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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2024 (01/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Lunes 1 de enero de 2024 El Peruano / Nacional de Defensa Civil para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MANUEL YAÑEZ LAZO Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 2249553-1 ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL Delegan facultades en diversos funcionarios del COFOPRI RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° D000163-2023-COFOPRI-DE San Isidro, 29 de diciembre del 2023VISTO: El Informe N° D000781-2023-COFOPRI-OAJ del 29 de diciembre del 2023, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo N° 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley N° 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal, ahora Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, conforme a la Segunda Disposición Complementaria de la Ley N° 28923, Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos; Que, el tercer párrafo del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 803, modi fi cado por la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley N° 28923, Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos, en concordancia con el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA, establece que el Director Ejecutivo es la máxima autoridad de la Entidad quien ejercerá la titularidad del pliego presupuestal; Que, el literal q) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI establece que el Director Ejecutivo puede delegar sus funciones a otros funcionarios de la Entidad; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado - TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad. Se precisa en el numeral 78.2 del citado artículo que son indelegables, las atribuciones esenciales del órgano que justi fi can su existencia, las atribuciones para emitir normas generales, para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso, y las atribuciones a su vez recibidas en delegación. Asimismo, según lo dispuesto en el artículo 79 del citado TUO, el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado; Que, mediante Resolución Directoral N° 064-2014-COFOPRI/DE del 18 de junio de 2014, el Director Ejecutivo dispuso delegar en el Secretario General del COFOPRI (hoy, Gerente General), la responsabilidad del desarrollo, aplicación y resultados del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo en el COFOPRI; Que, mediante Resolución Directoral N° 045-2015- COFOPRI/DE del 19 de marzo de 2015, el Director Ejecutivo dispuso delegar en los funcionarios a cargo de la Secretaría General, O fi cina de Administración, Unidad de Recursos Humanos, Unidad de Abastecimiento, algunas facultades relacionadas al marco legal de Contrataciones con el Estado y en materia de acciones administrativas; Que mediante Resolución Directoral Nº 098-2015- COFOPRI/DE del 26 de agosto de 2015, el Director Ejecutivo dispuso en su artículo 1, modi fi car el literal d) del artículo 2 y el artículo 4 de la Resolución Directoral Nº 045-2015-COFOPRI/DE; y en su artículo 2, derogar el literal g) del artículo 2 de la Resolución Directoral N° 045-2015-COFOPRI/DE; Que mediante Resolución Directoral N° 112- 2015-COFOPRI/DE del 15 de septiembre de 2015, el Director Ejecutivo dispuso en su artículo primero, modi fi car el artículo 2 de la Resolución Directoral N° 045-2015-COFOPRI/DE, modi fi cada por la Resolución Directoral Nº 098-2015-COFOPRI/DE, a fi n de incorporar el literal h); Que, mediante Resolución Directoral N° 006- 2016-COFOPRI/DE del 19 de enero de 2016, el Director Ejecutivo dispuso derogar algunos artículos de la Resolución Directoral N° 045-2015-COFOPRI/ DE; así como, delegar algunas facultades a los funcionarios a cargo de la Secretaría General, O fi cina de Administración, Unidad de Recursos Humanos, Unidad de Abastecimiento; Que mediante Resolución Directoral N° 077- 2016-COFOPRI-DE del 08 de setiembre de 2016, el Director Ejecutivo dispuso en el artículo primero, incorporar nuevas delegaciones a cargo del funcionario de la O fi cina de Administración; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica mediante documento de vistos sustenta la necesidad de actualizar, sistematizar y ampliar los alcances de la delegación de facultades señalados en los considerandos precedentes, con la fi nalidad de optimizar la gestión de los procedimientos correspondientes; Que, con el Informe de vistos y en concordancia con el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI y el Texto Único Ordenado - TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, corresponde que la Dirección Ejecutiva expida el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nros 28923 y 27046; el Decreto Legislativo N° 803; los Decretos Supremos Nros 025-2007-VIVIENDA y 004-2019-JUS; y, con el visado de la Gerencia General, la O fi cina de Asesoría Jurídica, la O fi cina de Administración, la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Abastecimiento; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Delegación de facultades a la Gerencia General Delegar en la/el Gerente/a General del COFOPRI, las siguientes facultades y atribuciones: 1.1. En materia de acciones administrativas:a) Ejercer la representación legal de la entidad en los procedimientos tramitados ante las entidades públicas o privadas. b) Aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático a que se re fi ere el artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, previo informe técnico favorable de la OPP. c) Las funciones contempladas en los literales c) y p) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, relacionadas a: - Aprobar directivas y normas técnico-administrativas para mejorar la calidad de los servicios públicos que brinda la entidad. - Disponer la publicación mensual y detallada de la información comprendida en la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y