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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (30/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Lunes 30 de diciembre de 2024 El Peruano / Artículo 5- Vigencia Las delegaciones de facultades autorizadas mediante la presente Resolución tienen vigencia durante el Año Fiscal 2025. Artículo 6- Conocimiento Encargar a la Coordinación de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano, la notifi cación de la presente Resolución a las Unidades Territoriales, las Unidades de Asesoramiento, Apoyo y Técnicas del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, a través de medios electrónicos. Artículo 7- Publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del PNAEQW Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Asimismo, se dispone publicar la presente Resolución de Dirección Ejecutiva y su Anexo en el Portal Institucional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (www.gob.pe/qaliwarma), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CECILIA GUADALUPE BARBIERI QUINO Directora EjecutivaPrograma Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma ANEX O N° 1 FORMATO DE REMISIÓN DE INFORMACIÓN VINCULADA CON EL EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS Unidad/ Coor- dinaciónFacultad delegadaDocumento emitido y/o actuación realizada por deleg- ación1Fecha Materia2Sumilla del Con- tenidoObservaciones/ Comentarios 1 Resolución de Unidad, Formato, Orden de Compra, Orden de Servicio, entre otros. 2 En materia de contrataciones del Estado - en materia administrativa y de gestión. 2357998-1 ENERGÍA Y MINAS Aprueban el Plan de Transmisión 2025- 2034 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 483-2024- MINEM/DM Lima, 27 de diciembre de 2024VISTOS: El documento COES/D-766-2024, ingresado con Registro N° 3833352, remitido por el Comité de Operación Económica del Sistema Interconectado Nacional; los Ofi cios Nros. 1649-2024-GRT y 2031-2024-GRT, ingresados con Registros Nros. 3848579 y 3873868, remitidos por el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería; el Informe N° 0133-2024/MINEM-DGE-DEPE y el Informe N° 0451-2024/MINEM-DGE, de la Dirección General de Electricidad; el Memorando N° 00773-2024/MINEM-VME, del Despacho Viceministerial de Electricidad; el Informe N° 1263-2024/MINEM-OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 1 de la Ley N° 28832, Ley para asegurar el desarrollo efi ciente de la Generación Eléctrica (en adelante, Ley N° 28832), defi ne al Plan de Transmisión como el estudio periódico que identifi ca, mediante un análisis centralizado, los requerimientos de equipamiento de transmisión necesarios para mantener o mejorar la calidad, fi abilidad, seguridad o economía del sistema para un horizonte no mayor de diez (10) años; precisando que tal estudio tiene como producto un plan recomendado de obras de transmisión que considere los diversos escenarios de la expansión de la generación y de crecimiento de la demanda futura, el cronograma de ejecución y la asignación de las compensaciones para su remuneración; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 de la Ley N° 28832, el desarrollo del Sistema Garantizado de Transmisión se realiza conforme al Plan de Transmisión, el cual tiene carácter vinculante para las decisiones de inversión que se adopten durante su vigencia y es aprobado por el Ministerio de Energía y Minas, con la opinión previa del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (en adelante, Osinergmin); Que, el artículo 17 del Reglamento de Transmisión, aprobado con Decreto Supremo N° 027-2007-EM (en adelante, Reglamento de Transmisión), establece las condiciones que se deben cumplir para la aprobación de la actualización del Plan de Transmisión, así como las acciones que correspondan a las diferentes entidades que participan en el proceso de su elaboración, revisión y aprobación; Que, mediante Resolución Ministerial N° 129-2009- MEM/DM, el Ministerio aprobó los “Criterios y Metodología para la elaboración del Plan de Transmisión”, la cual fue modifi cada mediante Resolución Ministerial N° 051-2018-MEM/DM; Que, mediante los documentos COES/D-494-2024 y COES/D-495-2024, ingresado con Registro N° 3755360, de fecha 31 de mayo de 2024, el Comité de Operación Económica del Sistema Interconectado Nacional (en adelante, COES) presenta al Osinergmin y a la Dirección General de Electricidad (en adelante, la DGE), respectivamente, su propuesta inicial de actualización del Plan de Transmisión 2025-2034, a fi n de que Osinergmin verifi que que en su elaboración se cumplió con las políticas y criterios establecidos por el Ministerio; Que, mediante el Ofi cio N° 1162-2024-GRT, de fecha 15 de julio de 2024, Osinergmin remitió al COES las observaciones a su propuesta inicial, a fi n de que sean subsanadas y remitan su propuesta defi nitiva del Plan de Transmisión, con los informes y cálculos de sustento, conforme lo establece el numeral 17.4 del artículo 17 del Reglamento de Transmisión; Que, mediante los documentos COES/D-765-2024 y COES/D-766-2024, ingresado con Registro N° 3833352, de fecha 13 de setiembre de 2024, el COES presentó a Osinergmin y a la DGE, respectivamente, su propuesta defi nitiva de actualización del Plan de Transmisión 2025-2034, a fi n de que Osinergmin verifi que que en su elaboración se cumplió con las políticas y criterios establecidos por el Ministerio; Que, mediante el Ofi cio N° 1649-2024-GRT, ingresado con Registro N° 3848579, de fecha 14 de octubre de 2024, Osinergmin remitió a la DGE su opinión sobre la propuesta defi nitiva de actualización del Plan de Transmisión 2025-2034 presentada por el COES, sustentada en el Informe Técnico N ° 738-2024-GRT, conforme lo establece el numeral 17.4 del artículo 17 del Reglamento de Transmisión; Que, mediante el Ofi cio N° 2164-2024/MINEM-DGE, la DGE solicitó al COES sus comentarios aclaratorios sobre las observaciones de Osinergmin a la propuesta defi nitiva de actualización del Plan de Transmisión 2025- 2034 remitidas por Osinergmin mediante el Ofi cio N° 1649-2024-GRT; Que, mediante el documento COES/D/DP-1156- 2024, ingresado con Registro N° 3868623, de fecha 22 de noviembre de 2024, el COES remitió a la DGE sus