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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (14/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de febrero de 2024 El Peruano / que la presente ley tiene por objeto establecer el marco legal para la ejecución de los procedimientos de saneamiento físico-legal, formalización de los predios rústicos y de tierras eriazas habilitadas a nivel nacional a cargo de los gobiernos regionales en virtud de la función transferida prevista en el literal n) del artículo 51° de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, a fi n de promover el cierre de brechas de la titulación rural; asimismo, busca fortalecer los mecanismos de coordinación y articulación para el ejercicio de la función rectora, conforme a ley; Que, el numeral 6.1.11 del artículo 6° del Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Agricultura, modi fi cado por la Ley N° 30048, establece que una de las funciones especí fi cas del Ministerio de Agricultura es: “Dictar normas y lineamientos técnicos en materia de saneamiento físico legal y formalización de la propiedad agraria, comprendiendo las tierras de las comunidades campesinas y comunidades nativas”; Que, el artículo 10° del Decreto Ley N° 22175, Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de la Selva y Ceja de Selva, dispone que el Estado garantiza la integridad de la propiedad territorial de las Comunidades Nativas levantará el catastro correspondiente y les otorgará títulos de propiedad. A su turno, el artículo 12°, indica que serán incorporadas al dominio de las Comunidades Nativas las tierras ubicadas dentro del perímetro del territorio comunal delimitado en aplicación de lo dispuesto por el artículo 10° de la presente Ley (…); Que, en fechas 30 de agosto, 06 de noviembre y 16 de noviembre de 2023, la Comisión Ordinaria de Comunidades Campesinas y Nativas del Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco, desarrolló diversas mesas de trabajo con los representantes de las federaciones FECONAPIA, FENACOKA, UNAY, Director Regional de Agricultura, Director de Comunidades, representante del PTRT3 Huánuco, representantes del Ministerio de Cultura, Dirección Desconcentrada de Cultura de Huánuco, representante de la Defensoría del Pueblo, Subprefecta Provincial de Huánuco, Jefe del Frente Policial de Puerto Inca, Jefe de la Comunidad Nativa “Las Golondrinas”; a fi n de socializar el proyecto de Ordenanza Regional que Declara de Interés Público Regional el Saneamiento Físico Legal de los Territorios de las Comunidades Nativas de la provincia de Puerto Inca, departamento de Huánuco, para el inicio del saneamiento Físico Legal; sugiriéndose en dicha reunión que se conforme un Equipo Multidisciplinario para garantizar la seguridad del PTRT3; Que, mediante O fi cio N° 000234-2023-DGCI/MC de fecha 05 diciembre de 2023, la Dirección General de Ciudadanía Intercultural del Ministerio de Cultura, remite el Informe N° 000041-2023-DIN-SCP/MC de fecha 30 de noviembre de 2023, de la Dirección de Políticas Indígenas, en el cual señala que la propuesta de ordenanza regional se condice con el marco normativo vigente en materia de saneamiento físico legal de comunidades nativas ejecutados por los Gobiernos Regionales, cautelando el carácter imprescriptible, inalienable e inembargable de las tierras de las comunidades campesinas y nativas. La creación del Comité Técnico para el Reconocimiento, Saneamiento Físico Legal del Territorio de las Comunidades Nativas Huánuco, generará un espacio técnico especializado exclusivo e inclusivo, de naturaleza permanente, encargado de abordar de manera conjunta las di fi cultades o limitaciones que existen antes y durante el proceso de Demarcación y Titulación de las Comunidades Nativas en la provincia de Puerto Inca, con la fi nalidad de adoptar medidas de solución o mecanismos de coordinación directa entre los diversos actores involucrados; Que, con O fi cio N° 4423-2023-GR-DRA-HCO de fecha 06 de diciembre de 2023, la Dirección de Comunidades de la Dirección Regional de Agricultura, remite el Informe N° 339-2023-12-06 GR-DRA-HCO/DC del 05 diciembre de 2023, por la cual adjunta su proyecto con el objeto de llevar a cabo un correcto procedimiento de demarcación territorial