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24 NORMAS LEGALES Martes 30 de enero de 2024 El Peruano / Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 001-2024-MTC, dispone que: “Excepcionalmente, para la aplicación del pago del canon por el año 2024, la publicación de los listados de localidades, en el marco de las disposiciones de la presente norma, se realiza dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contados desde la publicación del presente decreto supremo”; Sobre la elaboración de los listados de localidadesQue, los numerales 3.2 y 3.3 del Artículo 3 del Decreto Supremo N° 003-2018-MTC, modi fi cado por el artículo 3 del Decreto Supremo N° 001-2024-MTC, establecen que: “Artículo 3. Coe fi ciente de expansión de infraestructura y/o mejora tecnológica de la infraestructura – CEI 3.2 Para la elaboración de los listados de localidades donde se instala infraestructura y/o mejora la tecnología de la infraestructura, se consideran como mínimo los siguientes criterios: a. No contar con cobertura de servicios públicos móviles ni con infraestructura de telecomunicaciones para prestar servicios púbicos móviles. b. No formar parte del listado de localidades bene fi ciarias de los proyectos en ejecución formulados por el MTC, ni de los compromisos de inversión suscritos con el MTC, relacionados a servicios móviles. c. Cantidad de población. d. Otros criterios considerados por la DGPPC. Adicionalmente a los criterios señalados, para la elaboración del listado de localidades para mejorar la tecnología de la infraestructura, se consideran como mínimo los siguientes criterios: a. Contar únicamente con infraestructura 2G. b. Se debe considerar únicamente a las zonas rurales o de preferente interés social. c. Otros criterios considerados por la DGPPC. 3.3 Para la elaboración de los listados de localidades donde se instala y/o se aplica una mejora tecnológica en la infraestructura, se considera la información remitida al Ministerio de Transportes y Comunicaciones y validada por las Direcciones Generales competentes. (…)”. Que, al respecto, a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto en el considerando anterior, la DGPPC ha tenido en cuenta la información remitida por el PRONATEL y la DGPRC, así como la remitida por las unidades orgánicas dependientes de la DGPPC, en la elaboración de los listados de localidades donde se instalará infraestructura o mejorará la tecnología de la infraestructura, procediendo a realizar la publicación respectiva; Que, por tanto, se concluye que habiéndose cumplido con los criterios de la normativa correspondiente en la elaboración de los listados de localidades, estos son: i) listado de localidades sin cobertura y ii) listado de localidades con infraestructura 2G únicamente, resulta procedente aprobarlos mediante resolución directoral y realizar su publicación; Que, mediante Informe N° 007-2024-MTC/27.OE, se concluye que habiéndose cumplido con los criterios de la normativa correspondiente en la elaboración de los listados de localidades, estos son: i) listado de localidades sin cobertura y ii) listado de localidades con infraestructura 2G únicamente, resulta procedente aprobarlos mediante resolución directoral; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 003-2018-MTC; el Decreto Supremo N° 004-2021-MTC; el Decreto Supremo N° 001-2024-MTC y, el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01;SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar los dos (2) listados de localidades: i) listado de localidades sin cobertura y ii) listado de localidades con infraestructura 2G únicamente, los cuales se incluyen como Anexos de la presente Resolución Directoral. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral y sus Anexos en el Portal Institucional del Ministerio de Transporte y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDGARD IVÁN MENDOZA MAGALLANES Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones 2256986-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Aceptan renuncia de Director de la Oficina de Asesoría Jurídica, y en consecuencia, dan por concluida su designación RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 00009-2024-PE/OSIPTEL Lima, 19 de enero de 2024 OBJETOACEPTACIÓN DE LA RENUNCIA DEL DIRECTOR DE LA OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA VISTO: La Carta Nº 00103-2024/SSB01, de fecha 03 de enero de 2024. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 00055-2023-PE/OSIPTEL, de fecha 19 de mayo de 2023, se designó a partir del 23 de mayo de 2023, al señor Carlos Leonidas Giles Ponce en el cargo de con fi anza de Director/a de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; Que, por documento del visto, el señor Carlos Leonidas Giles Ponce presentó su renuncia al cargo de confi anza de Director/a de la O fi cina de Asesoría Jurídica, solicitando se considere como último día de labores el 31 de enero de 2024; Que, tratándose de un cargo de con fi anza, en el marco del literal m) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del OSIPTEL, corresponde la emisión de la Resolución de Presidencia Ejecutiva correspondiente; Con visto bueno de la O fi cina de Recursos Humanos y con la conformidad de la Gerencia General;