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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (17/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Sábado 17 de febrero de 2024 El Peruano / el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General, es pertinente ampliar la delegación de facultades al Director General de Administración, en las siguientes materias: En materia de Contrataciones del Estado:- Aprobar lo establecido en el inciso 68.3 y 68.5 del artículo 68 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF y sus modi fi catorias. - Suscribir los documentos que comuniquen a los consultores y ejecutores de bienes, servicios y obras las decisiones emitidas por la Entidad durante la ejecución contractual, así como requerir el levantamiento de observaciones o noti fi car cualquier incumplimiento de obligaciones relacionados a la contratación, previo informe del área usuaria conforme a la normativa aplicable. - Aprobar las contrataciones directas en los supuestos indicados en los literales e), g), j), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 de la Ley de Contrataciones del Estado y sus modi fi catorias. - Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección para la contratación de bienes, servicios u obras en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento y sus respectivas modi fi catorias y normas aplicables. - Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales, en el caso de bienes, servicios, consultorías y obras. En materia Administrativa:- Aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional y Programático. - Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades – CMN, y sus modi fi catorias conforme al literal 24.2 del artículo 24 de la Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras – Directiva N° 0005-2021-EF/54.01. Que, con O fi cio N° 067-2024-UNTELS-R-SG, de fecha 16 de enero de 2024, la Secretaria General, traslada al Rectorado de la UNTELS, el O fi cio N° 10-2024-UNTELS-R-OAJ, del Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica, mediante el cual señala la pertinencia de ampliar la delegación de facultades al Director General de Administración, en materias de Contrataciones del Estado y Administrativa; Que, mediante Proveído N° 0080-2024-UNTELS-R, de fecha 16 de enero de 2024, la Rectora de la UNTELS, autoriza a la Secretaria General, la expedición del acto resolutivo de delegación de facultades al Director General de Administración, en materias de Contrataciones del Estado y Administrativa, considerando lo manifestado por el Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica, según O fi cio N° 10-2024-UNTELS-R-OAJ; Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria N° 30220, de fecha 09 de julio de 2014, la Resolución N° 002-2023-CEU-UNTELS, de fecha 12 de mayo de 2023, y el Estatuto a la Rectora de la UNTELS; RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR la Delegación de Facultades con e fi cacia anticipada al 03 de enero de 2024, al Mg. Waldo Morales Paredes en su condición de Director General de Administración de la UNTELS, para resolver mediante Resoluciones Directorales en materia de Contrataciones del Estado y administrativa, al amparo de lo dispuesto en el numeral 8.2, artículo 8° de la Ley de Contrataciones del Estado - Ley N° 30225, modi fi cada por el Decreto Legislativo N° 1341, concordante con el numeral 65.1, artículo 65° de la Ley N° 27444- Ley de Procedimiento Administrativo General, de acuerdo a las funciones detalladas: En materia de Contrataciones del Estado:a) Aprobar los expedientes de contratación para la realización de los procedimientos de selección que convoque la entidad en materia de bienes y servicios.b) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comités especiales de todos los procedimientos de selección. c) Aprobar los documentos de los procedimientos de selección (bases). d) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones y sus modi fi catorias. e) Designar a los integrantes del Comité de Obras de la UNTELS. f) Aprobar los expedientes técnicos de bienes, servicios y obras. g) Aprobar la resolución de contratos y órdenes de compra y/o servicios, suscritos para la adquisición de bienes, servicios, consultorías de obras y ejecución de obras, de conformidad con lo establecido en la normatividad de Contrataciones del Estado y las Directivas internas respecto a contrataciones iguales o menores a 8 UIT. h) Autorizar la reducción de prestaciones en el caso de bienes, servicios y obras hasta el límite previsto en la normatividad de Contrataciones del Estado. i) Resolver solicitudes de ampliación de plazo contractual formulada por los contratistas, en el marco de la normatividad de contratación pública y de regímenes especiales de contratación estatal, respecto de bienes, servicios y obras. j) Poner en conocimiento al Tribunal de Contrataciones del Estado la existencia de indicios de comisión de una infracción por parte de los proveedores, participantes, postores, contratistas, expertos independientes y otros, que pudieran dar lugar a aplicación de sanciones. k) Suscribir, modi fi car, resolver y/o rescindir los contratos administrativos y adendas del consentimiento de los procesos de selección de bienes, servicios u obras en el marco de la normatividad de Contrataciones del Estado, así como sus respectivas adendas. l) Disponer el acceso a la clave de la toma de razón electrónica para el seguimiento en el SEACE de los procedimientos sancionadores que se noti fi quen a la institución. m) Suscribir en nombre y representación de la UNTELS las cartas notariales que deban cursarse a los contratistas. n) Aprobar la estandarización de bienes y servicios de conformidad con la normativa de Contrataciones del Estado. o) Aprobar la ejecución de Obra.p) Aprobar la liquidación de Obra, previo informe técnico del supervisor de obra (de ser el caso) de la Unidad Ejecutora de Inversiones y de la Unidad de Abastecimiento. q) Evaluar y aprobar el pago de mayores y menores gastos generales variables y costos directos derivados de ampliación de plazo. r) Designar a los residentes e inspectores de obras. s) Acordar con el contratista la suspensión de plazo de ejecución de obra. t) Solicitar la legalización de los cuadernos de obra por contrata o administración directa. u) Aprobar lo establecido en el inciso 68.3 y 68.5 del artículo 68 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF y sus modi fi catorias. v) Suscribir los documentos que comuniquen a los consultores y ejecutores de bienes, servicios y obras las decisiones emitidas por la Entidad durante la ejecución contractual, así como requerir el levantamiento de observaciones o noti fi car cualquier incumplimiento de obligaciones relacionados a la contratación, previo informe del área usuaria conforme a la normativa aplicable. w) Aprobar las contrataciones directas en los supuestos indicados en los literales e), g), j), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 de la Ley de Contrataciones del Estado y sus modi fi catorias. x) Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección para la contratación de bienes, servicios u obras en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento y sus respectivas modi fi catorias y normas aplicables. y) Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales, en el caso de bienes, servicios, consultorías y obras.