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207 NORMAS LEGALES Martes 31 de diciembre de 2024 El Peruano / 2.9. Asimismo, luego de transcurridos los plazos previstos en el artículo 23 de la LOM, se requiere al secretario general de la Municipalidad Distrital de Pachaconas, o a quien haga sus veces, para que informe si en contra del Acuerdo de Concejo Municipal N° 011-2024-MDP-ANT-APU., se interpuso recurso impugnatorio alguno o, en su defecto, remita los actuados conjuntamente con la constancia que declara consentido aquel acuerdo de concejo. 2.10. Cabe recordar que las acciones requeridas en los considerandos precedentes son dispuestas por este Supremo Tribunal Electoral en uso de las atribuciones que le han sido conferidas por la Constitución Política del Perú, bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se remitan copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a efectos de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno para que evalúe la conducta de las mencionadas autoridades ediles, de acuerdo con sus competencias. 2.11. La notifi cación de la presente resolución debe diligenciarse según lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.14.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. Declarar NULO lo actuado a partir del acto de la notifi cación del Acuerdo de Concejo Municipal N° 011-2024-MDP-ANT-APU., del 27 de mayo de 2024, dirigido a don Saúl Riveros Rojas, regidor del Concejo Distrital de Pachaconas, provincia de Antabamba, departamento de Apurímac. 2. REQUERIR a don Juan Faustino Sánchez Salas, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pachaconas, provincia de Antabamba, departamento de Apurímac, para que, en el plazo perentorio de cinco (5) días hábiles, luego de recibido el presente pronunciamiento, cumpla con notifi car a don Saúl Riveros Rojas, regidor de la citada comuna, con el Acuerdo de Concejo Municipal N° 011-2024-MDP-ANT-APU., del 27 de mayo de 2024, respetando estrictamente las formalidades de notifi cación previstas en los artículos 20 y 21 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; bajo apercibimiento de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a fi n de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial penal de turno para que evalúe la conducta de la citada autoridad, conforme a sus competencias. 3. REQUERIR al secretario general de la Municipalidad Distrital de Pachaconas, provincia de Antabamba, departamento de Apurímac, para que -una vez realizado el acto indicado en el numeral 2 de la parte decisoria de la presente resolución- informe si en contra del Acuerdo de Concejo Municipal N° 011-2024-MDP-ANT-APU., del 27 de mayo de 2024, se interpuso recurso impugnatorio alguno, o, en su defecto, remita los actuados conjuntamente con la constancia que declara consentido aquel acuerdo de concejo; bajo apercibimiento de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a fi n de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno para que evalúe su conducta, de acuerdo con sus competencias. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notifi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución N° 0929-2021-JNE; para la presentación de escritos u otros documentos se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual, en el portal electrónico institucional, <www.jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. BURNEO BERMEJOMAISCH MOLINA RAMÍREZ CHÁVARRYTORRES CORTEZOYARCE YUZZELLIClavijo Chipoco Secretaria General (e) 1 Aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, publicado el 25 de enero de 2019 en el diario oficial El Peruano. 2 Aprobado por la Resolución N° 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario oficial El Peruano. 2358102-1 Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Pachaconas, provincia de Antabamba, departamento de Apurímac RESOLUCIÓ N N° 0449-2024-JNE Expediente N° JNE.2024003458 PACHACONAS - ANTABAMBA - APURÍMAC VACANCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veintisiete de diciembre de dos mil veinticuatroVISTOS: los Ofi cios N° 144-2024-MDP-ANT-APU, N° 147-2024-MDP-ANT-APU y N° 171-2024-MDP-ANT- APU, presentados por don Juan Faustino Sánchez Salas, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pachaconas, provincia de Antabamba, departamento de Apurímac (en adelante, señor alcalde), sobre la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado por la declaratoria de vacancia de don Rodnay López Castañeda, regidor de dicha comuna (en adelante, señor regidor), por la causal de inconcurrencia injustifi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, establecida en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). ANTECEDENTE 1.1. A través de los ofi cios señalados en el visto, el señor alcalde remitió, entre otros, los siguientes actuados del procedimiento de vacancia seguido en contra del señor regidor: a) Carta N° 03-2024-MDP-ANT-APU., del 1 de julio de 2024, mediante la cual el señor alcalde solicita la vacancia del señor regidor. b) Carta N° 02-2024-SG-MDP-ANT-APU., del 2 de julio de 2024, dirigida al señor regidor para que asista a la sesión extraordinaria, del 10 de julio de 2024. c) Acta N° 006-2024 Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal del Distrito de Pachaconas, del 10 de julio de 2024, en la que se resolvió declarar fundado el pedido de vacancia formulado en contra del señor regidor. d) Acuerdo de Concejo Municipal N° 013-2024-MDP- ANT-APU., del 10 de julio de 2024, mediante el cual se formalizó la decisión adoptada en la referida sesión. e) Carta N° 03-2024-SG-MDP-ANT-APU., del 10 de julio de 2024, dirigida al señor regidor, mediante la cual se notifi ca el referido acuerdo, acompañada de una constancia emitida por la secretaria de la municipalidad. f) Acuerdo de Concejo Municipal N° 14-2024-MDP- ANT-APU., del 26 de agosto de 2024, mediante el cual se declaró consentido el Acuerdo de Concejo Municipal N° 013-2024-MDP-ANT-APU. g) Comprobante de pago de la tasa correspondiente.