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26 NORMAS LEGALES Viernes 23 de febrero de 2024 El Peruano / bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) regulado por el Decreto Legislativo N°1057, en cumplimiento al Acuerdo N°1278-01 del Consejo Directivo Nacional; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el literal c) y j) del artículo 33 del Estatuto del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2001-MTC, es función del Presidente Ejecutivo disponer la ejecución de los Acuerdos del Consejo Directivo Nacional y de las resoluciones que este adopte; así como emitir las disposiciones que estime necesario para la buena marcha del SENCICO; Que, mediante Informe N° 133-2024-03.01/SENCICO, de fecha 21 de febrero de 2024, la Asesoría Legal concluye que estando a lo indicado por el Departamento de Recursos Humanos, a lo dispuesto por el Consejo Directivo Nacional de SENCICO, y a la veri fi cación de cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; y, el Manual de Clasi fi cador de Cargos de SENCICO, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 94-2022-02.00; resulta pertinente que se emita el correspondiente acto resolutivo por el cual se formalice el Acuerdo N° 1329-01; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Legislativo N° 147, Ley del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción (SENCICO); el literal c) y j) del artículo 33 del Estatuto del Servicio Nacional de Normalización, Capacitación e Investigación para la Industria de la Construcción – SENCICO, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2001-MTC; Con los vistos del Departamento de Recursos Humanos, de la O fi cina de Administración y Finanzas, de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, de la Asesoría Legal y de la Gerencia General; SE RESUELVE:Artículo 1°.- DAR POR CONCLUIDO el encargo de puesto de Asesora Legal del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, conferido a la servidora Rocío Jessica Aliaga Lazo, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 05-2024-02.00 de fecha 4 de enero de 2024. Artículo 2°.- FORMALIZAR el Acuerdo Unánime N° 1329-01 adoptado por el Consejo Directivo Nacional en la Sesión Ordinaria 1329, llevada a cabo el 20 de febrero de 2024, que designa al señor Nazario Félix Tintaya Alanoca, DNI Nº09644033, en el cargo de con fi anza de Asesor Legal del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, a partir del día de la publicación en el Diario O fi cial El Peruano de la Resolución de su o fi cialización; bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) regulado por el Decreto Legislativo N°1057, en cumplimiento al Acuerdo N°1278-01 del Consejo Directivo Nacional. Artículo 3°.- ENCARGAR a la O fi cina de la Secretaria General la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano, y su noti fi cación a los interesados, así como a los órganos y unidades de organización del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO. Artículo 4°.- DISPONER que la O fi cina de la Secretaría General coordine la publicación de la presente resolución en el portal web institucional del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, después de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese y publíquese.CÉSAR AUGUSTO NEGRETE VENEGAS Presidente Ejecutivo 2263907-1ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL N° 000044-2024-SERVIR-GG Lima, 21 de febrero de 2024VISTO: El Informe N° 000011-2024-SERVIR- GG-OGAF de la O fi cina General de Administración y Finanzas; el Informe N° 000022-2024-SERVIR-GG-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Legal N° 000089-2024-SERVIR-GG-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000236-2023-SERVIR-PE, se aprobó, por delegación, el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 023: Autoridad Nacional del Servicio Civil, para el Año Fiscal 2024; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las Sociedades de Auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del Jefe de la O fi cina de Administración y del Jefe de Presupuesto o los que hagan sus veces; asimismo, establece que, las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; Que, a través de la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG, la Contraloría General de la República aprobó el tarifario que establece el monto por retribución económica incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría por el periodo a auditar que se debe transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que sean designadas para realizar labores de control posterior externo; siendo que, en el Anexo 1 de la citada resolución se establece para el Pliego 023: Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, una retribución económica por la suma de S/ 92 890,00 (NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y 00/100 SOLES), incluido IGV; así como, el pago del monto de S/ 4 723,00 (CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTITRÉS Y 00/100 SOLES), para el depósito del derecho de designación o supervisión; Que, con O fi cio N° 000606-2023-GG/GAD, la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República comunica a la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, que realizará el Concurso Público de mérito para la designación y contratación de la sociedad de auditoría que efectuará la auditoría fi nanciera para el periodo 2023 y 2024; señalando que corresponde a SERVIR realizar la retribución económica ascendente a S/ 92,890,00 (NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y 00/100 SOLES), por cada periodo 2023 y 2024; por lo cual requirió que se efectúe la transferencia fi nanciera del periodo 2023, con la correspondiente previsión presupuestal para el periodo 2024; Que, el artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1023, que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora