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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (23/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Viernes 23 de febrero de 2024 El Peruano / Resolución Ministerial Nº 0350-2022-JUS, que aprobó el Cuadro de Equivalencias de Unidades y Subunidades funcionales del PRONACEJ y la Resolución Ministerial Nº 0370-2023-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora Jesús Esther Alemán Abad al cargo de con fi anza de director/a del Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Alfonso Ugarte - Arequipa del Programa Nacional de Centros Juveniles, siendo su último día de labores el 23 de febrero de 2024, debiendo retornar a su plaza de origen de coordinador I bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 728, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Rene Lorenzo Espinoza Cervantes en el cargo de con fi anza de director/a del Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Alfonso Ugarte - Arequipa del Programa Nacional de Centros Juveniles, a partir del 24 de febrero de 2024. Artículo 3.- Disponer que la Unidad de Gestión de Recursos Humanos proceda con la noti fi cación de la presente resolución a las áreas pertinentes y a los servidores citados en los artículos 1 y 2 de la presente resolución. Artículo 4.- Disponer que la Unidad de Gestión de Recursos Humanos realice las acciones administrativas que resulten necesarias, en mérito a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional del Programa Nacional de Centros Juveniles (www.pronacej.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO NIVARDO NAQUIRA CORNEJO Director EjecutivoPrograma Nacional de Centros Juveniles 2264088-1 PRODUCE Aprueban otorgamiento de subvenciones a favor de beneficiarios RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 113-2024-PRODUCE/PROINNOVATE Lima, 21 de febrero de 2024VISTOS:El Informe N° 021-2024-PRODUCE/PROINNOVATE. UAL de la Unidad de Asesoría Legal; el Informe N° 025-2024-PRODUCE/PROINNOVATE.UPP de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 060-2024-PRODUCE/PROINNOVATE.UA de la Unidad de Administración; el Memorando N° 003-2024-PRODUCE/PROINNOVATE.CT de la Coordinación Técnica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 240-2016-EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinada a fi nanciar parcialmente el Proyecto “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; suscribiéndose, el Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE; Que, mediante Ley N° 30230, se crea el Fondo MIPYME, siendo uno de sus objetivos incrementar la productividad de las MIPYME, a través de instrumentos para la difusión tecnológica, innovación empresarial, mejora de la gestión, encadenamientos productivos y acceso a mercados, a través de instrumentos de servicios no fi nancieros con entidades públicas y privadas, el cual cambió su denominación a Fondo MIPYME Emprendedor conforme lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 013-2020 y en el Decreto Supremo N° 225-20-EF; Que, a través de la Ley N° 31953 se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en cuyo artículo 73 se autoriza al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE a efectuar transferencias fi nancieras a favor de las entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, así como otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios defi nidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra, con cargo a su presupuesto; disponiendo que las mismas se aprueban mediante resolución del titular del pliego y se publica en el Diario O fi cial El Peruano, regulando asimismo, que la facultad para aprobar las subvenciones podrá ser delegada en el funcionario a cargo del Programa; Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2021-PRODUCE, de fecha 24 de marzo de 2021, se dispone la creación del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE, sobre la base del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (Innóvate Perú), el cual PROINNOVATE fusiona por absorción; en mérito a lo cual, las obligaciones y facultades de Innóvate Perú han sido absorbidas por PROINNOVATE; Que, mediante Resolución Ministerial N° 002-2024-PRODUCE, de fecha 4 de enero de 2024, el Titular del Ministerio de la Producción, delega en el/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE, la facultad para aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de los procedimientos y normas que regulan los fondos que administra y con cargo a su presupuesto; Que, mediante el Memorando N° 060-2024-PRODUCE/ PROINNOVATE.UA, de fecha 20 de febrero de 2024, la Unidad de Administración solicita la autorización de los certi fi cados de crédito presupuestario para el otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, adjuntando el Memorando N° 003-2024-PRODUCE/PROINNOVATE.CT, emitido por la Dirección de Coordinación Técnica, mediante el cual, se remitió la relación de los proyectos a ser fi nanciados con recursos Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los niveles de Innovación Productiva a nivel Nacional” y del Fondo MIPYME Emprendedor, indicando que se ha cumplido con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios/contratos suscritos para la ejecución de los proyectos; Que, la Unidad de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe N° 025-2024 PRODUCE/PROINNOVATE.UPP, de fecha 20 de febrero de 2024, opina favorablemente en materia presupuestal y solicita se autorice el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, hasta por el monto total de S/ 1,165,794.62 (Un millón ciento sesenta y cinco mil setecientos noventa y cuatro y 62/100 soles), que comprende: S/ 561,769.67 (Quinientos sesenta y un mil setecientos sesenta y nueve y 67/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento de 1. Recursos Ordinarios y S/ 604,024.95 (seiscientos cuatro mil veinticuatro y 95/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento de 4. Donaciones y Transferencias; Que, los montos señalados en el considerando precedente se otorgan con la fi nalidad de co fi nanciar los proyectos, según el siguiente detalle: i) Programa de Apoyo a Clústers (PAC), ii) Capital Semilla para Emprendimiento Dinámicos (EDI), iii) Capital Semilla para Emprendimiento Innovadores (EIN), iv) Programa de Apoyo a la Internacionalización Modalidad I-Emprendedor Exportador (PAIM1), v) Programa de Apoyo a la Internacionalización Modalidad III-Consolidación de la Actividad Exportadora (PAIM3), vi) Programa de Apoyo a la Internacionalización Modalidad II-Potenciamiento de las exportaciones (PAIM2), vii) MYPES Reactivadas- Alternativa 1 (EER1), viii) MYPES Reactivadas-Alternativa 2 (EER2), ix) Programa de Emergencia Empresarial- Mercados Modernos (EEMM), x) MIPYME Digital (MD), xi) Misiones Tecnológicas (MT) y xii) Centros de Extensión y Transferencia Tecnológica -Fase 2 (CETF2);