Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (30/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Lunes 30 de diciembre de 2024 El Peruano / Estado, la Central de Compras Públicas (Perú Compras), la Contraloría General de la República- CGR, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud - EPS, Superintendencia de Banca y Seguros - SBS, Empresas del Sistema Comercial, Seguros, Financiero y Bancario, Empresas de Servicios Públicos, Gobiernos Locales y Regionales, Ministerios, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, Ministerio Público, Policía Nacional del Perú y demás entidades públicas y privadas, a efectos de suscribir toda documentación que permita la realización de cualquier trámite, procedimiento y/o actividad de acuerdo al ámbito de su competencia y atribuciones que resulte necesario para el mejor desarrollo de la gestión administrativa. c) Solicitar ante las entidades fi nancieras el otorgamiento de cartas fi anza, en lo referido a la interposición de los recursos de anulación de laudo arbitral en los procesos arbitrales correspondientes. d) Aprobar los actos de administración y disposición de bienes, de acuerdo con las normas del Sistema Nacional de Abastecimiento. e) Efectuar el reconocimiento adeudos de ejercicios presupuestales anteriores y créditos devengados, respecto de las obligaciones que les correspondan, sin intereses, en concordancia con la normativa vigente. f) Suscribir contratos bancarios y fi nancieros celebrados por la Entidad, incluidas sus respectivas adendas. g) Aprobar el Cronograma Anual de Transferencia de Documentos Archivísticos al que se hace mención en el numeral 6.4 del artículo 6 de la Directiva N° 002- 2019-AGN/DDPA - “Normas para la transferencia de documentos archivísticos de las entidades públicas”, aprobada mediante Resolución Jefatural N° 022- 2019-AGN/J. Artículo 2.- Delegación de facultades y atribuciones a al/a Coordinador/a de Abastecimiento y Servicios Generales Delegar en el/la Coordinador/a de Abastecimiento y Servicios Generales de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma para el Año Fiscal 2025, las siguientes facultades y atribuciones: En materia de contrataciones del Estado: a) Suscribir y resolver las órdenes de compra, las órdenes de servicio y/o contratos por las prestaciones de bienes y servicios, por montos iguales o menores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias, vigentes al momento de su transacción, y sus adendas; así como suscribir y resolver las contrataciones a realizarse a través del Catálogo Electrónico de Acuerdo Marco. b) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo de los contratos y/u órdenes de compra y/o servicios por las prestaciones de bienes y servicios, cuyos montos de contratación sean iguales o inferiores a ocho (8) UIT, de corresponder, y/o sus modifi catorias; así como las derivadas de las contrataciones realizadas a través del Catálogo Electrónico de Acuerdo Marco. c) Otorgar a los contratistas las respectivas constancias de prestación derivadas de las órdenes de compra y/o servicio, así como de los contratos derivados de los procedimientos de selección constituidos en el marco del TUO de la Ley de Contrataciones del Estado vigente. d) Tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción, así como gestionar las publicaciones, pedidos de información, consultas y demás actos vinculados a los procedimientos de selección, que resulte necesario realizarse o formularse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, la Contraloría General de la República u otras entidades públicas, así como a participantes, postores y/o contratistas o terceros particulares. e) Aprobar la modifi cación del Cuadro Multianual de Necesidades mediante la suscripción del Anexo Nº 06 de la Directiva Nº 0005-2021-EF/54.01 “Directiva para la programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 0014-2021- EF/54.01”. Artículo 3.- Las delegaciones de facultades a que se refi ere la presente Resolución comprenden las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso, conforme a la normativa aplicable. Artículo 4.- La Unidad de Administración y el/la Coordinador/a de Abastecimiento y Servicios Generales informarán sobre la delegación de facultades a la Dirección Ejecutiva del PNAEQW de la siguiente manera: 4.1 La/el Jefa/e de la Unidad de Administración informará por escrito a la Dirección Ejecutiva, de forma trimestral, respecto de los trámites y gestiones derivadas de la delegación de facultades a que hace referencia el artículo 1 de la presente Resolución, en lo que respecta a los procedimientos de contratación enmarcados dentro del ámbito del TUO de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. 4.2 El/la Coordinador/a de Abastecimiento y Servicios Generales dará cuenta trimestralmente a la/el Jefa/e de la Unidad de Administración y ésta/e a su vez a la Dirección Ejecutiva, respecto de las actuaciones derivadas de la delegación otorgada en el artículo 2 de la presente Resolución. 4.3 Los informes señalados deben ser remitidos a la Dirección Ejecutiva, dentro de los siete (7) primeros días hábiles de cada trimestre, respecto de las actuaciones realizadas en el trimestre anterior, en ejercicio de las delegaciones otorgadas, conforme al Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente Resolución. Editora Perú es una empresa pública de derecho privado. Su prin cipal objetivo, para habilitar el mandato Constitucional, es editar el Diario O fi cial El Peruano y darle publicidad a los dispositivos aprobados por las instituci ones públicas y sus correspondientes autoridades. Editora Perú no es, por tanto, re sponsable por los contenidos de las publicaciones ofi ciales remitidas por las ent idades del Estado. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES