el período de ejecución del proyecto de inversión, así como su mantenimiento y/u operación, de ser el caso. i. Autorizar, la aprobación de importes que exceden hasta en diez por ciento (10%) el Monto Total de Inversión Referencial, cuando la propuesta económica lo exceda, a fi n que se pueda adjudicar la buena pro de los procesos de selección convocados bajo el mecanismo de obras por impuesto. j. Comunicar, previa opinión técnica de las áreas competentes y de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, la relevancia o no de los proyectos de inversión, cuyo desarrollo ha sido propuesto por las empresas privadas, a través de cartas de intención dirigidas a el/la Ministro/a de Cultura. k. Suscribir, modifi car y resolver los Contratos de Supervisión celebrados por el Ministerio de Cultura, previa evaluación de la información. l. En caso la empresa privada identifi que la necesidad de realizar modifi caciones en la fase de inversión, y dicha propuesta cuente con la opinión favorable del órgano competente, aprobar y autorizar a la empresa privada para que inicie las actividades previstas en el Documento de Trabajo. m. En caso que el proyecto cuente con un nuevo monto de inversión registrado en el Banco de Inversiones de invierte.pe, con posterioridad a su declaratoria de viabilidad y priorización, autorizar que dicho monto sea recogido en el Monto Total de Inversión Referencial en la convocatoria y las bases del proceso de selección, para todos los casos. n. Autorizar, previo sustento técnico legal de la unidad ejecutora de inversiones, las mayores prestaciones hasta por un máximo del cincuenta por ciento (50%) del costo de supervisión establecido en el Contrato original, y la ampliación de plazo en el Contrato de Supervisión que se originen por variaciones o modifi caciones al Proyecto durante la fase de ejecución. ñ. Aprobar, previo informe de la Unidad Ejecutora de Inversiones, las especifi caciones técnicas y económicas para la contratación de la entidad privada supervisora. o. Resolver los recursos de apelación.p. Disponer que, a través de la Ofi cina de Abastecimiento, se registre en el Sistema Electrónico de las Contrataciones del Estado (SEACE) la convocatoria, Bases con todos sus anexos, las Bases integradas, la evaluación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro, así como el Convenio y/o Contrato de Supervisión. q. Aprobar la transferencia de los proyectos ejecutados de competencia de un Gobierno Regional, Gobierno Local o Universidad Pública, llevados a cabo por el Ministerio de Cultura, a las entidades que delegaron sus competencias.