de las comunidades nativas para la cual, indica que se deberá implementar las Resoluciones Ministeriales N° 0443-2019-MINAGRI y N° 0136-2022-MIDAGRI, las mismas que uniformizan y viabilizan criterios técnicos y legales en el procedimiento administrativo de demarcación del territorio de comunidades nativas a cargo de los gobiernos regionales para la adecuada aplicación del Decreto Ley N° 22175 y su Reglamento, normado por el Decreto Supremo N° 003-79-AA; Que, a través del Informe Legal N° 1474-2023-GRH/ GRAJ de fecha 13 de diciembre de 2023, el Gerente Regional de Asesoría Jurídica, opina que es procedente que se apruebe el proyecto de Ordenanza Regional que Declara de Interés Público Regional el Saneamiento Físico Legal de los Territorios de las Comunidades Nativas de la provincia de Puerto Inca, departamento de Huánuco; para lo cual en la misma ordenanza debe encargarse al ente formalizador en el presente caso a la Dirección Regional de Agricultura a efectos de que implemente las acciones de su competencia, a fi n de conformar el equipo técnico especializado (ETE) y demás acciones para la demarcación territorial, según corresponde, debiendo seguir y cumplir los lineamientos establecidos en la Resolución Ministerial N° 0443-2019-MINAGRI, modi fi cado por Resolución Ministerial N° 0136-2022-MIDAGRI; Que, mediante O fi cio N° 581-2023-GRH-GRDS de fecha 14 de diciembre de 2023, el Gerente Regional de Desarrollo Social, eleva al Consejo Regional el sustento técnico y legal para la aprobación de la propuesta de Ordenanza Regional que Declara de Interés Público Regional el Saneamiento Físico Legal de los Territorios de las Comunidades Nativas de la provincia de Puerto Inca, departamento de Huánuco; Que, con Dictamen N° 003-2023-GRH/CR-COCCyN de fecha 22 de diciembre de 2023, la Comisión Ordinaria de Comunidades Campesinas y Nativas del Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco, concluye indicando que: • La creación del “Proyecto de Ordenanza Regional para la Conformación del Equipo Multisectorial Técnico para Garantizar la Seguridad en el inicio del Saneamiento Físico Legal del Territorio de las Comunidades Nativas de Huánuco”, generará un espacio técnico especializado exclusivo e inclusivo, de naturaleza permanente, encargado de abordar de manera conjunta las di fi cultades o limitaciones que existen antes y durante el proceso de Demarcación y Titulación de las Comunidades Nativas en la provincia de Puerto Inca, con la fi nalidad de adoptar medidas de solución o mecanismos de coordinación directa entre los diversos actores involucrados. • Es necesario incorporar el Enfoque Intercultural, establecido en la Política Nacional de Transversalización del Enfoque Intercultural, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2015-MC, que tiene como objetivo orientar, articular y establecer mecanismos de acción del Estado para garantizar el ejercicio de los derechos de la población culturalmente diversa del país, particularmente de los pueblos indígenas y de la población afroperuana, promoviendo un Estado que reconoce la diversidad cultural innata a nuestra sociedad, opera con pertinencia cultural y contribuyen así a la inclusión social, la integración nacional y eliminación de la discriminación. • El desarrollo normativo institucional peruano para la protección de los pueblos indígenas en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial de la Amazonía, se da a través de la promulgación de la Ley N° 28736, Ley para la Protección de Pueblos Indígenas u Originarios en Situación de Aislamiento y en situación de Contacto Inicial y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 008-2007-MIMDES, la cual crea el Régimen Especial Transectorial de Protección de estos pueblos y la fi gura de Reservas Indígenas para la protección de sus derechos a la vida, salud y otros, respetando su decisión en torno a la forma y el proceso de su relación con el resto de la sociedad y con el Estado; siendo las normas que apoyan la Ordenanza Regional, la Constitución Política del Perú, Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 24656, Ley General de Comunidades Campesinas Ley N° 31145, Ley de Saneamiento Físico Legal y formalización de predios rurales a cargo de los gobiernos regionales.