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27 NORMAS LEGALES Viernes 23 de febrero de 2024 El Peruano / del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, concordante con el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, señala que el Gerente General ejerce la titularidad del pliego presupuestal de dicho organismo rector; Que, por medio de la Resolución de Gerencia General N° 000049-2023-SERVIR-GG, se autoriza la transferencia fi nanciera con cargo al presupuesto institucional de SERVIR hasta por el monto de S/ 92 890,00 (NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y 00/100 SOLES), a favor de la Contraloría General de la República, con el objeto de fi nanciar la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría a SERVIR, correspondiente al ejercicio 2023; Que, posteriormente, con O fi cio N° 001300-2023- CG/GRECE, la Contraloría General de la República comunica que, mediante el Concurso Público de Méritos N° 03-2023-CG, se designó a la Sociedad de Auditoria que efectuará la auditoría fi nanciera gubernamental de SERVIR, por los periodos 2023 y 2024, y, habiéndose contratado la ejecución de la auditoría sólo por el periodo 2023, requiere se efectúe la transferencia fi nanciera correspondiente al periodo 2024; Que, mediante el Informe N° 000011-2024-SERVIR- GG-OGAF, la O fi cina General de Administración solicita que se tramite la autorización de la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, a efectos que se cubra el costo de la contratación de la Sociedad de Auditoría para el periodo 2024; Que, a través del Informe N° 000022-2024-SERVIR- GG-OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable para efectuar transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General, por el monto de S/ 92 890,00 (NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y 00/100 SOLES), con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 023: Autoridad Nacional del Servicio Civil, en la fuente de fi nanciamiento: Recursos Ordinarios, para fi nanciar el pago de la retribución económica (incluido IGV), de la sociedad de auditoría externa para el periodo 2024; contando con la correspondiente Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000000012; Que, mediante Informe N° 000089-2024-SERVIR-GG- OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que, resulta legalmente viable que a través de Resolución de Gerencia General se apruebe la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, conforme a lo señalado en los considerandos precedentes; Con el visado de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina General de Administración y Finanzas y la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG que aprueba el Tarifario que establece el monto de retribución económica de las sociedades de auditoría; y, el Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, aprobado con Decreto Supremo N° 062-2008-PCM y modi fi catorias. SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de República Autorizar la transferencia fi nanciera con cargo al Presupuesto Institucional 2024 del Pliego 023: Autoridad Nacional del Servicio Civil hasta por la suma de S/ 92 890,00 (NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General, con el objeto de fi nanciar la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría a SERVIR, correspondiente al periodo del ejercicio 2024; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución de Gerencia General. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución de Gerencia General, será con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 023: Autoridad Nacional del Servicio Civil, de conformidad al detalle siguiente: Pliego: 023 Autoridad Nacional del Servicio Civil Unidad Ejecutora: 01314 Autoridad Nacional del Servicio Civil, Categoría Presupuestaria: 9001 Acciones CentralesActividad: 5.000003 Gestión Administrativa Fuente de Financiamiento: 00 Recursos OrdinariosFinalidad: 0223782 Gestión de los Sistemas Administrativos de la Sede Central de SERVIR Genérica de Gastos: 2.4 Donaciones y Transferencias Especí fi ca de Gastos: 2.4.1.3.1.1 Monto: S/ 92 890,00 Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución de Gerencia General no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales han sido transferidos. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Gerencia General en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR (www.gob.pe/servir); en la misma fecha de la publicación de la citada resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSE ANGEL VALDIVIA MORON Gerente GeneralGerencia General 2263699-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL Aprueban la Directiva N° 001-2024-SUNAFIL/DINI, denominada Directiva para la Fiscalización en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo de los Obreros Municipales RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 00061-2024-SUNAFIL Lima, 20 de febrero de 2024VISTOS:Los Informes N os. 393-2023 y 043-2024-SUNAFIL/DINI, las Actas Nos. 003-2023 y 001-2024- SUNAFIL/DINI, y el Memorándum N° 331-2023-SUNAFIL/DINI, de fecha 1 de agosto de 2023, 24 de enero de 2024, 9 de agosto de 2023, 12 de enero y 26 de septiembre de 2023, respectivamente, de la Dirección de Inteligencia Inspectiva; los Informes N os 292 y 363-2023 y 042-2024- SUNAFIL/GG/OPP, de fecha 11 de agosto, 04 de octubre de 2023 y 30 de enero de 2024, respectivamente, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 061-2024- SUNAFIL/GG-OAJ, de fecha 1 de febrero de 2024, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, demás antecedentes; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 29981 se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral