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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2024 (01/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Lunes 1 de enero de 2024 El Peruano / procesos de arbitraje potestativo, a solicitud de los gremios sindicales, derivados de los procesos de negociación colectiva. e) Emitir actos resolutivos para el encargo de funciones y puestos del personal del régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276; del Decreto Legislativo Nº 728 y del Decreto Legislativo Nº 1057. 1.4 En materia presupuestaria:a) Autorizar modi fi caciones de metas presupuestarias y/o habilitaciones presupuestarias que correspondan al Despacho de la Secretaría General, así como todo acto relacionado a su ejecución presupuestal. b) Aprobar la formalización de las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, a propuesta de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización de la Entidad, de acuerdo a la normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Artículo 2.- Delegación en el Jefe de la Casa Militar Deléguese las siguientes facultades y atribuciones de la Secretaría General: a) Coordinar el apoyo a la seguridad del Presidente de la República y su familia, así como a las instalaciones de Palacio de Gobierno y Despacho Presidencial, a través de sus órganos competentes. b) Aprobar, modi fi car y dejar sin efecto los protocolos en materia de seguridad, así como el Plan de Seguridad del Despacho Presidencial. Artículo 3.- Delegación en el/la Directora/a de la Ofi cina General de Administración Deléguese las siguientes facultades y atribuciones de la Secretaría General: 3.1 En materia de Contrataciones del Estado: a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones (PAC) y sus modi fi catorias de conformidad con la normativa vigente de contrataciones con el Estado. b) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los Comités de Selección, a cargo de la preparación, conducción y realización de los procedimientos de selección regulados en la normativa vigente sobre contrataciones del Estado. c) Aprobar las bases y los documentos de los procedimientos de selección, según corresponda, incluyendo los provenientes de contrataciones directas, de conformidad con la normativa vigente de contrataciones con el Estado. d) Aprobar las Contrataciones Directas previstas en los literales e), g), j), k), l) y m), del artículo 27 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF. e) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades del Despacho Presidencial, así como sus modi fi caciones, conforme a la normativa vigente sobre la materia. f) Aprobar los expedientes de contratación de los procedimientos de selección y de aquellos que correspondan a compras por Catálogo Electrónico de Acuerdo Marco, regulados en la normativa vigente sobre contrataciones del Estado. g) Suscribir contratos y adendas de contratos derivados de los procedimientos de selección regulados por la normativa de contrataciones del Estado. h) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales y la reducción de prestaciones de bienes y servicios, hasta por el máximo permitido por la normatividad de contrataciones del Estado. i) Emitir pronunciamiento sobre las solicitudes de ampliación de plazo de contratos de bienes y servicios derivados de los procedimientos de selección. j) Suscribir las contrataciones complementarias de bienes y servicios de los procedimientos de selección. k) Aprobar la subcontratación de prestaciones hasta por el máximo permitido en la normativa de Contrataciones del Estado.l) Resolver los contratos por las causales reguladas en la normativa sobre contrataciones del estado, así como efectuar los actos previos necesarios para cumplir dicha fi nalidad. m) Designar el árbitro por parte de la Entidad en caso las partes no se hayan sometido a un arbitraje institucional o no hayan pactado al respecto. n) Suscribir en representación del Despacho Presidencial, las solicitudes de aplicación de sanción ante el Tribunal de Contrataciones de Estado. o) Aprobar el pago de mayores y menores gastos generales variables y costos derivados de ampliaciones de plazo, previo informe técnico del Órgano Encargado de las Contrataciones p) Autorizar la ampliación de plazo en los contratos de obra y consultoría de obras, y aprobar las solicitudes de mayores gastos generales y costos directos, previo informe técnico del Órgano Encargado de las Contrataciones, y comunicar las citadas ampliaciones de plazo a la autoridad competente del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. q) Aprobar los expedientes técnicos para la ejecución de obras del Despacho Presidencial, así como su modi fi cación. r) Designar a los inspectores y/o coordinadores de obra. s) Autorizar, en casos excepcionales y debidamente justifi cados, la sustitución del profesional propuesto en los contratos de ejecución de obra y consultoría de obra. t) Autorizar la participación de expertos independientes para apoyar a los Comités de Selección, cuando corresponda. u) Efectuar las actuaciones, documentación y comunicaciones a cargo de la Entidad para el inicio del plazo de ejecución en contratos de obra y acordar con el contratista y/o el supervisor diferir y suspender el plazo de ejecución de la obra y/o de supervisión. v) Emitir pronunciamiento sobre las observaciones contenidas en el Informe de Comité de Recepción de Obra. w) Aprobar u observar las liquidaciones de ejecución de obras y de consultorías de obras que se presenten a la Entidad, de conformidad con las disposiciones contenidas en la normatividad de contrataciones del estado x) Evaluar, observar, elaborar y aprobar la liquidación del contrato de obra y de consultoría de obra. y) Declarar la nulidad de o fi cio de los procedimientos de selección en la etapa de absolución de consultas y observaciones e integración de bases, de acuerdo a los supuestos previstos en el numeral 44.2 del artículo 44 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225 y modi fi catorias. z) Aprobar la liquidación de Proyectos de Inversión Pública y elaborar el informe de cierre del proyecto de inversión pública y las demás que señale la normativa de inversión pública. aa) Declarar la cancelación de los procedimientos de selección, de acuerdo a las causales previstas en la normativa sobre contrataciones del Estado. bb) Aprobar otras modi fi caciones al contrato cuando no resulten aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones, siempre que no impliquen la variación del precio, de conformidad con la normatividad de contrataciones del Estado. cc) Aprobar las intervenciones económicas de obras, designar interventores y emitir las resoluciones modi fi catorias correspondientes. dd) Designar a los miembros el comité de recepción de la obra. ee) Tramitar todas las comunicaciones y actos vinculados a los procedimientos de selección de bienes y servicios que deban realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS y la Contraloría General de la República, así como gestionar las publicaciones que deban efectuarse por mandato legal y los pedidos de información y consultas que resulte necesario formular ante otras entidades. 3.2 En materia administrativa y de gestióna) Aceptar las donaciones de bienes muebles e inmuebles que se realicen a favor del Despacho Presidencial.