Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (29/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 81

81 NORMAS LEGALES Jueves 29 de febrero de 2024 El Peruano / fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Apurímac, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2265690-13 Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 550-2024-MP-FN Lima, 28 de febrero de 2024VISTO Y CONSIDERANDO: El o fi cio Nº 79-2024-MP-FN-CG-EEF-CBP-MP- RP, cursado por la abogada Magaly Elizabeth Quiroz Caballero, Coordinadora General del Equipo Especial de Fiscales avocado al conocimiento del caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”, mediante el cual se eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el referido Equipo Especial de Fiscales, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante. El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley Nº 31718, señala que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, también modi fi cada mediante Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. El Fiscal de la Nación (i) como titular de la institución es el responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado y previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, nombramiento y designación que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de marzo de 2024, en virtud a la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente.Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley Nº 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Nombrar a la abogada Andreina Villasís Bautista, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el Equipo Especial de Fiscales avocado al conocimiento del caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”. Artículo Segundo .- Disponer que el nombramiento y designación del personal fi scal señalado en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de juramentación y hasta el 31 de marzo de 2024, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución y a lo dispuesto por la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Tercero .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinación General del Equipo Especial de Fiscales avocado al conocimiento del caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2265690-14 Destacan a Fiscal al Despacho de la Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos, y dictan diversas disposiciones RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 551-2024-MP-FN Lima, 28 de febrero de 2024 VISTOS Y CONSIDERANDO: Los o fi cios N°s. 451 y 1257-2024-FSCN-FISLAA- MP-FN, así como la Disposición Superior de fecha 22 de febrero de 2024 y el o fi cio Nº 544-2024-FSCEE-MP- FN, suscritos por la abogada Elssie Salette Garavito Chang, encargada de la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y de la Coordinación del Equipo Especial de Fiscales, conformado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 5050-2016-MP-FN, de fecha 26 de diciembre de 2016, mediante los cuales solicita la conclusión del apoyo de la abogada Marlleny Paola Morales Yataco, Fiscal Adjunta Superior Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, designada en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos, en el Despacho de la Fiscalía Superior Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Mira fl ores-Surquillo-San Borja, en relación a que continúe con el conocimiento y la tramitación del Expediente Nº 100-2010 (Ingreso SGF Nº 009-2014); y, por necesidad de servicio, preste apoyo al Despacho de la Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos. Asimismo, requiere que, en adición a sus funciones, la referida magistrada sea incorporada al Equipo Especial de Fiscales que se avocan a dedicación exclusiva al conocimiento de las investigaciones vinculadas con delitos de corrupción de funcionarios y conexos, en los que habría incurrido la empresa ODEBRECHT y otros.